Fotos: cortesía Onsec
Los jóvenes que han obtenido el derecho de pensión por orfandad concluyen este beneficio al cumplir los 18 años; sin embargo, de acuerdo con la Ley de Clases Pasivas Civiles del Estado, pueden extender esta prestación hasta los 21 años, siempre y cuando al adquirir la mayoría de edad comprueben su calidad de estudiantes en una institución educativa reconocida, resalta la Oficina Nacional de Servicio Civil (Onsec).

Según la información proporcionada por la unidad de Comunicación Social de la Onsec, para ampliar la prórroga del pago de la pensión civil por orfandad (extensión a la orfandad) hasta los 21 años, el interesado debe solicitarlo a esta dependencia dentro del plazo de los tres meses siguientes a la fecha en que cumplió la mayoría de edad y adjuntar los documentos establecidos en la ley.
La gestión es gratuita y se puede efectuar de forma personal o a través de representante legal en la sede central de la Onsec, en la 13 calle 6-77, zona 1 capitalina, y en las sedes regionales ubicadas en la Gobernación Departamental de Quetzaltenango y Zacapa.
Documentos a presentar
- Fotocopia del Acuerdo a través del cual se otorgó la Pensión por Orfandad.
- Memorial del beneficiario mayor de edad, donde solicita la extensión de la pensión, ratificado por la Onsec o con firma de notario.
- Constancia de carencia de antecedentes penales.
- Acta notarial en la cual bajo juramento indique si ha perdido o no la nacionalidad guatemalteca, y si labora o no en el Estado o sus entidades descentralizadas o autónomas.
- Certificación de Estudios del año anterior y certificación de matrícula escolar
vigente. - Certificación reciente de partida de nacimiento.
- Dos fotocopias simples del Documento Personal de Identificación (DPI) o de la constancia de trámite del documento.
Mayor información, escribir al correo electrónico: [email protected]










