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COLUMNAS

Necesarias correcciones

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En su columna del matutino Prensa Libre de la semana anterior nos dice Carolina Escobar Sarti que Manuel Barquín, recientemente fallecido en prisión preventiva –ingrata forma de morir– se encontraba en esta situación ligado a proceso por los delitos de asociación ilícita, financiamiento electoral ilícito y tráfico de influencias, pero Alejandro Balsells, por su parte, en columna del mismo matutino nos dice que lo estaba por un proceso muy serio (no existen procesos que sean divertidos) ligado a lavado de dinero.

La verdad es que no sé quién de los dos tenga razón –podrían tenerla ambos o ninguno– pero no es dilucidarlo, finalmente, la razón de ser de esta columna, sino la de señalar errores en que ambos incurren y que merecen corregirse.

Nos dice Carolina Escobar Sarti que el problema de la prisión preventiva en Guatemala está íntimamente relacionado con el litigio malicioso y con la mora judicial, afirmación que no nos conduce al fondo del asunto, puesto que el litigio podría ser virginal, sin malicia alguna, sin acciones dilatorias de ninguna naturaleza, y podría no existir mora judicial alguna, todos los plazos atendidos con el máximo rigor y atendidos por igual todos los casos que –de todos modos– subsistiría el problema de la prisión preventiva, puesto que este problema –el de su aplicación indebida– se origina en un error conceptual.

La prisión preventiva, me explico, debe ser la excepción y no la regla y –en consecuencia– aplicarse única y exclusivamente en los casos en que la Ley así lo exige, y son únicamente tres, los que a continuación me permito compartir:

El primero, cuando la Ley así lo manda, lo que ocurre en un muy limitado grupo de delitos, delitos tales como el secuestro o el asesinato.

El segundo, cuando no se trate de delitos en los que la Ley exige, pero que, a pesar de no exigirlo, existe peligro de fuga, caso este en el cual debe probarse tal peligro (la existencia de razones fundadas para temerlo) y, el tercero (caso que exige sustentación similar al anterior) que exista peligro de que la libertad de la persona pueda obstaculizar las investigaciones (la acción de la Justicia) .

Ni un solo día, pues, debería estar ningún ser humano en prisión preventiva, a menos que se dé alguno de los tres supuestos citados, lo que nada tiene que ver con el litigio malicioso o con la mora judicial.

Que el citado litigio malicioso y que la mora judicial agudizan el problema constituyen una observación correcta (propician que se prolongue) pero no son estos la causa que lo origina; decretarla o sostenerla contra lo establecido por la Ley.

La intención que se esconde en quienes promueven la prisión preventiva – que se decrete o se sostenga (los fiscales) o en quienes la decretan y la sostienen (los jueces) puede ser maligna y, generalmente, lo es: aparentar una eficiencia que no existe, eficiencia en la persecución penal y en la administración de justicia que son inexistentes, usándosela para aparentar que, con ella, se llegó a los culpables y a la pena, lo cual no es cierto.

En el caso de Manuel Barquín, murió en prisión preventiva –no solo un inocente, este tan solo hubiera podido dejar de serlo si se le hubiera condenado judicialmente, en sentencia firme, lo que nunca ocurrió– sino un ser humano que no debió de estar sufriéndola, no evidenciado su peligro de fuga o de que a estas alturas –años después de estar en esta situación, aprisionado– podría obstaculizar las investigaciones.

La pasión impide el pensamiento claro, y no debe en esto privar sino la razón, puesto que a nada bueno conducirán las pasiones encontradas, ni del pacto de corruptos ni del pacto de farsantes, pésimos los dos.

Coincido con Carolina Escobar Sarti en que es preciso cambiar el sistema penitenciario, y lo que ocurre en el ámbito de la prisión preventiva –cambios por razones correctas y no por razones espurias– el principal de los cambios, sin embargo, aunque esto parezca absolutamente conservador y que no fuese ninguno: el estricto cumplimiento de las leyes.

En el caso de Alejandro Balsells, nos habla de una “prisión provisional”, como si se tratara de sinónimo de prisión preventiva, lo que no es correcto, puesto que esta última –la prisión preventiva– aunque mal aplicada, se encuentra establecida por la Ley, en tanto que la otra –la prisión provisional– nos la hemos inventado para legalizar la detención de una persona por varios días –incluso hasta más de 108– sin que sea interrogada por un juez, lo que debería ocurrir dentro de las veinticuatro horas siguientes a que se le haya detenido. ¿El más importante de los cambios que podría haber entre nosotros? el estricto cumplimiento de las leyes, la Constitución Política de la República, la primera.

Si no se cumple esta, ¿por qué se habría de cumplir las otras?

