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COLUMNAS

No se pueden inventar prohibiciones ni impedimentos

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No se puede, a menos que se reforme la Constitución de la República, introducir la prohibición de que puedan ser candidatos a un cargo de elección popular (presidente, vicepresidente, diputados, alcaldes y miembros de corporaciones municipales) los magistrados, fiscales y jueces antes de que transcurran cuatro años desde que hayan dejado el ejercicio de sus cargos.

La prohibición, sugerida por Sandra Torres, puede tener sentido de cara a que no ocurra la insensatez de que se usen la acusación penal y los fallos judiciales como plataformas políticas, peligroso cáncer que podría terminar con la República, prostituidas políticamente la acusación penal y la administración de justicia. (El peligro que señala la propuesta ha querido reducirse por más de algún comentarista de opinión, visión minimalista, a que un fiscal o juez podría usar su cargo para eliminar posibles contendientes cuando el peligro es bastante más grave que eso; que los magistrados, fiscales y jueces pretendan hacerse imagen –verdaderamente deleznable– politizando con ese fin sus acusaciones y sus fallos.

La prohibición sugerida, sin embargo, es bueno saberlo, no podría introducirse en nuestro sistema jurídico, a menos que se reforme la Constitución Política de la República, puesto que esta consagra el derecho de elegir y ser electo, derecho que no puede tener más prohibiciones o limitaciones que aquellas que la propia Constitución establece.

La Constitución prohíbe que puedan optar a la Presidencia o Vicepresidencia de la República, por ejemplo, los miembros del Ejército, salvo que estén de baja o en situación de retiro, por lo menos cinco años antes de la fecha de convocatoria, prohibición que no existe para fiscales y jueces.

Repite la Constitución, la prohibición citada, para los ministros de Estado, a menos que se hayan separado de su cargo por lo menos seis meses antes de las elecciones, y, en parecidos términos, la que prohíbe que puedan optar a diputado los funcionarios que ejerzan jurisdicción en el distrito en el que se celebre la elección, a menos que dejen el cargo tres meses antes de que estas se convoquen.

Existe prohibición de que puedan ser candidatos, para cualquier cargo de elección popular, los funcionarios y empleados del Organismo Ejecutivo, los que pueden serlo solamente si dejan el cargo (de que se trate) antes de que su inscripción se produzca.

Además de las prohibiciones citadas, como impedimentos específicos para optar a la Presidencia de la República, se encuentran el parentesco dentro de los grados de ley entre el candidato y quienes ejerzan la Presidencia o Vicepresidencia de la República o de quienes hayan alterado el orden constitucional; haber alterado el orden constitucional o haber ocupado el cargo a raíz de tal quebrantamiento, la calidad de ministro de religión o culto y la de magistrado del Tribunal Supremo Electoral, no existiendo en estos casos un plazo para que hayan dejado de serlo antes de que la opción sea posible; quien ejerza la Presidencia o Vicepresidencia de la República cuando se celebre la elección o la haya ejercido en ese período.

Prohíbe la Constitución, en todo caso, que puede volver a ser Presidente quien ya lo haya sido, electo popularmente para serlo, así como quien, en sustitución del titular, haya ejercido por dos años.

Para optar a diputado, alcalde o miembro de corporaciones municipales, también existen prohibiciones, prohibiciones e impedimentos, todos, que tienen que estar necesariamente establecidos en la Constitución de la República.

Estas –las contenidas en la Constitución– son las únicas prohibiciones e impedimentos que limitan el derecho ciudadano a ser electo, y no puede ninguna ley ordinaria, ni siquiera la Ley Electoral y de Partidos Políticos, introducir limitaciones que la Constitución no contempla, limitaciones que –en consecuencia– si así se hiciere, serían inconstitucionales.

No pueden optar tampoco los incapaces y aquellos que se encuentren privados del ejercicio de sus derechos políticos.

La propuesta, pues, puede tener sentido, pero es inviable, salvo que se reforme la Constitución, puesto que la acusación penal politizada y politizados los fallos judiciales, nos llevarían al final de la República.

Muchas prohibiciones e impedimentos existentes, así como el propuesto, se sustentan en experiencias vividas que se quieren evitar y, así, la referente a los miembros del Ejército en la experiencia vivida de que los ministros de la Defensa Nacional se convertían –automáticamente– en candidatos a la Presidencia de la República.

La referente a prohibir la Presidencia a aquellos que ya la hayan ejercido en las reelecciones habidas a lo largo de nuestras largas dictaduras.

