Con la publicación, el viernes, del Decreto 13-2026 por parte del Congreso, se oficializa que los trabajadores que devengan el salario mínimo quedan exentos del pago del impuesto sobre la renta (ISR). Esto debido a que con el incremento al sueldo para este año una parte sobrepasó el límite de Q48 mil establecido en la Ley de Actualización Tributaria. La nueva normativa refiere que para 2026 se agrega una deducción extraordinaria de Q3 mil 24 sin necesidad de comprobación alguna y adicional al monto indicado anteriormente, según el artículo 4 transitorio que entra en vigencia ocho días después de la publicación en el diario oficial.
El resto del decreto estará vigente a partir del 1 de enero próximo, el cual indica que, hasta una cantidad equivalente a 12 salarios mínimos mensuales para actividades no agrícolas incluyendo la bonificación incentivo, se considerarán gastos personales sin necesidad de comprobación, por lo que la cifra se actualizará de manera automática con cada incremento.
Si hubiere distintos emolumentos aplicables por circunscripción económica, se tomará como base para el cálculo aquel que resulte en el monto más alto.
La Superintendencia de Administración Tributaria deberá divulgar los valores actualizados para efectos de la proyección de la renta y retención en un plazo no mayor de cinco días hábiles después de la publicación oficial de los salarios mínimos vigentes y deberá actualizar los formularios de retención y liquidación del tributo para asegurar el cumplimiento de esta disposición, señala el artículo 2 del decreto en mención.











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