COLUMNAS
¿Puede reformarse todo e, incluso, suprimirse?
¿Puede reformarse todo e, incluso, suprimirse?
Sin lugar a dudas que todo puede reformarse e, incluso, hasta suprimirse todo, estableciéndose un orden constitucional distinto pero, para que esto pueda realizarse, si se pretende hacerlo dentro del orden constitucional vigente, deben seguirse todos los pasos por este establecidos, salvo que se haga por la fuerza, en cuyo caso no estaríamos hablando ya de Derecho alguno sino, con violencia o no, de vías de hecho.
Las reformas a la Constitución Política de la República solamente pueden hacerse, dentro del orden constitucional establecido, siguiendo los pasos que la propia Constitución establece, siendo estos para reformar los artículos que se refieren a derechos humanos individuales, artículos del 3 al 46 y el que así lo dispone, la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente, convocatoria que debe realizar el Congreso de la República con el voto favorable de al menos las dos terceras partes del total de diputados que lo integran, convocatoria que debe señalar los artículos, dentro de los anteriormente citados, para cuya reforma se convoca.
Los otros pasos establecidos –para reformar cualquiera de los otros artículos– son la aprobación de la reforma por el Congreso de la República, con la votación calificada de las dos terceras partes del total de diputados que lo integran y su ulterior aprobación por el pueblo en Consulta Popular.
No cabe reforma alguna de la Constitución por procedimiento distinto y, por ello, es que la “idea” de “disolver” la Corte de Constitucionalidad acudiendo tan solo a una Consulta Popular es absolutamente inconstitucional y así debe desecharse. De conformidad con el orden constitucional vigente, solamente se pueden reformar los artículos del 3 al 46 y el que así lo dispone por una Asamblea Nacional Constituyente y –los restantes– solo a través del otro procedimiento, aprobación del Congreso y ulterior Consulta Popular.
La elección de diputados para integrar una Asamblea Nacional Constituyente debe hacerse – así lo señala la Constitución de la misma forma en que se elige a los diputados que integran el Congreso, lo que implica que el 25% de sus integrantes se elegiría por listado nacional y, los restantes, por distritos inmensos, lo que implica que se haga por listados distritales. En otras palabras, el comentario es mío, una Asamblea electa de esta forma no podría conducirnos sino a más de lo mismo, salvo que se reformase, previamente, el artículo 157 de la Constitución –la clave de todo– artículo que determina la forma de elegir diputados.
Es incompatible que los diputados puedan serlo al Congreso y, a la vez, constituyentes, diferenciación que se complementa con el hecho de que sí es compatible de que coexistan, al mismo tiempo, la Asamblea y el Congreso. De conformidad con la Constitución, no puede una Asamblea Nacional Constituyente, convocada dentro del orden constitucional vigente, reformar otros artículos que los citados, del 3 al 46 y el que así lo dispone y, de estos, únicamente aquellos para los que fuere convocada.
Se discute que, si a pesar ello, lo que manda la Constitución, su límite, la Asamblea, una vez instalada, expresión del pueblo soberano y electa por este, podría reformar artículos para los cuales no se le convocó e, incluso, artículos distintos a los artículos del 3 al 46 y el que así lo dispone, pudiendo reformar cuantos “soberanamente” decida reformar. La respuesta es que, dentro del orden constitucional vigente, no cabe que esto ocurra y que, si ocurriese, estaríamos ante una situación de hecho, sostenible tan solo si tiene la Asamblea la fuerza para hacerlo: estaríamos, así, si así lo hiciere, ante un orden constitucional distinto que habría establecido.
Esto ya ocurrió, por ejemplo, en la República de Colombia en donde, existiendo una normativa constitucional parecida a la nuestra, se convocó a la Asamblea Nacional Constituyente para reformar un número limitado de artículos pero, cuando esta ya instalada decidió la reforma de muchos otros, alegando su carácter soberano el pueblo representado en Asamblea.