La referente a quienes asumen por la fuerza el ejercicio del poder, en la experiencia, también habida, de que después de quebrantar el orden constitucional, quienes lo hayan hecho, pretendan legitimarlo “en elecciones”.

En el caso de magistrados, fiscales y jueces –el nuevo impedimento sugerido– surge del peligro que se ha hecho evidente de utilizar la acusación penal y los fallos judiciales en función política, acertada la observación de Sandra Torres.

En lo personal, soy contrario a la existencia de prohibiciones e impedimentos, máxime cuando son establecidos con dedicatorias particulares, puesto que creo que es el elector quien, con su voto, debe sancionarlo.

¿Por qué encadenar a los electores?

La Constitución Política de la República –vicio no surgido del consenso sino de la imposición– incluyó un artículo para que Efraín Ríos Montt, por ejemplo, no pudiera presentarse a elecciones presidenciales –prohibición que pesó por muchos años en nuestra vida política– habiendo sido el pueblo el que finalmente se pronunció al respecto: con su voto, con su voto soberano, decidió, el propio pueblo, que no ocupara otra vez la Presidencia. (Si hubiera sido distinto el resultado, en anterior momento, invita a reflexión, absolutamente válida).

Hubo también, en textos constitucionales anteriores, dedicatorias específicas contra candidaturas, como las de Juan José Arévalo Bermejo y Enrique Peralta Azurdia.

Quiso aplicarse impedimento –atenidos a la literalidad de la norma– a María Teresa Sosa de Ríos Montt, impedimento superado por la Corte de Constitucionalidad, atenida a su sentido y que despejó el camino para que ya no viera en el caso de Zury Ríos Sosa.

A raíz de un impedimento –inexistente para ella– mujer soltera cuando las elecciones fueron convocadas y, en todo caso, cónyuge que había sido y no pariente dentro de los grados de ley –entre cónyuges no existe grado– se impidió que Sandra Torres participara en las elecciones, habiendo obtenido el partido político que quiso postularla –carente incluso de candidato presidencial –la mayoría en el Congreso, evidente muestra de lo que hubiera sido el resultado electoral si se hubiera permitido su participación política.

Los impedimentos que afectan a la elección de presidente y vicepresidente se encuentran entre los denominados artículos pétreos de la Constitución Política de la República, artículos que no se pueden reformar por mandato expreso de uno de los artículos constitucionales , artículo este, el que así lo establece que, paradójicamente, no tiene la calidad de pétreo y puede, en consecuencia, derogarse o reformarse, lo que le quitaría la calidad de irreformables a los que, ahora, no pueden reformarse.

La existencia de artículos pétreos es un abuso del legislador constitucional –un abuso generacional– puesto que impide que generaciones nuevas puedan expresarse en forma distinta y, quizá por ello, entendiendo el abuso, hizo difícil que puedan reformarse –lo cual es razonable– pero no imposible, habiendo dejado abierta la rendija para que pueda llegarse a reformarlos.

No quiero cerrar sin reiterar que ningún impedimento puede introducirse por ley ordinaria, ni siquiera por la Ley Electoral y de Partidos Políticos, ya que no pueden existir más limitaciones al derecho de ser electo que los que la Constitución establece y que, en consecuencia, solo podrían introducirse reformando la Constitución Política de la República, demasiado el esfuerzo para tan magro resultado, amén de que debería ser el propio pueblo –libre derecho de elegir– el que decida con su voto.

La única reforma constitucional que vale la pena es la reforma del artículo 157 de la Constitución Política de la República, reforma que introduciría una forma distinta de elegir diputados –necesaria– pero, además, suficiente para que todo cambie, sin necesidad de tocar ningún otro de los artículos constitucionales: Distritos pequeños en los que se elige un solo diputado y gana la elección –sin fórmulas raras, el candidato que obtiene más votos– solo dos años de mandato, la reelección el premio y la no reelección, el castigo –eliminación del listado nacional de diputados, de los distritos inmensos y de sus consecuentes listados–, nada de suplentes, y se inscribe como candidato, quien quiera, eliminado el monopolio partidario. La reforma del 157, es la clave.

Acisclo Valladares Molina
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COLUMNAS

Los retos de la actividad cultural en Guatemala

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Luis Rodrigo Carrillo Flores

Viceministro de Cultura

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Guatemala es un país rico en diversidad cultural e historia, resultado de la fusión de las tradiciones indígenas mayas y la influencia colonial española. Sin embargo, a pesar de esta riqueza, la actividad del arte y la cultura en Guatemala enfrenta diversos retos para mantener la preservación de su patrimonio y el desarrollo de nuestra identidad. 

