Alejandro Balsells Conde
La Corte de Constitucionalidad resolvió el fin de semana no otorgar la protección del Amparo al Presidente de la República con relación con el veto presidencial y al parecer no les quedó claro, a los señores magistrados, el derecho de veto y la eventual publicación.
El secretario general de la Presidencia tuvo tournée por los medios de comunicación para explicar cómo se había procedido y fue claro en señalar cómo en 31 años se han tramitado 51 vetos sin fecha de vigencia, tal como este diario tituló el 9 de octubre recién pasado.
El punto del millón es que si la Corte de Constitucionalidad innova ahora con este nuevo “criterio jurisprudencial”, cualquier persona podría objetar vicios de procedimiento en diversas dinámicas legislativas vetadas y al existir vicio de procedimiento, con las ocurrencias vistas ahora, pues se tendría que reconocer la vigencia de lo decidido primariamente en el Congreso.
Está creando un peligrosísimo antecedente que podría convertirse en un lastre enorme para todos.
Un sistema jurídico existe para garantizar la paz por medio del orden, para este efecto la seguridad es vital, y por ello amenazar la seguridad jurídica del Estado por medio de estas decisiones sí nos colocan en un estado de mucha precariedad.
Lo que es nulo es nulo, en consecuencia, no puede el transcurso del tiempo darle vida y por supuesto, siempre existirán quienes con sus habituales malabarismos interpretativos querrán brindarle alguna porción de coherencia a lo hecho, lo único cierto es que los vicios de forma pueden ser impugnados en cualquier tiempo y magistratura podría convertirse en el gran legislador reviviendo normas vetadas hace lustros.
La Corte de Constitucionalidad no está solo decidiendo sobre el último de los vetos, sino a la vez está creando un peligrosísimo antecedente que podría convertirse en un lastre enorme para todos. Ojalá priven criterios eminentemente jurídicos en el debate.











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