Transportistas de pasajeros y de carga serán multados a partir del 2 de marzo próximo, fecha en la cual entra en vigencia el Acuerdo Ministerial No. 69-2026, por no presentar el Certificado de Implementación del Sistema Limitador de Velocidad (SLV).
El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), a través de la Dirección General de Protección y Seguridad Vial (Provial) y la Dirección General de Transportes (DGT), informó a la población de este tipo de acciones, luego de que se publicó la normativa en el Diario de Centro América, conforme a lo dispuesto en la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial y su reglamento.
El documento tiene como finalidad establecer un esquema claro y progresivo de sanciones administrativas para quienes incumplan con la obligación de implementar el SLV, promueve el respeto a la ley y prioriza la protección de la vida en carretera.
Las autoridades buscan contribuir en la disminución de accidentes por exceso de velocidad, proteger la vida, fortalecer una cultura de prevención y responsabilidad vial y brindar certeza jurídica sobre las consecuencias. Aclaran que Provial no sanciona, sino que previene y acompaña; al ente que le corresponde aplicar los castigos es la DGT.











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