COLUMNAS
El Control del Ejercicio del Poder
Cuatro son las instituciones de control, no jurisdiccional, del ejercicio del poder:
EL MINISTERIO PÚBLICO, institución cuya función primera es velar por el estricto cumplimiento de las leyes, desde la Constitución Política de la República hasta el último de los reglamentos, auxiliar de la administración pública –de toda la administración pública y de los tribunales de justicia– de todos los tribunales de justicia –y– si no es así –si estas no se cumplen– perseguir a sus infractores, su función más notoria, pero no la única, y máxime cuando –ultima ratio del Derecho– ejercita la acción penal pública, en representación del Estado.
El auxilio del Ministerio Público a la Administración Pública y a los tribunales consiste, precisamente, en velar porque en estos, en todos sus actos y resoluciones, se observe el estricto cumplimiento de las leyes, inobservancia que da lugar a que persiga a sus infractores, sean estos quienes sean.
La función del Ministerio Público, por mandato constitucional expreso, es absolutamente independiente, no existiendo más sujeción de su parte que a la Constitución y demás leyes.
La nueva fiscal general de la República, María Consuelo Porras Argueta, jefa de la institución –único jefe de esta– fue juramentada el pasado miércoles 16, ceremonia en la cual hizo juramento de fidelidad a la Constitución Política de la República y tomó posesión de su cargo ayer, jueves 17, acatando, así, el tenor del inicio de su período, de conformidad con su nombramiento, tal y como ocurrió en el caso de la fiscal general anterior y que se sustenta en resolución de la Corte de Constitucionalidad que fijó esta fecha para hacerlo, error que la Corte de Constitucionalidad habrá de corregir, tarde o temprano, porque la secuencia de períodos constitucionales desde que se inició el primero, el 18 de mayo de 1994, no podría ser otra que la siguiente, 18 de mayo de 1994 – 18 de mayo de 1998 – 18 de mayo de 2002 – 18 de mayo de 2006 – 18 de mayo de 2010 – 18 de mayo de 2014 – 18 de mayo de 2018, 18 de mayo de 2022, no existiendo ninguna razón –legal– para que esta secuencia se haya quebrantado y pudiera seguirse quebrantando.
Si la Constitución y demás leyes se cumplieran y –si incumplidas (la excepción)– fuera perseguido su incumplimiento hasta lograr que se castigue y que se restaure el orden perturbado, Guatemala sería distinta, la patria fraterna y solidaria que solamente existe en la Constitución, pero no en la realidad en que vivimos.
El Ministerio Público es el motor del estado de Derecho, y de su éxito depende el éxito del Estado, que se haga la Constitución una realidad viva, función –la suya– velar por su estricto cumplimiento –que tiene íntima relación– cada cual en lo suyo con la del jefe del Estado, el Presidente de la Republica, a quien le compete cumplirlas y hacer que se cumplan, no pudiendo existir divorcio entre las instituciones del Estado.
EL PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS es, también, una institución de control no jurisdiccional del ejercicio del poder y, en más de alguna oportunidad me he permitido señalar –y lo reitero– que sea, en cierto sentido, la más importante de todas, puesto que la razón de ser del Estado es la protección del ser humano y de la familia, y es su obligación garantizar la vida, la libertad, la seguridad, la justicia, la paz y el desarrollo integral de la persona, siendo su fin supremo la realización del bien común, correspondiendo al procurador de los derechos humanos –parte que es del Estado, lo que no debe olvidarse– fiscalizar que todos los actos de todas las autoridades del Estado respondan a su razón de ser y que los derechos humanos de todos y cada uno se respeten y realicen en sus manos.
La denuncia y las acciones para lograrlo, institución que, en efecto, se llama, Procurador de los Derechos Humanos y no Procuraduría, precisamente, para eliminar cualquier burocratización de su parte.
El procurador de los derechos humanos, la institución y el personal a su mando, su oficina, es la oficina del Procurador y no Procuraduría alguna.
(Nombres correctos y fechas correctas se olvidan, vicio que desvirtúa la autoridad y la naturaleza de las instituciones).
El Congreso de la República eligió al procurador de los derechos humanos, Jordán Rodas, y su mandato, mandato de 5 años, se extenderá hasta septiembre de 2022.
LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS, institución también de control no jurisdiccional del ejercicio del poder, tiene a su cargo que todos los ingresos y todos los gastos de Estado se produzcan de conformidad con la Ley.
Esto incluye los ingresos y gastos de cualquier entidad que reciba recursos públicos o que los recaude públicamente, no existiendo ámbito alguno, en esta materia, que pueda escapar a su control, el que se extiende, en consecuencia a fideicomisos que se hayan alimentado con recursos públicos.
Al frente de la Contraloría General de Cuentas se encuentra el contralor general, funcionario que es electo por el Congreso de la República para un período de 4 años.
Estando por concluir el del actual titular, Héctor Mencos, funcionario de altos quilates, sin que pueda reelegirse, prohibición que no implica que pueda ser electo nuevamente –así lo determinó la Corte de Constitucionalidad– pero período constitucional de por medio.
De la Contraloría General de Cuentas depende que ingresos y gastos del Estado se produzcan y realicen como la Ley lo establece y, en consecuencia, en último extremo, que el Estado cumpla con sus fines, que mal podría hacerlo sin los ingresos que deben producirse, y si se gasta como no debe gastarse, clave su relación con el Congreso, puesto que a este le corresponde aprobar no solo el presupuesto sino –se olvida– tan o más importante –la aprobación o no– de la ejecución presupuestaria.
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, no por citarla de último, menos importante, institución asesora y consultora de todos los órganos del Estado, sin excepción alguna, siendo diferentes las funciones de consultoría, función por la que evacúa las consultas que se le formulen y de asesoría, función que realiza, requerida o no.
Ninguna opinión jurídica –salvo la de la Corte de Constitucionalidad– tiene validez en el Estado si no goza del visto bueno de esta institución, institución que tiene en consecuencia la función de sostener la unidad de criterio.
Al frente suyo se encuentra el procurador general del Estado, funcionario que es nombrado por el Presidente de la República para un período constitucional de cuatro años, período que precisamente se inicia en esta fecha y quien es el representante del Estado – el único representante del Estado en el ámbito interno, teniendo su representación, también, en el externo, el Presidente de la República, el ministro de Relaciones Exteriores y, dentro del ámbito de sus mandatos y de sus jurisdicciones, nuestros embajadores y representantes permanentes.
Derivada de la representación del Estado que le corresponde por mandato constitucional, su representación de menores e incapaces cuando carentes de representación y cuyo cuido corresponde al Estado.
Tal y como no existe ámbito que no sea susceptible de amparo, ni ámbito en materia de ingresos y egresos del Estado que pueda escapar al control de la Contraloría General de Cuentas y que en el ámbito de los derechos humanos –su protección , la razón de ser del Estado– que escape del Procurador de los Derechos Humanos o del ámbito del Ministerio Público velar por el cumplimento de todas las leyes y de perseguir todas sus infracciones, no existe ámbito que escape de la opinión jurídica –vía consultoría o vía asesoría– de la Procuraduría General de la Nación, en lo que respecta a todos los órganos del Estado, como tampoco representación alguna del Estado, concentrada toda, en lo interno, en el Procurador General de la Nación.
Si estas cuatro instituciones cumplen a cabalidad con sus funciones –el ejemplo arrastra– la función de control político del ejercicio del poder será realizada, como corresponde, por el Congreso de la República y la de control jurisdiccional de ese ejercicio, por los tribunales de justicia.
La Guatemala actual es muchísimo mejor, para más amplias mayorías, que la Guatemala anterior a la Constitución de 1985, Constitución que –por primera vez– dotó de recursos a los tribunales de justicia e hizo de verdad autónomos a los municipios –autonomía sin recursos, no es autonomía–habiendo sido la que, con su artículo 257 vino a dárselos por primera vez en nuestra historia.
El Estado se ha desordenado, y todas las instituciones de control del ejercicio del poder están llamadas a ordenarlo, sin olvidar, en ningún momento, que todas están relacionadas entre sí cada cual en lo suyo, pero con el mismo fin y que no cabe divorcio entre las instituciones del Estado, extremo al que deben sujetarse propios y extraños, SIN EXCEPCIÓN ALGUNA.