Solución propuesta –la del estricto cumplimiento de la Constitución y demás leyes– que en otros países podría verse como muy conservadora –archiconservadora– pero que, en el nuestro, resulta audaz e –incluso– revolucionaria.

¿Manuel Barquín? ¿Quién era Manuel Barquín? Pocos días han pasado y –si no le hemos olvidado ya– empezamos a olvidarlo.

Acisclo Valladares Molina
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COLUMNAS

Priorizando la vacunación para personas con discapacidad

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Consejo Editorial Conadi

Desde la pandemia de Covid-19, la inmunización se ha constituido como un tema de trascendental importancia, al ser una herramienta crucial para salvaguardar a nuestras comunidades. El acceso equitativo a la vacunación no solo constituye un componente esencial de la atención primaria de salud, sino que también se establece como un derecho humano fundamental.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha subrayado que sin las vacunas, las epidemias de numerosas enfermedades prevenibles podrían resurgir, dando lugar a un aumento significativo en los casos de enfermedad, discapacidad y, lamentablemente, fallecimientos.

Por consiguiente, resulta imperativo tomar conciencia sobre la importancia de que los programas de inmunización sean accesibles para todas las personas, especialmente para aquellas que viven con alguna discapacidad.

La vacuna salva millones de vidas cada año.

La International Disability Alliance (IDA) ha emitido un llamado enérgico instando a los países a implementar planes de vacunación que prioricen a todas las personas con discapacidad. Este colectivo enfrenta barreras tanto actitudinales como ambientales que pueden obstaculizar su acceso a los servicios de salud, lo cual subraya la necesidad de una atención prioritaria.

Es importante tener en cuenta que las personas con discapacidad, según su condición, pueden estar especialmente expuestas a enfermedades infecciosas y correr un mayor riesgo de sufrir complicaciones graves. Por lo tanto, la vacunación adquiere una relevancia aún mayor para proteger su salud y bienestar.

La Red Latinoamericana de Organizaciones de Personas con Discapacidad y sus Familias (Readis) ha destacado que las personas con discapacidad constituyen un grupo vulnerable dentro de la población, lo que implica la necesidad de que los gobiernos garanticen y prioricen la vacunación para este segmento, independientemente de diversos factores como género, edad o tipo de discapacidad.

Para garantizar el derecho a la salud de las personas con discapacidad y crear un entorno seguro, es esencial incluir a asistentes personales, cuidadores familiares y trabajadores de servicios relacionados con la discapacidad en los programas de vacunación.

Esto supondría un avance significativo en la priorización de los sectores vulnerables que conforman nuestra sociedad. En el ámbito nacional, el Organismo Legislativo ha dado pasos importantes para garantizar el acceso a los programas de vacunación, como la aprobación en 2022 del Decreto 6-2022, Ley de Vacunación, normativa que garantizará la vacuna voluntaria y gratuita a todos los guatemaltecos y que hace posible la inmunización con pertinencia cultural en todos los departamentos del país.

La Semana Mundial de la Inmunización, celebrada del 24 al 30 de abril, nos brinda la oportunidad de unirnos al llamado global para garantizar programas de vacunación dirigidos a personas con discapacidad y sus familias. La salud es un derecho fundamental respaldado constitucionalmente, y su provisión debe ser equitativa y libre de discriminación.

Colaborador DCA
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COLUMNAS

El abandono de la lectura

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Mary Macmillan

Facultad de Artes Liberales

En los últimos años se ha visto un aumento significativo en la producción de textos dirigidos a un público infantil. Numerosas editoriales tanto consolidadas como aquellas que conocemos como independientes han considerado explícitamente en sus catálogos a esos “locos bajitos”, como diría Serrat. Si visitan ferias de libros habrán notado esta oferta de libros colorinches, incluso para pre lectores con tapas duras, con una variedad de temas y estilos singulares que marcan cada propuesta editorial.

Los niños de hoy en día son “consumidores” de libros y los padres están dispuestos a invertir económicamente en este ítem. Sin embargo, ocurre un fenómeno curioso y preocupante: una vez que el niño supera la etapa de la infancia y entra a la adolescencia o a la preadolescencia, deja de leer o interesarse por comprar nuevos libros.

Se supone que si un niño está familiarizado con el libro tanto como objeto como con el proceso de lectura seguiría de modo casi espontáneo con la lectura en niveles más complejos.

Por supuesto que siguen leyendo los textos de lectura obligada en sus colegios, pero ya no compran sus propios libros. ¿Por qué ocurre este fenómeno? Intentaré dar algunas luces. Se supone que si un niño está familiarizado con el libro tanto como objeto como con el proceso de lectura seguiría de modo casi espontáneo con la lectura en niveles más complejos.

