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COLUMNAS

Son los jueces militares, tan jueces, como todos los jueces

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La Constitución Política de la República establece inmunidad para los jueces (protección que consiste en que no pueden ser detenidos ni enjuiciados, si previamente no lo autoriza el órgano competente para hacerlo), inmunidad para todos los jueces y no solamente para aquellos que formen parte de la carrera judicial. La Constitución, en efecto, no otorga inmunidad solamente a los jueces que formen parte de la carrera judicial, sino a todos los jueces, sean o no miembros de carrera alguna y, siendo así, constituye un disparate afirmar que el general Erick Melgar Padilla, siendo juez, juez militar, carece de inmunidad, sustentada la afirmación en que no pertenece a esa carrera. La otra razón para afirmar que carece de inmunidad, tan disparatada como la anterior, es que este juez, juez militar, no ejerce jurisdicción, afirmación que pasa por alto que cuando juzga, tal y como ocurre con todos los demás jueces, ejerce jurisdicción sobre aquello que debe conocer y sobre aquellos que se encuentren sujetos a las materias de que conozca. La existencia de los tribunales militares está reconocida por la Constitución, y sus jueces son tan jueces como pueden serlo los jueces de los tribunales civiles.

En materia de casación, la Corte Suprema de Justicia debe integrarse con jueces militares, a la par de los jueces civiles, vocales todos del tribunal, cuando se conocen asuntos de índole o con participación militar, integración que habla por sí sola: tan jueces unos, como otros. La Constitución establece que los delitos y faltas cometidos por los integrantes del Ejército de Guatemala serán juzgados por tribunales militares. El artículo de la Constitución que así lo establece –el artículo 219– (que, por cierto, forma parte de los artículos en que se regula, no el Ejército, sino el Organismo Judicial) fue reformado por el Congreso de la República, pero esa reforma no fue aprobada por el pueblo ( Consulta Popular de 1999) y, en consecuencia, sigue conservando su misma redacción original, la redacción ya citada: Los delitos y faltas perpetrados por integrantes del Ejército de Guatemala serán juzgados por tribunales militares. Pese a que el artículo conserva su redacción y que el pueblo rechazó su reforma, “interpretó” la Corte de Constitucionalidad que, a pesar de no establecer la Constitución ese límite, debía entenderse limitada la jurisdicción de los tribunales militares única y exclusivamente a delitos militares como, por ejemplo, los de deserción o rebelión, y que los delitos y faltas de otra índole –delitos y faltas no militares– debían ser juzgados por tribunales ordinarios. No dice eso la Constitución y fue precisamente ese límite lo que rechazó el pueblo en Consulta Popular pero, a pesar de ello, de no decirlo y de haber rechazado el pueblo la reforma, la Corte de Constitucionalidad “interpretó” que la jurisdicción militar debía entenderse limitada, exclusivamente, a delitos militares. Independientemente de que pudiéramos estar de acuerdo con ese límite (si llegáramos a establecerlo legalmente), lo que me permito señalar es que la “interpretación” riñe con el precepto constitucional vigente, precepto que no lo establece y con lo decidido por el pueblo en Consulta Popular: que el artículo debía conservarse sin reforma alguna. Como Procurador General de la Nación y Jefe del Ministerio Público –aún no superado el conflicto armado– tuve varias experiencias positivas en tribunales militares y, así, por ejemplo, en tribunal militar, logró el Ministerio Público el esclarecimiento del asesinato de Michael Devine y la condena no sólo de sus autores materiales sino del autor de su trama, un capitán del Ejército de Guatemala, en servicio activo. Falso, pues (otro de los mitos que nos envenenan), que no se pudiera lograr la condena de oficiales del Ejército, sí juzgados por tribunales militares. Condenados fueron también –cabo y soldado– los responsables de la masacre de Ciudad Peronia. Noel de Jesús Betera Álvarez, condenado por el asesinato de Myrna Mack, especialista que era del Ejército al momento del crimen y de alta en el Estado Mayor Presidencial, fue juzgado por tribunales civiles porque, al momento de ser juzgado, había dejado de ser especialista y, en consecuencia, ya no era integrante del Ejército. El joven oficial involucrado en lo que se denominara la masacre de Xamán, pese a ser integrante del Ejército, contraviniendo lo establecido por la Constitución y aplicando los tribunales ordinarios la limitación que fuera rechazada por el pueblo en Consulta Popular, fue juzgado por tribunales civiles cuando debió de ser juzgado por tribunales militares. ¿A quién podía importar la suerte de aquel oficial joven y el atropello que se hizo de la Constitución sometiéndosele a una jurisdicción constitucionalmente improcedente? Después siguió perpetrándose el atropello, alcanzando ya a oficiales superiores, pero de baja. ¡Ay de los vencidos –vencidos, que conste, en su caso– no militar sino políticamente! En una nueva “interpretación”, lejos cómo se encuentra del silogismo jurídico la aplicación del Derecho y sometida esta a las circunstancias sociológicas e históricas del momento en que se aplica (en otras palabras, a la oportunidad y conveniencia: la política) se informa al juzgador en el caso en el que se vincula a Erik Melgar Padilla “lo que se considera políticamente correcto”, que el general del Ejército, comandante de zona, juez militar, por no pertenecer a la carrera judicial y no ejercer jurisdicción –pese a ser juez– carece de la protección (inmunidad)que la Constitución ordena para todos los jueces.