En aquel caso, la Asamblea pudo hacerlo porque gozó de la fuerza para ello (gozó del respaldo militar) pero, como apuntábamos, anteriormente, ante una situación así, ya no nos encontramos en el ámbito del Derecho sino tan sólo el de la fuerza.
Hasta los artículos pétreos pueden llegar a reformarse, sin alterar el orden constitucional establecido pero, para ello, se debe estar a sus formas y es posible la reforma, como decíamos, incluso de los pétreos, porque la norma constitucional que los hace pétreos –no sujetos a la posibilidad de reforma alguna– sí puede reformarse o suprimirse y, en consecuencia, reformado este o suprimido, dejarían los pétreos de ser pétreos y podrían reformarse.
El procedimiento, sin embargo, es complejo puesto que obligaría a una primera reforma constitucional que suprimiera o reformase este artículo (reforma que tendría que hacer el Congreso con la mayoría calificada de las dos terceras partes del total de diputados que lo integran –106 de 158– y ser aprobada posteriormente por el propio pueblo en Consulta Popular) y, una vez lograda esa reforma o supresión que eliminase la prohibición de reformar los pétreos, idéntico procedimiento (reforma por el Congreso y aprobación por el pueblo en Consulta Popular) que podría ya reformarlos e, incluso, suprimirlos. Para cualquier reforma constitucional es necesaria la intervención del Congreso, ya que para convocar a una Asamblea Nacional Constituyente es este quien debe hacerlo con la mayoría calificada tantas veces citada y, para cualquier otra reforma que no precise de tal convocatoria, previo a su aprobación por el pueblo en Consulta Popular, debe hacerla el Congreso con la mayoría citada (dos terceras partes del total de diputados que lo integran, 106 de 157).
El Congreso, pues, la clave de todo en materia de reformas constitucionales, tal y como lo es para determinar el presupuesto y las leyes, y para la toma de las más importantes decisiones nacionales –y por ello es que he insistido y seguiré insistiendo–, paso previo a cualquier otro, en la reforma de un único artículo de la Constitución, el 157, artículo que determina la forma de elegir a los diputados que integran el Congreso (listado nacional, listados distritales, distritos inmensos, monopolio de la postulación de candidatos en manos de los partidos políticos, poco comprensible fórmula para adjudicar los cargos, etc). Una vez reformado el 157, electos los diputados en forma distinta, sabiendo cada elector –finalmente– quién es SU diputado, todo lo demás se hará posible.
La necesidad de reformar el 157 parecería ser que no se entiende, pero más bien pienso que no quiere entenderse: Esta reforma sería capaz de cambiarlo todo y llevarnos a una patria que, como bien lo señalara Severo Martínez Peláez, habiendo empezado de unos pocos, se haga de todos. Entre quienes no quieren entenderlo –se hacen, tan sólo– aquellos que quisieran el rompimiento del orden constitucional e imponer otro, por la fuerza: algo, ¡cuidado!, que se sabe cómo empieza pero no como termina.
Todo es posible dentro del ámbito de la ley, pero con la ley en la mano.
COLUMNAS
Anhelo de vivir en paz
Juan Everardo
Chuc Xum [email protected]
La paz social es también equilibrio, armonía, respeto, libertad y dignidad. Sin embargo, en todos los países del planeta, los conflictos políticos, sociales y económicos, entre otros, están a la luz del diario vivir de los seres humanos; históricamente, dichos conflictos no permiten avanzar para el desarrollo integral, para una relación social armónica y una plenitud de vida en paz para la pluriculturalidad del país conformada por los pueblos: maya, xinka, mestizo y garífuna.
Ahora mismo nuestro querido país se debate para nuevas aspiraciones, ojalá para transformaciones reales y favorables a la dignidad humana de los guatemaltecos, en particular para los que históricamente han sido excluidos y discriminados por siglos y que son los originarios de estas tierras de siwan tinamit.
