La Sala Tercera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social confirmó la resolución que levantó el emplazamiento judicial contra el Ministerio de Educación (Mineduc).
El fallo dejó sin efecto las prevenciones y medidas cautelares derivadas del conflicto colectivo promovido por un Comité Ad Hoc de la llamada Coalición de Trabajadoras y Trabajadores del Mineduc.
“La Sala determinó que la disputa no podía continuar porque no se había agotado la vía directa, ya que la negociación del pacto colectivo está en curso con el Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG), y porque el Comité Ad Hoc no tenía legitimación activa para promover ese proceso”, explicó la cartera educativa.
Luego, recordó que ese Comité Ad Hoc no era una instancia ajena al STEG, dado que sus integrantes son, en su mayoría, miembros de la dirigencia de ese sindicato. “Es decir, se trataba del mismo actor intentando operar por una vía paralela”, destaca el despacho.
La decisión del tribunal “representa un paso importante en la recuperación de la rectoría del ministerio y en la defensa del sistema educativo”, destacó el Mineduc.
Trascendencia
El abogado penalista David González explicó los alcances de la decisión judicial. “Al levantarse esta medida, el Mineduc recupera su facultad de libre remoción, permitiéndole sancionar o destituir personal sin necesidad de un permiso judicial previo para cada caso”, refirió el entrevistado.
Añadió que, legalmente, lo que procede ahora es el cese de la inamovilidad colectiva de los trabajadores involucrados. Estos quedan nuevamente sujetos al régimen ordinario de la Ley de Servicio Civil, aseguró.











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