Los “intérpretes” hicieron su víctima, primero, de un joven oficial (Caso Xamán); después, de oficiales superiores, pero ¡claro está! cuando ya de baja y –ahora– de los jueces militares, en el caso concreto, de un general del Ejército, en servicio activo, comandante de zona, juez militar. Estaré siempre, donde esté la ley y –cuando clara– sin necesidad de “intérpretes” ningunos. El informe remitido al juez Gálvez, en el que se niega a los jueces militares su calidad de jueces y la consecuente protección que les protege (inmunidad), protección que se conoce como “derecho de antejuicio”, no es en absoluto vinculante y habrá de sopesarlo, el juzgador, a la luz de la Constitución Política de la República, superior a toda ley y tratado y a todo acto de autoridad. Los tribunales militares están regulados por la Constitución Política de la República dentro del Organismo judicial, parte del mismo y, en consecuencia, son los jueces militares, tan jueces, como todos los jueces.

Acisclo Valladares Molina
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COLUMNAS

Educación y aprendizaje, herramientas para la juventud

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Laura Díaz

[email protected]

La educación en la juventud es la base del futuro, ya que no solo ofrece conocimientos, sino también habilidades esenciales para enfrentar desafíos y es la clave para oportunidades laborales y desarrollo personal.

El reto en la actualidad es que se prepare a las juventudes para prosperar en una era globalizada del conocimiento y puedan adaptarse a un mundo en constante transformación. Actualmente se hace necesario equipar a la adolescencia y juventud con habilidades analíticas, comunicativas, resolutivas, creativas e iniciativas a través de una educación integral.

Estas destrezas no solo los prepararán para abordar los desafíos del mundo en constante cambio, sino que también los capacitarán para aplicar eficazmente estos conocimientos en su vida diaria y profesional.


Según el Instituto Nacional de Estadística, el nivel de escolaridad en el país es bajo, con un promedio de 2.3 años y en los departamentos en donde su población es mayoritariamente indígena el promedio es de 1.3 años. Un informe de la Unesco en 2021 detalla que Guatemala se sitúa por debajo del promedio regional de educación.

Es crucial dotar a la juventud guatemalteca con las herramientas adecuadas para un futuro prometedor.

La juventud está en constante transformación, es por esta razón que los procesos de aprendizaje, las prácticas educativas y los métodos de evaluación deben adaptarse para fomentar la proactividad y la responsabilidad hacia su propio crecimiento.

