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Una radiografía al Estatuto de Roma (II final)

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Es necesario continuar con un sistema de Derecho Penal Internacional.

La idea de una Corte Penal Internacional  surge a partir del Tribunal de Núremberg, tras concluida la Segunda Guerra Mundial. La Corte, establecida en 1998, se ocupa de los crímenes más graves que cometen los individuos: genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra. Estos crímenes se especifican en el Estatuto y se definen cuidadosamente para evitar ambigüedad o vaguedad.

Los crímenes de competencia: a) El crimen de genocidio; b) Los crímenes de lesa humanidad; y c) Los crímenes de guerra.

a.1) Genocidio: es un delito que se comete con intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso.

b.1) Lesa humanidad: parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque A) Asesinato; B) Exterminio; C) Esclavitud; D) Deportación o traslado de población; E) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de Derecho Internacional.

 c.1) Los crímenes de guerra: parte de un plan o políticas o como parte de la comisión en gran escala de tales crímenes: i) Matar intencionalmente, ii) Someter a tortura o a otros tratos inhumanos, incluidos los experimentos biológicos. iii) Tomar rehénes iv) Someter a deportación, traslado o confinamiento ilegales.

Principios Generales de Derecho Penal: 1) Nullum crimen sine lege (ningún delito, ninguna pena sin ley previa): nadie será penalmente responsable de conformidad con el Estatuto a menos que la conducta que se trate constituya en el momento en que tiene lugar un crimen de la competencia de la Corte.

2) Nulla poena sine lege (no hay pena sin ley): quien sea declarado culpable por la Corte únicamente podrá ser penado de conformidad con el Estatuto.

3) Irretroactividad ratione persone: nadie será penalmente responsable de conformidad con el Estatuto por una conducta anterior a su entrada en vigor. Este análisis de los Principios Generales del Estatuto de Roma, muestra que es necesario continuar con el desarrollo de un sistema suficientemente concreto y diferenciado de reglas, reimputación en Derecho Penal Internacional.


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