Durante la reunión de la Comisión de Economía y Comercio Exterior del Congreso se discutieron ocho enmiendas al dictamen conjunto con la sala de Finanzas, respecto de la ley general del sistema portuario nacional.
Entre los artículos discutidos se encuentra la redefinición de la Gerencia de Fiscalización, la que se encargará de ejecutar las políticas emanadas del Comité Nacional de Protección Portuaria.
Además, se ajusta esta última instancia para que diseñe y apruebe protocolos de resguardo, medidas de control cuarentenarias, a fin de que sean en coordinación con el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
Se sustituye el artículo 157, que se refiere a convenios operativos en el sistema portuario, con el objetivo de que las instituciones suscriban pactos interinstitucionales con la Autoridad Portuaria Nacional (APN).
También, se busca suprimir los artículos 123, 124 y 125, con el fin de transferir funciones a la APN desde tres ministerios. Asimismo, se presentaron tres modificaciones que persiguen añadir una excepción a la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla en la definición de Contrato Administrativo Portuario.











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