Esto implica un cambio de enfoque, de simplemente adquirir conocimientos y obtener calificaciones, a fomentar la creatividad y la colaboración entre los jóvenes.

Al poner esto en práctica, se les brinda la oportunidad de ser agentes activos en su educación, preparándolos mejor para los desafíos cambiantes del mundo moderno.

Los jóvenes son agentes activos en la construcción de su conocimiento; su capacidad de autoevaluación les permite desarrollar las habilidades necesarias para enfrentar los desafíos de esta era en constante cambio, reformulando sus metas y aspiraciones para adaptarse a las demandas actuales.

Conjuve reconoce la importancia de la educación en la juventud, por lo que este tema es uno de sus ejes estratégicos, a través de la promoción de acciones y vinculaciones con el Ministerio de Educación (Mineduc) y con el Comité de Alfabetización (Conalfa), entre otros.

Colaborador DCA
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COLUMNAS

Fotografías

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Karen Trajtemberg

Escuela de Comunicaciones y Periodismo

En la medida en que las actividades de las y los candidatos a alcaldes, concejales y gobernadores regionales en Chile se basen en fotografías momentáneas, percepciones ligadas al consumo de desinformación y casuística, la línea que limita la discriminación será cada vez más delgada y fácil de cruzar. Las contradicciones son parte del ser humano y, ciertamente, de la política. El problema es cuando esta hace su trabajo desde esas discrepancias y basa decisiones de largo plazo en percepciones del momento.

Es el clásico ejemplo de las encuestas sobre contenidos televisivos, donde los consultados critican la falta de programas culturales, pero cuando los canales agregan ese tipo de programas a la parrilla, el rating es bajísimo. Nadie los ve.

En política a ratos sucede lo mismo, con el agravante del alcance que tienen las opiniones disfrazadas de verdades y la caja de resonancia que constituyen las redes sociales, con libertad absoluta, pero sin responsabilidad frente a lo que se dice o se muestra (aun cuando sea mentira).

Lo anterior sazonado además con los contenidos de la TV y, en específico, la exposición de los chilenos a los matinales, que muchas veces define la agenda política y las percepciones ciudadanas.

La migración es una muestra patente de este escenario.

La migración es una muestra patente de este escenario, en el que se instalan conceptos como extranjeros y delincuencia, conjugándolos constantemente juntos. La encuesta Bicentenario dada a conocer esta semana por la Universidad Católica evidencia lo complejo de este tipo de asociaciones y del efecto que se puede generar a partir de la creación de realidades con el lenguaje y la imagen, en este caso, sobre quienes llegan a Chile.

Así, las contradicciones y paradojas se hacen patentes al revisar los datos. Entre ellos, por ejemplo, casi un 80 por ciento de los consultados dice “nunca” o “casi nunca” haber tenido malas experiencias con migrantes, pero un 86 por ciento cree que la cantidad de personas extranjeras en Chile es “exagerada” y, peor aún, el 91 por ciento asegura que aquello ha tenido un efecto en el aumento de la delincuencia.

Cuántas de estas percepciones están marcadas por los contenidos que la ciudadanía consume en televisión y redes sociales son materia de estudio, pero ya aparecen algunas luces, por ejemplo, en las mediciones del Consejo Nacional de Televisión, que a fines de 2023 mostró que el consumo de matinales es más alto en los segmentos sobre 35 años y de tercera edad, lo que coincide, en un análisis básico, al menos, con que los encuestados de esos mismos grupos etarios en la Bicentenario quienes consideran que la migración ha hecho de Chile un peor lugar para vivir.

Los matinales transmiten largas horas todos los días, poniendo énfasis en el fenómeno de la delincuencia y en las “nuevas formas” que esta va adquiriendo, con una preminencia de temas policiales y judiciales (que llega hasta al 40 por ciento de los contenidos en algunos canales) en los que se involucran migrantes, sea a nivel de organizaciones internacionales (como el Tren de Aragua) o de individuos. Y, además, con pocas menciones a los chilenos que también participan en estos hechos.