COLUMNAS
Libros amigos (I)
Joseluís González
profesor y escritor
@dosvecescuento
Leer libros que acaba de publicar gente cercana, alguien a quien nos vinculan los dones de la amistad, hace mayor el afecto. Y multiplica, como una imprenta, el tesoro de la admiración.
Dirigido a uno de sus pocos amigos, al erudito y además singular ser don José González de Salas, Quevedo (1580-1645) compuso a los cincuenta y tantos años ese soneto de ecos senequistas que empieza “Retirado en la paz de estos desiertos”, de estas soledades. Se refería a la tranquilidad, quizá tampoco tanta, por los pleitos en que se enzarzó don Francisco, saboreada en una localidad entre la Mancha y Sierra Morena, Torre de Juan Abad, de la que él era señor, un título heredado.
El soneto ensalza con acierto el valor de la lectura y la capacidad de revelación que se hospeda en los libros clásicos. El acto prodigioso de leer, entendido como una conversación, una de las ocupaciones más verdaderamente humanas que hemos recibido.
El acto prodigioso de leer, entendido como una conversación, una de las ocupaciones más verdaderamente humanas que hemos recibido.
Voy a referirme a libros recientes de tres personas amigas que, afortunadamente, siguen en este mundo apasionante y que podrán publicar aún más obras.
Es fácil que la camaradería y la fascinación me nublen parte de la capacidad crítica, si es que me queda. Quienes admiramos el estilo y la conducta de Clarín (1852-1901) estamos prevenidos, gracias a él, ante esa plaga ruidosa de la “sociedad de bombos mutuos”. La superficialidad y el incienso dulzón de las alabanzas aturden.
De mis amigos, procuro que de todas las personas, prefiero ver en primer lugar lo positivo, la imagen que derrite los defectos. Aquí no reseño sesudamente novedades, aquí animo a leer.
Una galería de testimonios sobre amores y decepciones y más que nada felicidad y cortesía. Y un ensayo que es un encuentro fogoso: como vivir relacionando y relacionándose, cavilando, con salero y pasión, con ángel. También un libro de poemas con temperatura narrativa y humor sincero que ha necesitado veintibastantes años de biografía. Va por ustedes.
Continuará…
COLUMNAS
Peregrinación del Naufragio de Pedro Gobeo (IV)
Teo Peñarroja
Revista Nuestro Tiempo
No existe ninguna referencia moderna a esta obra en ninguna parte porque todos los ejemplares se perdieron en la noche de la historia. Se conoce que hubo un ejemplar en la Biblioteca Nacional de México en 1898, pero anda en paradero ignoto.
En 1950, un librero barcelonés vendió el último ejemplar del que hay constancia documental a un particular y, más de setenta años después, no se sabe nada de ese último libro. Hasta 2004. Había un hombre en la Universidad de Jaén, Raúl Manchón, experto latinista, que había dedicado varios años a la búsqueda de ese libro extremadamente raro.
Después de rebuscar en las bibliotecas de medio mundo halló el único ejemplar conocido en la Universidad de Mannheim. Este unicum es un ejemplar de la primera edición española de 1610 al que le faltan las últimas dieciséis páginas, que se arrancaron en algún momento de sus más de cuatro siglos de vida.
Tanto el naufragio de Pedro Gobeo como el de su libro constituyen dos tramas inverosímiles.
Ese mismo año, 2004, Miguel Zugasti estudiaba a otro viajero del Siglo de Oro, Pedro Ordóñez de Ceballos, y Manchón y él intercambiaron correos electrónicos con noticias e información inédita sobre sus respectivos campos de estudio. Esa clase de amistades que propicia la vida académica, tal y como consigna Zugasti en una entrevista. Su relación profesional se alargó casi dos décadas y era ya un hecho consolidado cuando llegó la pandemia.
Por aquel entonces, Manchón constató con cierto desasosiego que su hallazgo, como sucede con más frecuencia de la que nos gusta pensar, no encontraba quien lo estudiara. Después de pensarlo durante una semana, el tema requería meses de trabajo casi exclusivo, Zugasti decidió recoger el guante de Manchón y hacerse cargo de la reedición contemporánea del libro de Pedro Gobeo. Primero preparó una edición filológica y académica.