El libro nacional de Guatemala el Pop(ol) Wuj nos ilustra varios procesos de cambio social como, por ejemplo: el que se refiere a los acontecimientos surgidos de la derrota de Wuqub’ Kak’ix y sus hijos Spakna y Kab’raqan, que obraban para dominar, porque creían ser el Sol, la Luna y los esclarecidos y, por supuesto, ponían en peligro el equilibrio social y natural.
Guatemala tiene avances sustantivos para transitar a la plenitud de vida; por ejemplo: los Acuerdos de Paz.
La derrota de Xib’alb’a, el inframundo maya que da paso al momento simbólico del amanecer de los cuatro primeros padres y las cuatro primeras madres, la humanidad de maíz.
Estos pasajes de cambio social citados nos dan la pauta de una preocupación muy antigua y una constante búsqueda de transformaciones sociales para no cesar de la calidad humana del que gozamos.
Guatemala tiene avances sustantivos para transitar a la plenitud de vida, por ejemplo: los Acuerdos de Paz para superar conflictos y flagelos que ahora vivimos, dichos Acuerdos apuntan a un nuevo modelo de Nación y de Estado más humano; sin racismo y discriminación, con instituciones modernas, de respeto a los derechos humanos, derechos económicos, derechos sociales y derechos culturales entre otros; este anhelo de vivir en paz significa retomar la implementación de los Acuerdos de Paz y de unir esfuerzos de todas y todos los guatemaltecos, los diferentes sectores sociales y pueblos que cohabitan para que en diálogo y en consenso se construya la nueva nación pluricultural.
COLUMNAS
La generación de confianza en el contribuyente
M.Sc. Allan Josué Maas Jácome
Abogado y Notario
Consolidar las relaciones entre el contribuyente y la autoridad fiscal pasa mucho más allá de la visión simplista de pretender ejercer la autoridad para amedrentar o atemorizar a los contribuyentes y con ello, obtener su “aceptación”.
La confianza del ciudadano hacia la autoridad es ante todo producto de distintas acciones. De esa cuenta es que además de pensar que la Administración Tributaria debe ser sólida y efectiva cuando el contribuyente no realiza el pago de sus tributos, también lo es que no debe desatender la prevención de infracciones y delitos tributarios, puesto que estos afectan de forma significativa a toda la sociedad, en virtud de que es el Estado el encargado de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de cada uno de los integrantes de la sociedad.
Pero, ¿cómo se podrán ejercer los derechos a la educación, a la seguridad, al acceso a la justicia o a la salud, sin los recursos que obtiene el Estado mediante el pago de tributos?
”No hay nada tan cierto en el mundo como la muerte y los impuestos“ (Benjamín Franklin).
Generar la confianza del contribuyente hacia la Administración Tributaria es una tarea impostergable y por eso es menester un cambio de paradigma, incluso en las reformas tributarias; es decir, estas también deben enfocarse en el vínculo o relación que existe entre cada contribuyente y la Administración Tributaria; por ende, construir confianza entre aquellos es vital, al grado que posiblemente el ciudadano tenga una mayor anuencia y convicción en pagar más tributos, en la medida en que tenga conocimiento que sus aportes tributarios, son adecuadamente utilizados en las necesidades no solo personales, sino también en los servicios públicos que precisa.
Por lo anterior es que, conforme se materialicen y consoliden por parte de la autoridad fiscal estrategias en favor de la publicidad y la transparencia, la facilitación y difusión de procedimientos, claridad en sus criterios institucionales y refuerce la confianza de los contribuyentes, en esa misma medida obtendrá resultados por demás positivos, no solo en la recaudación de los tributos, sino que generará una percepción positiva de la justicia del sistema tributario, la distribución equitativa de las distintas cargas tributarias, la satisfacción de que lo que el contribuyente paga en concepto de tributos, es lo que recíprocamente le brinda el Estado y que aunque exista una disminución en su patrimonio personal.
Esto no es en vano porque lo que tributa se encuentra controlado, derivado de que existe una rendición de cuentas que le permite fiscalizar y además ejercer control respecto de quienes administran los recursos estatales.
COLUMNAS
¡Mi Guatemala!