Uno de los principales retos es la pobreza que afecta a más del 50%  de la población guatemalteca, según datos del Banco Mundial. Esta realidad limita el acceso de muchas comunidades a actividades artísticas y culturales, desviando la atención y los recursos hacia la satisfacción de necesidades básicas como la alimentación, la salud y la educación, lo que a su vez implica que muchas iniciativas queden desatendidas, ya que las comunidades no pueden priorizar actividades que no sean de supervivencia
inmediata.

La falta de inversión en el sector cultural también es un desafío significativo. A menudo, los gobiernos han priorizado otras áreas de desarrollo, dejando al arte y la cultura en un segundo plano. Esto se traduce en falta de infraestructura adecuada, como museos, teatros y espacios públicos. 

Abordar estos desafíos requiere un esfuerzo conjunto.

De esa cuenta, a nivel del Viceministerio de Cultura estamos convencidos que el apoyo gubernamental es vital para el fomento y desarrollo del quehacer cultural, y para que las iniciativas prosperen y lleguen a todo el país.

La globalización representa otro reto importante. Si bien la globalización puede facilitar el acceso a nuevas ideas y formas de expresión, también puede llevar a la homogeneización cultural, donde las tradiciones y prácticas locales son opacadas por influencias externas. 

En Guatemala, esto es visible con el auge de la cultura pop global, que a menudo eclipsa las manifestaciones artísticas locales. La necesidad de promover y preservar la cultura guatemalteca ante esta tendencia es crucial, no solo para mantener la identidad nacional, sino también para fomentar el orgullo artístico-cultural.

Finalmente, el acceso a la educación cultural es fundamental para el desarrollo de una conciencia crítica y apreciativa entre la población. La educación formal en Guatemala enfrenta retos significativos, como la deserción escolar y la calidad de la enseñanza, factores en los cuales se está trabajando. 

Sin una educación que fomente el conocimiento y la apreciación por las diversas formas de arte y cultura, será difícil construir un público que valore y participe activamente en la vida cultural del país. Por eso implementar programas educativos que integren arte y cultura guatemalteca en el currículo escolar y promuevan la participación de los jóvenes en actividades artísticas son vitales.

Abordar estos desafíos requiere un esfuerzo conjunto entre el gobierno, las comunidades y las organizaciones culturales para garantizar que la riqueza de Guatemala no solo se preserve, sino que también se celebre y se comparta con el mundo.

Las políticas constituyen uno de los escenarios estratégicos en materia de decisión pública sobre la identidad, las artes, los valores y el patrimonio tangible e intangible de nuestro país, de tal manera que desde nuestro viceministerio estamos haciendo no solo el trabajo necesario, sino también las proyecciones para que las políticas públicas sean sostenibles en el tiempo.

Colaborador DCA
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COLUMNAS

El miedo y la ira vencen a la razón

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Patricia Letona D.  Innovación y Relacionamiento Estratégico

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¿Es posible combatir las mentiras con la verdad en un mundo donde las noticias falsas y la desinformación nos rodean? La respuesta es sí, pero va más allá de simplemente exponer hechos. Requiere una estrategia de comunicación que conecte emocionalmente, repita el mensaje y provenga de fuentes creíbles.

Peter Pomerantsev, reconocido experto en propaganda y desinformación, en su libro How to Win an Information War, cuenta la historia de Sefton Delmer, el propagandista británico que, con juegos psicológicos y distintas estrategias, usó la propaganda Nazi durante la II Guerra Mundial para ayudar a los aliados a ganar y desmoralizar a las tropas alemanas. En su obra explora cómo la desinformación se ha transformado en un arma poderosa en el escenario global. 

Las campañas de influencia se dirigen a las emociones.

La democracia está en juego, ya que la desinformación socava la confianza en los líderes, las instituciones y el proceso político. Según Pomerantsev, la guerra de la información no se limita a la difusión intencional de mentiras.  

Hoy día, las tácticas para manipular a la opinión pública incluyen la creación de cuentas falsas en redes sociales y la infiltración de medios de comunicación con objetivos oscuros. Para enfrentar esta amenaza, se necesita la cooperación de gobiernos, empresas tecnológicas y la sociedad civil.

La próxima semana, la Asamblea General de la ONU acogerá la “Cumbre del Futuro”, donde, según anunciaron, abordarán los desequilibrios del mundo digital. La desinformación es uno de los mayores peligros que enfrenta nuestra sociedad, aunque queda por ver si será tratada a fondo en este foro.

