La Corte de Constitucionalidad declaró sin lugar el ocurso de queja planteado por un integrante del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato de Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG), por lo que queda firme la multa impuesta por incumplir la sentencia de amparo que ordenó cesar la convocatoria a «Asamblea Permanente».
Ante ello, cada uno de los dirigentes identificados como responsables deberá pagar una sanción de 4,000 quetzales.
Estas resoluciones reafirman que ninguna medida de hecho puede anteponerse al derecho fundamental a la educación de la niñez, adolescencia y juventud, y sientan precedentes claros sobre la responsabilidad de quienes promueven acciones que interrumpen ilegalmente el servicio educativo», dio a conocer el Ministerio de Educación (Mineduc) en un comunicado.
El ocurso de queja fue interpuesto ante el Tribunal Superior, luego de que el inferior denegó la solicitud planteada por uno de los integrantes del STEG.
El Ministerio de Educación añade en el escrito informativo que el respeto a las decisiones de los juzgados y tribunales constitucionales es esencial para garantizar el Estado de Derecho y asegurar que las escuelas permanezcan abiertas, en resguardo del derecho a aprender.
Lea también:











Deja un comentario