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Ministerio de Trabajo orienta sobre el pago del Bono 14

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El Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab) ofreció hoy a los empleadores tres orientaciones para el cumplimiento del pago del Bono 14, prestación laboral que, recordó, se sustenta legalmente en el Decreto 42-92, donde se preceptúa que debe hacerse efectiva a los empleados la primera quincena de julio.

“El Ministerio reitera que esta prestación debe ser cubierta especialmente por parte de las empresas que han continuado operando a pesar de la emergencia por la Covid-19″, aclaró la cartera por medio del Boletín 28, divulgado en sus redes sociales.

Este es un derecho de los trabajadores que el Estado debe garantizar, y lo hará mediante los mecanismos establecidos en la ley, subraya el documento.

¿Qué hacer para cumplir?

De tal cuenta, el Mintrab reconoció que derivado de la pandemia del nuevo coronavirus la actividad económica se ha visto afectada, por lo que se debe atender la legislación vigente respecto a dicha prestación conforme a las siguientes orientaciones:

  1. Accediendo al Fondo de Crédito para Capital de Trabajo, por lo que se realizaron las gestiones ante las entidades financieras Micoope, Banco de Desarrollo Rural, S.A. (Banrural) y Banco Inmobiliario S. A. para que los patronos puedan optar a este apoyo económico de conformidad con lo establecido en el Decreto Número 13-2020 y el reglamento de dicho fondo emitido por el Crédito Hipotecario Nacional (CHN).
  2. Informando al Ministerio de Trabajo sobre imposibilidad económica, esto por medio de una declaración jurada en la que se precise y compruebe la limitación para el pago efectivo de la bonificación referida, la cual revisará la Inspección General de Trabajo.
  3. Privilegiando el principio conciliatorio que rige el derecho laboral, por lo que el ministerio velará su cumplimiento y el de la ley conforme a su naturaleza tutelar del trabajador, y se implementarán las acciones que correspondan en caso de que se incumplan los acuerdos establecidos.
Josselinne Santizo
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Absuelven a exfiscal Eduardo Pantaleón

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Con una decisión que refleja la imparcialidad judicial y el compromiso con la justicia conforme a los principios constitucionales, Eduardo Pantaleón, ex fiscal auxiliar del Ministerio Público (MP), fue absuelto de los cargos de incumplimiento de deberes y obstaculización a la acción penal por parte del Tribunal Décimo de Sentencia Penal.

La resolución emitida por el juez Erick Velásquez, en una audiencia celebrada este viernes en horas de la tarde, marca el cierre de un juicio que enfrentó Pantaleón, acusado de supuesto mal manejo del expediente del caso Libramiento de Chimaltenango.

El fallo del órgano jurisdiccional no solo exonera a Pantaleón, sino que también señala la necesidad de investigar el comportamiento de otros funcionarios del MP, como los exfiscales Lesly Anahí Pineda y Raúl Figueroa Méndez, implicados en el proceso.

«De acuerdo con la solicitud planteada en juicio y en virtud del análisis de la prueba presentada en el debate, se ordena certificar lo conducente si el actuar de Pineda es constitutivo del delito de abuso de autoridad. (…) Y que se investigue si el actuar de Figueroa y/o cualquier otra persona responsable del delito de obstaculización a la acción penal», precisó el juez Velásquez.

En declaraciones tras conocer el fallo, Pantaleón expresó la dificultad de enfrentar un proceso penal cuando parece que todo el sistema de justicia está en su contra. Sin embargo, subrayó su confianza en el sistema judicial y en la existencia de jueces independientes y objetivos.

«Como lo dije el 5 de mayo de 2022, aún confío en el sistema de justicia, aún hay jueces independientes y objetivos en este, y se vio hoy», afirmó.

Luis Carrillo Fotógrafo: Norvin Mendoza
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Jueza cierra caso contra Sinibaldi

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Fotos: Norvin Mendoza

En una decisión que marca el cierre abrupto de un proceso judicial la jueza Abelina Cruz, del Juzgado de Mayor Riesgo D, anunció este viernes el sobreseimiento del caso Construcción y Corrupción, en el cual se involucraba al exministro de Comunicaciones, Alejandro Sinibaldi.

Cruz fundamentó su dictamen en la falta de probabilidad de demostrar los hechos planteados en la acusación durante un debate oral y público, conforme al artículo 328 del Código Procesal Penal.

El Ministerio Público (MP) había acusado a Sinibaldi de lavado de dinero en forma continuada, cohecho pasivo en forma continuada, financiamiento electoral no registrado en forma continuada y asociación ilícita. Sin embargo, durante la audiencia, la juzgadora cuestionó la fundamentación de cada uno de estos delitos presentada por la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI).

Sinibaldi, tras conocer la decisión judicial, expresó su satisfacción al señalar que este es el cuarto caso en el que se le sobresee y que en otro se dictó la falta de mérito. Además, afirmó haber sido beneficiado en cuatro años contra lo que denominó “acusaciones políticas”.

Luis Carrillo
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Buscan cómo mejorar calidad de vida de pobladores de Retalhuleu

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Fotos: SCSPR

Un diálogo para definir cómo atender conjuntamente los principales problemas que aquejan a ciudadanos de los municipios del departamento de Retalhuleu sostuvo hoy el presidente Bernardo Arévalo y los jefes ediles de dicha región.

“Hemos escuchado cuáles son los principales retos de los alcaldes, y nosotros hemos trasladado nuestra visión de trabajo”, dijo el gobernante durante una conferencia de prensa ofrecida al final del encuentro. 

Remarcó que la “reunión abre la puerta para un proceso conjunto con todos aquellos alcaldes que se comprometan en luchar contra la corrupción, trabajar con transparencia y por el desarrollo” de sus comunidades.

En la gira lo acompaña Sebastián Siero, jefe edil de Santa Catarina Pinula y presidente de la Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM).

Rodrigo Pérez
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