La velocidad con la que se difunden las mentiras supera a la de la verificación. Incluso los medios tradicionales, a pesar de su credibilidad, son vulnerables a la manipulación. Por ello, la alfabetización mediática es clave para que los ciudadanos distingan entre verdad y mentira. En contextos como emergencias sanitarias, desastres naturales o conflictos bélicos, esta habilidad puede ser literalmente una cuestión de vida o muerte.

Las campañas de influencia se dirigen a las emociones, como el miedo, la ira o el resentimiento, siendo una táctica efectiva para manipular la opinión pública. Las redes sociales son el principal campo de batalla, amplificando el alcance de la desinformación y polarizando a la sociedad.

La desinformación es un arma estratégica de largo alcance. La repetición constante de una mentira, por obvia que sea, puede impactar en las masas, influyendo en el entorno político y social.

Pomerantsev ofrece lecciones valiosas sobre las guerras de influencia actuales. La verdad por sí sola no es suficiente para combatir la desinformación; las mentiras bien estructuradas y repetidas pueden tener mayor impacto. Además, las narrativas emocionales son más poderosas que los hechos fríos, lo que hace que las campañas de propaganda manipulen las emociones para lograr sus objetivos.

La gente rechaza los hechos que no quiere escuchar, por lo que controlar la narrativa es esencial en cualquier guerra de información. Quien controla el mensaje público controla, en gran parte, la percepción de la realidad. Las mentiras se vuelven más creíbles cuando se alinean con prejuicios preexistentes o cuando falta pensamiento crítico. Incluso desmentidas, sus efectos perduran, alterando la memoria colectiva y debilitando la confianza pública.

Cuando la percepción se convierte en realidad recordamos la frase de Gabriel García Márquez: “La vida no es la que uno vivió, sino la que recuerda y cómo la recuerda para contarla”.

Colaborador DCA
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COLUMNAS

Realcemos el Derecho a la Lengua de Señas en Guatemala

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Unidad de Comunicación y Relaciones Públicas
CONADI, Guatemala.

La Lengua de Señas Guatemalteca (Lensegua), es el principal vehículo de comunicación para la comunidad sorda en Guatemala. Es un derecho humano fundamental que garantiza a las personas sordas su plena participación en la sociedad. 

Sin embargo, el reconocimiento y la accesibilidad plena de esta lengua siguen siendo un reto dentro del contexto actual de derechos para personas con discapacidad.  

A pesar de los avances normativos, como la Ley de Atención a las Personas con Discapacidad (Decreto 135-96), la inclusión efectiva de las personas sordas aún enfrenta barreras significativas. 

El respeto a la Lensegua contribuye a una sociedad más equitativa e inclusiva.

En Guatemala, la comunidad sorda sigue luchando para que la Lensegua, sea vista no solo como una herramienta de comunicación, sino como un derecho humano fundamental, a pesar de la ratificada por Guatemala en el marco de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD); que exige el respeto y la promoción de las lenguas de señas en todos los ámbitos de la vida de una persona sorda.

La coyuntura actual refleja un esfuerzo creciente de diversas organizaciones, como la Unidad de Lengua de Señas de CONADI y colectivos de personas sordas, para que la Lensegua, sea reconocida oficialmente, abogando por el establecimiento de políticas públicas más inclusivas, que no solo apoyen a las personas sordas en su acceso a la educación bilingüe (español y Lensegua), sino que también promuevan el aprendizaje de este idioma, la capacitación de intérpretes y el uso de la lengua de señas en los medios de comunicación, la justicia y la salud entre otros.

En Guatemala se establece el 23 de septiembre como el Día Nacional de la Lengua de Señas en Guatemala; considerado como un paso significativo hacia la visibilización y el respeto de los derechos lingüísticos de la comunidad sorda en el país; siendo clave para fortalecer la lucha por la inclusión y la accesibilidad, subrayando que la Lengua de Señas es un derecho humano. 

Este día sirve no solo para celebrar la cultura y la identidad de la comunidad sorda, sino también para concienciar a la sociedad sobre la importancia de la inclusión lingüística y la eliminación de barreras de comunicación.

La comunidad sorda hace un llamado a la inclusión plena, trabajando bajo un enfoque intersectorial que involucre a instituciones gubernamentales, organizaciones no gubernamentales, y a la sociedad en general, para realzar el derecho a la Lensegua, fomentandosu uso no solo entre la comunidad sorda, sino también entre los oyentes, promoviendo una sociedad más inclusiva y respetuosa de la diversidad lingüística.

Colaborador DCA
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