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“La Ley Orgánica de la PGN es un hito para la institución”

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Julio Saavedra Procurador General de la Nación

La aprobación de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Nación (PGN) marca un antes y un después para la institución, así lo afirma el procurador general de la Nación, Julio Saavedra, quien considera que la nueva normativa brinda certeza jurídica, ordena la estructura interna y fortalece la defensa de los intereses del Estado y de las poblaciones vulnerables.

Perfil

•  Abogado litigante y asesor legal con trayectoria en el ejercicio liberal de la profesión.

•  Ha desarrollado su carrera al frente de su propia oficina jurídica, desde donde ha brindado asesoría a personas individuales y jurídicas en las áreas de derecho civil, mercantil, empresarial y laboral.

•  Su experiencia incluye el ejercicio del notariado y la asesoría legal a entidades sin fines de lucro, tanto nacionales como extranjeras, acompañándolas en procesos administrativos, contractuales y de cumplimiento normativo.

•  Es licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales y cuenta con una maestría en Administración de Empresas, formación que complementa su visión jurídica con un enfoque estratégico y de gestión institucional.

¿Qué significa para la PGN que se haya aprobado su ley orgánica?

Es un momento histórico, es un hito, marca una nueva época para la Procuraduría General de la Nación, porque a partir de la entrada en vigencia, la Procuraduría va a tener el sustento legal mediante el cual se organiza, funciona y ejerce sus atribuciones.

¿Cómo se traducirá esta normativa en la organización y atención de la PGN?

Le permitirá a la PGN estructurarse organizacionalmente y crecer para atender las necesidades más sentidas de la población.

¿De qué manera fortalece el papel institucional de la Procuraduría?

Nos faculta para ejercer las funciones que legalmente nos corresponden y tener la estructura que se necesita, reglamentar el funcionamiento y tener certeza de cuáles son las obligaciones y acciones que se pueden emprender. 

Es un momento histórico, es un paso sumamente importante para la institución. Es, como bien decían los diputados, una deuda que se tenía y que manda la Constitución, que hoy se salda. Estamos muy contentos con la aprobación, que ha sido un esfuerzo plausible y notorio del Congreso de la República.

¿Considera que quedó fuera algún aspecto importante?

Consideramos que no, pero obviamente sabemos que las leyes y, en general toda obra humana, siempre es perfectible. Habrá que revisar, de tiempo en tiempo, el marco regulatorio, porque el derecho siempre va como respuesta de los fenómenos que ya están ocurriendo. Pero, de momento, consideramos que el cuerpo normativo responde a las necesidades institucionales actuales.

¿Evita vacíos en la representación y defensa del Estado?

No hay que apreciarlo de esa forma. Lo que sí es cierto es que la Ley Orgánica establece las funciones que se tienen. Recordemos que la representación del Estado no la ejerce la institución, puesto que esa función constitucional le corresponde al Procurador. Lo que hace la normativa es establecer claramente cómo lo hace.

¿Qué impacto tendrá el decreto en la defensa de los intereses del Estado y de la ciudadanía?

Dará certeza jurídica a cómo se ejerce la defensa de los intereses del Estado en juicio y fuera de él. Definitivamente, es un paso hacia la consolidación del Estado de derecho y a permitir que las instituciones puedan servir a la ciudadanía de la forma en la que se debe. 

Al final pagamos impuestos y lo que esperamos son servicios públicos de calidad, y estos servicios, por lo menos en cuanto a lo que las funciones de la Procuraduría atañe, no eran posibles, precisamente, por una ausencia normativa. Ahora, lo que vamos a tener es un sustento claro mediante el cual se ejercerá la función que corresponde y esperaríamos ver resultados inmediatos en cuanto a cómo un órgano del Estado, constitucional, sirve a la población.

¿Qué sigue ahora para la aplicación?

La ley contempla que se debe emitir el reglamento respectivo; eso lo hace el Procurador y, obviamente, es un reto que requiere la revisión y el diseño de toda la estructura. Es un proceso en el que se está trabajando, pero quisiera dar una frase para contestar: Estos son buenos problemas para la institución, retos, porque a través de este marco normativo se le va a permitir al personal atender a la ciudadanía como se merece.

Al final se trata, como lo resume una frase que siempre tengo presente, en todo amar y servir, y eso es lo que nos mueve, al menos a mí, a atender de la mejor forma, y este marco normativo nos permitirá hacerlo.

Aspectos importantes del Decreto 7-2026

Pilares:

•  Protección reforzada de la niñez y la adolescencia

•  Defensa y asesoría jurídica del Estado

•  Autonomía y estructura moderna

Funciones:

•  Asesora legalmente a instituciones públicas

•  Apoya temporalmente a personas sin representación legal

•  Representa a niños y adolescentes sin tutor

•  Actúa como querellante en casos penales o de abuso

•  Defiende a menores o incapaces en conflictos con familiares

Atribuciones:

•  Representar al Estado nacional e internacionalmente

•  Defender los intereses del Estado en juicios y fuera de ellos

•  Asesorar y emitir opiniones legales a instituciones públicas

•  Aprobar el Plan Operativo Anual de la institución

•  Presentar el proyecto de presupuesto

•  Rendir y publicar el informe anual de labores

Fuente: Ley Orgánica de la PGN.

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