Pero no es así. Una primera respuesta a este problema radica en la enorme oferta de libros para niños que no poseen una suficiente calidad literaria que le permita hacer una experiencia de lectura significativa.

Muchos padres no lectores conciben la compra de libros para sus hijos como una inversión en términos de un capital informativo o de lectura como herramienta laboral. Pero la experiencia de lectura implica muchos aspectos que van más allá de lo informativo.

Un libro es un espacio en el que se nos introduce en un entramado simbólico, de tradiciones culturales previas, de estructuras narrativas complejas y también de belleza estética. Llenar al niño con libros colorinches no es necesariamente llevarlo a una competencia lectora.

En una experiencia de lectura el niño se plantea sus propias preguntas, cultiva un lenguaje rico en resonancias y connotaciones, sigue una narración de la que se hace parte con apuestas anticipatorias, rechaza o confirma finales, se mueve en planos morales sobre conductas o comportamientos de los personajes, etcétera.

La lectura es un acto complejo en el que la mediación de un adulto empático y criterioso sigue siendo de suma importancia. Es lo que la estudiosa de literatura infantil, Teresa Colomer, denomina como “implicación sociofamiliar”.

Esto porque “a menudo no hay adultos formando ese entramado socioafectivo en casa ni en el entorno social”. En los tiempos que corren este planteamiento puede ser juzgado de adultocéntrico y de impositivo.

Pero desconocer la importancia de la mediación es olvidar el contexto intergeneracional en que brota el trascendental hábito de la lectura por gusto. Entendemos la mediación lectora como un compartir y debería estar lejos de situaciones del tipo “adivina qué tengo en la cabeza” (Gordon Wells).

Es decir, ese hábito docente en el que “los niños se esforzaban por saber qué esperaba el maestro que respondieran, en lugar de pensar realmente en el cuento sobre el que eran interrogados” (Colomer). La lectura libre que surge del mismo sujeto solo perdurará si ha sido previamente impulsada por un adulto interesado en el niño, que sabia y prudentemente lo ayude a encontrar ese libro que lo estimule y lo introduzca en su propio camino.

Colaborador DCA
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COLUMNAS

¿Es posible un mundo sin plásticos? (II)

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Andrea Cocchini 

Profesor de Derecho Internacional de la Universidad de Navarra

Estos datos manifiestan la inadecuación de los sistemas de reciclaje actuales, así como de alternativas, aparentemente más sostenibles, como los plásticos biodegradables o los bioplásticos.

Claro está que no se puede pedir que el futuro tratado regule y resuelva los múltiples retos, técnicos, económicos y sociales, que suponen todas las fases de vida de los plásticos (la extracción de las materias primas, el diseño de los productos, su consumo, la gestión y el traslado transfronterizo de los desechos plásticos).

El borrador sugiere excluir del ámbito de aplicación del futuro tratado las fases de extracción y transformación de las materias primas necesarias para la producción de plásticos.

No obstante, en atención a la gravedad y la urgencia del problema, parece que una (¿quizás ya la única?) solución aún posible para invertir el rumbo al que nos llevan las cifras referidas sería la inclusión en el nuevo tratado de una prohibición a los estados partes de producir nuevos plásticos innecesarios. Sin embargo, después de la tercera ronda de negociaciones del INC (de las cinco previstas), la sensación es que los delegados estatales no están realmente barajando esta posibilidad, ni siquiera a medio plazo.

En el momento en que se escribe, disponemos de un segundo borrador de tratado que será el documento de referencia para las negociaciones de la cuarta sesión, que tienen lugar del 21 al 30 de abril de 2024 en Ottawa (Canadá). El documento recoge las diferentes posturas de los representantes nacionales durante la tercera ronda de negociaciones que tuvo lugar en Nairobi (Kenia), en noviembre de 2023.

Este segundo borrador cubre un amplio abanico de alternativas, en ocasiones diametralmente opuestas. Por un lado, mantiene la propuesta de prevenir, reducir progresivamente y eliminar la futura contaminación plástica para 2040, reflejando así las posturas de los países más interesados en erradicar el problema, como los reunidos en la Alianza de Pequeños Estados Insulares.

Por otro lado, de acuerdo con los Estados que proponen centrarse más en la gestión racional de los residuos plásticos y en la mejora del diseño del plástico para hacerlo más reciclable (como los del Consejo de Cooperación para los Estados Árabes del Golfo), el borrador sugiere excluir del ámbito de aplicación del futuro tratado las fases de extracción y transformación de las materias primas necesarias para la producción de plásticos (esencialmente, crudo y gas).

  Continuará… 

Colaborador DCA
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