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Ley de la PGN prioriza protección a menores

Reestructuración brindará respuestas más rápidas en conflictos del Estado

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El Decreto 7-2026, Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Nación (PGN), se convierte en una normativa relevante para la protección social y de la niñez del país, y abre paso a la modernidad de esta institución. 

El procurador general, Julio Saavedra, calificó de “momento histórico” la aprobación de la normativa y aseguró que marca “una nueva época”, para la institución que dirige.

Destacó que con esta normativa, se contará con un marco claro para su funcionamiento. 

“Es un hito, porque a partir de la entrada en vigencia la Procuraduría va a tener el sustento legal mediante el cual se organiza, funciona y ejerce sus facultades”, afirmó.

Asimismo, que la aprobación responde a un mandato pendiente.

“Es una deuda que se tenía, que lo mandata la Constitución y que hoy (ayer) se salda”, expresó. 

“Lo que vamos a tener es un sustento claro mediante el cual la Procuraduría va a poder ejercer la función que le corresponde y servir a la ciudadanía como se merece”, sostuvo. 

El Pleno, en tercer debate, dio el apoyo para dar las herramientas requeridas a la entidad. El  alcance de la ley rebasa el ámbito jurídico. Plantea una reconfiguración institucional con efectos directos en la atención a la niñez, la defensa del Estado como patrimonio colectivo y la profesionalización de los servicios públicos esenciales, refiere el decreto.

La PGN, creada en 1948 junto al Ministerio Público, pero separada constitucionalmente de este en 1994, enfrenta complejos desafíos: altos índices de violencia contra la niñez hasta litigios de impacto que comprometen recursos públicos. 

La nueva ordenanza prevé cerrar ese rezago histórico y establecer un ordenamiento moderno, coherente con el mandato constitucional de tutela estatal.

El componente social aparece como el eje transversal. El primer gran pilar es la protección reforzada de los menores, uno de los sectores más vulnerables y con mayores brechas de atención. 

Algunas mejoras

Se fortalece la Subprocuraduría de Niñez y Adolescencia, otorgándole capacidades para dirigir investigaciones sociales, emitir directrices de actuación, coordinar operativos urgentes y representar legalmente a niñas, niños y adolescentes sin tutor o en riesgo. 

Esto permitiría respuestas más rápidas en casos de violencia intrafamiliar, abandono, trata y otros delitos que requieren acción inmediata. El documento reconoce que la labor actual “muchas veces se ve limitada”, en especial, cuando las agresiones provienen del propio círculo familiar, lo que hace necesario dotar a la institución de herramientas más versátiles.

Un segundo pilar es la defensa jurídica del Estado, entendida no solo como un ejercicio técnico, sino como una forma de resguardar bienes públicos y garantizar que recursos esenciales no se pierdan en litigios desfavorables. 

Se establecen prerrogativas especiales para acelerar procesos, plazos extendidos para contestaciones, la no obligación de presentar fianzas y la prohibición de condenar a la PGN con costas judiciales. 

También refuerza el concepto de que, en delitos contra la administración pública, el Estado es la parte agraviada y debe ser representado por la PGN para exigir reparación digna, restitución o garantías de no repetición.

El tercer elemento se orienta a la organización y modernización administrativa. Se fija una estructura con seis órganos principales, encabezados por el Procurador General, e incorpora principios como unidad de dirección, jerarquía y división del trabajo. 

El reglamento deberá emitirse por el Procurador en un plazo de seis meses a partir de su entrada en vigor, con el fin de evitar vacíos operativos. Además, privilegia la descentralización de funciones para facilitar la presencia territorial, clave para la atención de procesos en municipios alejados.

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