El juez que conoce del antejuicio promovido en contra del diputado Felipe Alejos, primer vicepresidente del Congreso de la República, resume en términos poco menos que lapidarios el informe en el que recomienda que NO se le retire la inmunidad y que el antejuicio promovido en su contra se declare sin lugar, términos que hacen evidente que no podría prosperar ninguna acusación en su contra (“Improsperable”, dice el juzgador) puesto que ningún acto suyo es censurable.
Importante, en verdad, que el juzgador haya podido superar el acoso de “acusadores” propios y extraños, así como de comunicadores que han sucumbido a la tentación de hacer política con la acusación penal. El juez pesquisidor concluye su informe, con todo respeto, como debe ser, salvando el mejor criterio de la Corte Suprema de Justicia, tribunal que habrá de pronunciarse en pocas horas y que es de esperar que también logre sobreponerse a las presiones mediáticas y aprecie con todo rigor la deleznable instrumentalización que se ha hecho de la acusación penal con evidentes fines políticos.
Los acusadores plantearon la solicitud de antejuicio en el momento justo en el que podían hacer daño político al diputado Alejos, a las puertas de la elección de Junta Directiva del Congreso 2018, “sustentados” en hechos ocurridos en el año 2O15, “oportunamente resucitados”. Como siempre, se realizó la consabida conferencia de prensa para sorprender incautos y presentar como “culpable” a nuestro congresista , conferencia de prensa a la que siguió la clac mediática, con la copla introducida, sorprendida o “motivada” ¡Vaya usted a saber! El juez a cuyo cargo estuvo la investigación pudo establecer que el diputado jamás tuvo relación de ningún tipo con una de las empresas citadas por los “investigadores” y que, con la otra, su simple recomendación de que se defendiera interponiendo un amparo –válido remedio jurídico para superar un agravio– sin que haya recibido dinero alguno o que haya tratado de influir en los magistrados de la Sala de la Corte de Apelaciones que conoció de la acción planteada (pretensión esta que –además– declararon los magistrados sin lugar) no constituye delito alguno. Fiscales sudamericanos, los nuestros complacientes la clac mediática y sus titiriteros, son responsables de la descalificación sufrida por la Comisión que establecimos, sumergida en las turbias aguas de la acusación penal politizada, determinantes todos estos de que su mandato no haya sido renovado y que resulte irrepetible ya para otros países. Es importante para que todo quede claro desde el principio que la devolución de crédito fiscal a que pudo haber coadyuvado –si a ello hubiera coadyuvado Felipe Alejos– se habría tratado, en todo caso, de una devolución legítima de crédito fiscal, es decir, de una devolución a la que tenía pleno derecho la entidad mercantil que lo pidiera y que –si viviésemos en un verdadero estado de Derecho– se le habría debido devolver, sin más, y dentro del plazo prudencial y legal establecido.
No se habría tratado pues de la artimaña, hecha por muchos, de aparentar un crédito fiscal inexistente y que, en consecuencia, su devolución, constituye ni más ni menos que una defraudación al patrimonio del Estado. A este, lo que se le imputa, es el uso de su influencia para lograr la devolución de un crédito fiscal legítimo ¡terrible crimen! uso de influencia que no hizo pero que, bueno es señalarlo, si lo hubiese hecho tal sería su “deleznable crimen” , influir para que se hiciera lo correcto. No debería ser necesaria asistencia profesional alguna para lograr la devolución de un crédito fiscal legítimo pero es tal la negligencia o la malicia de nuestra burocracia que no se produce como debería producirse lo que obliga a que existan profesionales y bufetes que se especializan sobre el tema.
La falta de devolución –y a tiempo– del crédito fiscal legítimo puede quebrar a las empresas puesto que estas, en sus adquisiciones, pagan el IVA y, sin embargo, cuando venden, no pueden cobrarlo, lo que ocurre en el caso de las exportaciones y también en el de las empresas que comercializan la medicina genérica, medicina exenta del impuesto para quien la adquiere en tanto que el vendedor no puede cargarlo y quien para llegar a concretar la venta ha tenido que pagar el IVA por todo cuanto adquiere, sean bienes o servicios. El IVA, impuesto al valor agregado, lo que grava y pretende gravar en cada transacción es única y exclusivamente el valor que se agrega al bien o al servicio con esa transacción específica, evitando que se grave, cada vez, todo el producto ¿Felipe Alejos, un criminal por haber coadyuvado –si es que lo hubiera hecho (no lo hizo)– a la devolución de créditos fiscales legítimos? ¡Por favor!
Por perseguir la acusación penal lo que no se debe perseguir y que no constituye delito, se deja de perseguir a los defraudadores del patrimonio del Estado que se inventan créditos fiscales que no existen y “recuperan” lo que no les corresponde.
El diputado, obviamente, constituye noticia y una persecución penal en su contra, aunque ilegítima, rinde los frutos mediáticos que no rendiría la persecución de quienes, desconocidos, defraudan el patrimonio del Estado obteniendo la devolución de créditos fiscales que se inventan. Si todo se llevara como debería llevarse, no serían necesarios profesionales ni bufetes que se dedicasen a la devolución del crédito fiscal, servicios que obviamente, tal y como ocurre con todo servicio, deben pagarse. Gran upa el caso contra Alejos, diputado y, sin embargo, ningún caso en contra de los defraudadores que cobran créditos fiscales que no existen.
Casos como el que se ha montado en contra de Felipe Alejos deberían dilucidarse única y exclusivamente ante los tribunales de justicia y si abordo el tema en esta columna es porque la acusación hecha en su contra fue de índole mediática, habiéndosele presentado como culpable, con todo tipo detalles, acusación mediática que ejerce una gran presión sobre los jueces ya que si se atienen a esta, se les ensalza pero que si la contradicen, se les lincha, su futuro profesional en juego. Cuando se acusa mediáticamente, se impone una defensa y discusión mediática de la acusación puesto que de poco sirve en estos casos la solución judicial del caso, si no se supera el agua derramada por la acusación y la condena mediáticas que fueron realizadas y –además– para que los jueces no se dejen amedrentar por la avalancha mediática sabedores de que existen opiniones divergentes sobre el tema y que de igual forma que pueden truncar su carrera las críticas que se les puedan hacer por prestarse a lo incorrecto, también pueden truncarla por no hacer lo que deben, ajustados sus fallos a las leyes. ¿Será correcto que se vea delito donde no lo hay ? ¿Será correcto que se someta el juez a las corrientes de opinión que son creadas por las acusaciones mediáticas, carentes en la realidad de consistencia alguna? ¿Será correcto que se atente en contra de la majestad de nuestra Corte con acusaciones políticas y espurias, los tribunales sometidos, así, a inconfesables fines y pasiones?
Un insulto llevar a conocimiento de nuestros tribunales ¡Qué pérdida de tiempo! las acusaciones carentes de fundamento alguno, motivadas por razones distintas a aquellas de la ley, acusaciones calificadas por los acusadores como “perfectas”, con la maligna insinuación de que esa “perfección” la destruyen nuestros jueces, ¡Por favor!