Baja es también la cobertura a otros procesos en los que los extranjeros participan y que generan un aporte al país. De hecho, en el caso de Valparaíso, que se instala en el tercer lugar nacional respecto de la cantidad de población migrante (casi cien mil personas), un trabajo dado a conocer por la Unidad de Estudios del Parque Cultural de Valparaíso en marzo pasado tuvo poca masificación, pese a que se concentraba precisamente en dar a conocer la contribución cultural de estos grupos.

Lo interesante o complejo será verificar cómo todo lo anterior será traducido al lenguaje de las campañas para las elecciones de este año y el próximo. ¿Se masificarán los “creativos”? ¿Qué papel tendrá la conjunción artificial entre delincuencia y migración en la lucha por el voto?

En la medida en que las actividades de las y los candidatos se basen en fotografías momentáneas (como las encuestas), percepciones ligadas al consumo de desinformación y casuística, la línea que limita la discriminación será cada vez más delgada y fácil de cruzar, con la posibilidad de que el fenómeno de la migración se transforme en uno más grave, en el que esta realidad, muchas veces creada o agrandada, genere posiciones extremas e incluso violentas.

Colaborador DCA
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COLUMNAS

Gripe H5N1: ¿la próxima pandemia? (I)

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Ignacio López-Goñi

Miembro de la Sociedad Española de Microbiología 

Animales y humanos compartimos cerca de 300 enfermedades infecciosas, y cada año aparecen nuevas. Según datos de la Organización Mundial de Sanidad Animal, cerca del 75 por ciento de las nuevas infecciones emergentes humanas es de origen animal.

Entre los días 27 y 30 de abril se celebra en Barcelona el Congreso Mundial de la Sociedad Europea de Microbiología Clínica y Enfermedades Infecciosas (Escmid). Uno de los temas que se van a tratar es la amenaza de una nueva pandemia.

Nadie duda de que ocurrirá, el problema es que no sabemos qué la causará ni cuándo. Hace años, la OMS ya definió una enfermedad X como amenaza de salud global. El microorganismo causante sería probablemente un virus fácilmente trasmisible por el aire, muy virulento y “nuevo” para nuestro sistema inmunitario.

Hace años, la OMS ya definió una enfermedad X como amenaza de salud
global. 

La inmensa mayoría de los científicos pensábamos que el candidato más probable sería un nuevo virus de la gripe, pero el coronavirus SARS-CoV-2 nos adelantó por la derecha. Aunque la amenaza de un nuevo coronavirus sigue latente, el virus de la gripe es aún el candidato más probable para causar la próxima pandemia.

El virus de la gripe o influenza pertenece a la familia de los Orthomyxovirus. En realidad, existen cuatro tipos (A, B, C y D), genéticamente distintos. En humanos, la gripe A es la más frecuente; la B aparece cada 2-4 años y suele ser menos problemática; la C es más rara y suele causar infecciones leves, y los virus de tipo D afectan al ganado.

El virus está rodeado de una membrana o envoltura y tiene un genoma contenido en ocho fragmentos de ARN con información para diez proteínas. En el virus de la gripe A, dos de esas proteínas son las denominadas hemaglutinina (que se abrevia con la letra H) y neuraminidasa (N).

Hasta ahora se conocen 18 tipos distintos de H y 11 de N. El que lleva la H de tipo 1 y la N de tipo 1 se denomina H1N1; el que lleva la H de tipo 1 y la N de tipo 2, H1N2… y así hasta H18N11, según las combinaciones posibles.

Este virus varía de dos formas. Cuando replica su genoma puede sufrir errores o mutaciones en los genes de la H y de la N, lo cual origina subtipos o cepas que cambian con el tiempo. Son la causa de las epidemias de gripe estacionales y de que haya que renovar las vacunas cada uno o dos años. Por eso, estas se preparan con un cóctel de los virus que se trasmitieron en la población el año anterior.

                  Continuará… 

Colaborador DCA
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