Dr. Jorge Antonio Ortega G.
En un año más de libertad, luego de más de dos siglos, la seguimos construyendo con esfuerzo y esperanza para las nuevas generaciones de guatemaltecos. Esta conmemoración cívica es el momento ideal para replantear nuestros objetivos nacionales, diseñar un futuro promisorio para todos.
Se necesita de ciudadanos comprometidos y dispuestos a aportar más que a criticar, divorciarnos de esa cultura de descalificación que nos persigue desde antaño, a dejar por un lado la crítica severa y el elogio parco. Los guatemaltecos somos entusiastas por naturaleza, tenemos un sentido del humor arraigado que en la fatalidad y los sinsabores de la patria nos permite salir avante.
En cada crisis vemos una oportunidad y, por si eso fuera poco, a mayor dificultad mayor creatividad. Nuestra tierra es fabulosa, estamos en el centro de América, con un clima exquisito que con orgullo pregonamos como la eterna primavera, situación que diversifica nuestro territorio con microclimas que hacen altamente productivo nuestro suelo. Un cielo azul incomparable y cristalino, envidia de otras latitudes extremas.
En fin, un país bendecido con una colosal columna de volcanes, unos activos y otros en eterno sueño que dividen el abundante caudal hídrico que desemboca en nuestras dos salidas marítimas. Nuestra historia patria con sus glorias y sinsabores, con luces y sombras, escrita con la mezcla de sangre y sudor de sus héroes, de sus valientes mujeres que tejen el porvenir de la nación, que inculcan el amor a la patria, el temor a Dios y la obediencia a las leyes (derechos y obligaciones) desde el seno del hogar, partiendo de que la base de nuestra sociedad es la familia.
Valientes mujeres que tejen el porvenir de la nación, que inculcan el amor a la patria, el temor de Dios y la obediencia a las leyes desde el seno del hogar.
La prospectiva nos permite visualizar sin mucho protocolo que, debido a nuestra posición geopolíticamente estratégica y a la dinámica de nuestro pueblo, vamos hacia un futuro lleno de oportunidades para todos sin exclusión alguna; las incógnitas y lo incierto del devenir son el combustible que nos permite sembrar las bases para lograr una vida plena, pero hay que sumar esfuerzos como un solo corazón, que nos permita alcanzar metas reales y medibles en el tiempo, y de esa forma consolidar nuestros objetivos permanentes como nación.
Nuestra Guatemala, esa Guatemala que soñamos, esa que deseamos heredar, esa que nos vio nacer, ¡esa por la que madrugamos!, para fortalecerla día a día con nuestro sudor… se lo merece hoy más que nunca que nos inclinemos para agradecer al Creador el hecho de haber logrado la libertad sin necesidad de derramar sangre en su nombre, debe ser nuestro baluarte, el más puro sentimiento de civismo que nos debe llenar de orgullo, el ser libres para forjar nuestro destino.
La libertad, como la paz, requiere del compromiso de todos; cada día es necesario reforzar su existencia sin excusa alguna, es posible que algunos no la valoren, pero ¡ay de aquel que con ciega locura!… pues tus hijos que veneran la paz cual presea, nunca esquivan la ruda pelea.
Nuestro esfuerzo se encamina por las sendas sinuosas del tercer milenio, en plena posmodernidad donde todo es relativo, donde las que antes eran sólidas instituciones ahora se ven diluidas, donde las amenazas son asimétricas y las guerras son de cuarta generación.
Los guatemaltecos tenemos las de ganar, lo tenemos todo y sobre ello nos debemos afanar. Para resaltar lo anterior, traigo a esta columna un pensamiento hecho poesía, escrito por Rubén Darío: “Si la patria es chica, suéñala grande”. La suerte está echada, si se puede soñar, se puede lograr; nada nos debe detener para hacer de Guatemala un país exitoso, que sea el orgullo de nuestros hijos, y de los hijos de nuestros hijos. ¡Hoy es el día!, mañana puede ser tarde.
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