Tanto el naufragio de Pedro Gobeo como el de su libro constituyen dos tramas inverosímiles y sin embargo verdaderas. El resultado, publicado en mayo de 2023 con prólogo de Luis Gorrochategui, es un apasionante libro de aventuras del todo actual, una de esas rarísimas ocasiones en las que un lector moderno puede asistir a la reedición de un texto que llevaba cuatrocientos años fuera de circulación y que, sin embargo, nos habla todavía hoy, de un modo brutalmente sincero, de la condición humana. Queda ahora un interrogante abierto: dónde están las dieciséis páginas que faltan al final del libro.
La obra moderna sí tiene final, traducido de una de esas versiones alemanas, pero mucho más corto que el original. El profesor Zugasti confía en que la publicación de Naufragio y peregrinación y la repercusión mediática del hallazgo espoleen la investigación de otros colegas hasta que la historia de la literatura pueda averiguar cómo termina esta narración épica.
COLUMNAS
El manual de Carreño
SELVIN CARPIO
En segundo grado de la educación primaria en Guatemala, allá por los años ochenta, los estudiantes llevábamos una materia que se llamaba Moral y Urbanidad.
Se impartía tanto en las escuelas primarias nacionales como en los colegios privados; se nos enseñaba desde el aseo e higiene personal, hasta cómo debíamos comportarnos con nuestra familia, maestros, amigos y las personas en general. Se nos enseñó a saludar, a decir buenos días y todo lo relacionado a los buenos modales.
Buenos modales que los extranjeros que visitan nuestro país resaltan que es la principal característica que identifican a los guatemaltecos, esa cortesía que, según ellos, no la encuentran en ninguna otra parte del mundo.
Mucho de la fama de “educados” que tenemos los guatemaltecos, tuvo que ver el hecho que entre uno de los aciertos de la educación pública a mediados del siglo XX, en el llamado entonces “listado de materias” del pénsum de educación primaria, se introdujera una materia en la cual se enseñara la Urbanidad. Como en todos los países de Hispanoamérica, uno de los libros del cual se tomaron ideas, reglas, directrices o consejos para dicha materia, fue el llamado Manual de Carreño.
”El manual establece reglas y consejos sobre cómo comportarse, cuáles eran los deberes
morales…“.
El Manual de Urbanidad y Buenas Maneras, para uso de la juventud de ambos sexos de Manuel Antonio Carreño, fue un libro que tuvo mucho éxito en toda Latinoamérica y también en España durante el siglo XIX y su uso se prolongó hasta mediados del siglo XX. El manual establece reglas y consejos sobre cómo comportarse, cuáles eran los deberes morales, los deberes para con nosotros mismos y con
nuestros semejantes.
Carreño fue un diplomático venezolano nacido en 1812, aunque educado en España, lo cual le sirvió más tarde en su carrera de político y escritor. Su manual se dedica a preparar y formar a cada persona para su vida, resalta los valores de cada individuo, elevándolos al plano de la dignidad, el decoro y buena educación, los cuales deben caracterizar a cada ciudadano respetuoso de su familia y de su patria. Para él, la Urbanidad es el conjunto de reglas que tenemos que observar para comunicar dignidad, decoro y elegancia a nuestras acciones y palabras, y para manifestar a los demás la benevolencia, atención y respeto que le son debidos.
Un ejemplo de la dedicación y preparación con que elaboró los temas de su manual, lo vemos reflejado en el capítulo segundo, el cual se refiere al aseo de la persona y específicamente al aseo de la vestimenta que portamos, en el cual expone lo siguiente: “La limpieza en los vestidos no es la única condición que nos impone el aseo, es necesario que cuidemos además de no llevarlos rotos ni arrugados, el vestido arrugado puede usarse dentro de la casa, cuando se conserva limpio y no estamos de recibo, más el vestido roto no es admisible ni aún en medio de las personas con quienes
convivimos”.
Esto era porque se suponía entonces que esa aspiración de civilización se concretaba en el perfeccionamiento de las instituciones políticas; por lo tanto, también debía concretarse con las maneras y en los usos propios, y esa concatenación era la civilización. Aunque para muchos es un libro pasado de moda y desactualizado al mundo contemporáneo, el Manual no pasa desapercibido, teniendo en cuenta que por más de un siglo guio a muchas personas por una conducta de decoro y de bien, libre de ello, su lectura siempre resulta interesante.
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