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COLUMNAS

El artículo 12 del Tratado

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Los tratados se celebran, aprueban, ratifican y promulgan para cumplirse y, de igual forma, las leyes ¿Para qué –si no– las leyes y tratados? Sin embargo, entre nosotros, de igual forma que no logramos recuperar el respeto por la vida, la vida de todo ser humano un fin en sí misma, irrepetible, tampoco logramos superar la cultura de incumplimiento de las leyes, las leyes, el desarrollado pacto de paz social entre nosotros.

Si la Constitución Política de la República, la primera de nuestras leyes se cumpliera, Guatemala sería distinta, pero la Constitución no se cumple y, si esta no se cumple ¿Por qué habrían de cumplirse las restantes incluidos los tratados, leyes como lo son cuando ratificados por nosotros?

¿Posible la paz entre nosotros si la Constitución y demás leyes –la Constitución, el pacto de paz social entre nosotros y las otras leyes, el desarrollo de ese pacto– no se cumplen?

El pasado viernes abordamos en esta columna el tema de una crisis institucional que podría venir a producirse si se dieren dos supuestos que no tienen por qué darse, uno de ellos, que la autoridad ejecutiva desobedeciese una orden judicial, lo que nunca ha hecho y, el otro, que la autoridad judicial emitiere una orden que pudiera conducir hasta ese extremo.

El caso concreto sería que el Organismo Ejecutivo llegare a desobedecer la orden que pudiera impartirle la Corte de Constitucionalidad de dejar en suspenso su decisión de no permitir la entrada al país –por razones migratorias– a un ciudadano extranjero (todos los Estados se reservan la potestad de permitir o no el ingreso de extranjeros a sus respectivos territorios) persona que se trata del profesional contratado por la Organización de las Naciones Unidas para dirigir la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala, persona contratada de conformidad con el tratado celebrado entre la Organización y el Gobierno de Guatemala y en aplicación del mismo.

No se ha producido desatención alguna por parte del Organismo Ejecutivo de una orden que le hubiese sido impartida por la Corte de Constitucionalidad, dejando en suspenso su decisión de no permitirle el ingreso, ni se ha producido orden de este tribunal al respecto, orden que no tendría que llegar a producirse puesto que el Tribunal Constitucional señaló en su resolución del año pasado (la resolución que se produjo como consecuencia de la declaración de non grato de la misma persona, en su calidad de funcionario internacional, sujeta a los privilegios e inmunidades convenidas y de la consecuente orden de que saliera del país) que, en caso de cualquier controversia entre las partes –la Organización de las Naciones Unidas y el Gobierno de Guatemala, las únicas partes del tratado– debían estas resolverse de conformidad con el artículo 12 del mismo, es decir , negociando las partes entre sí o por procedimientos que mutuamente convinieren.

La congruencia es fundamental en lo jurídico y en las decisiones de los jueces. La falta de congruencia es el mayor enemigo de la juridicidad y del respeto y la confianza de que deben gozar los jueces ¡Ay de aquellos pueblos que no respetan y confían en sus jueces! y vale la pena recordar –en consecuencia, aras de esa congruencia– que en el fallo del año pasado la Corte de Constitucionalidad dejó zanjado lo siguiente: UNO: Que el Presidente de la República, tal y como lo manda la Constitución, tiene que actuar siempre con el refrendo de sus ministros, si en Consejo, o con el refrendo de al menos uno de ellos, para aquel caso concreto, el refrendo del Ministro de Relaciones Exteriores y DOS, que toda controversia sobre la interpretación o la aplicación del tratado debía resolverse por negociación directa entre las partes (La Organización de las Naciones Unidas y el Gobierno de Guatemala, las únicas partes) o bien, por los medios que mutuamente convinieran. En aquella ocasión carecían de refrendo ministerial la decisión y orden impartidas, lo que no ocurre en este caso puesto que la orden de no ingreso –la que sería objeto de impugnaciones esta vez –goza de refrendos ministeriales, los refrendos ministeriales a los que la Constitución obliga y que fueron señalados por la Corte de Constitucionalidad en el fallo pronunciado.

Ninguna razón, habría, en consecuencia, para que pudiera emitirse un fallo judicial por falta de refrendos, ya que los hay en este caso. La Corte, sin embargo, no señaló simplemente lo referente a refrendos sino el camino a seguir para el caso de controversias entre las partes sobre la interpretación y aplicación del tratado, señalando que, de conformidad con su artículo 12 deben ser resueltos por las mismas.

El Gobierno de Guatemala, en el caso concreto, ha hecho uso de su potestad en materia migratoria y, si eso genera alguna controversia con su contraparte en el tratado, la Organización de las Naciones Unidas, de conformidad con lo dispuesto por su artículo 12 y, en lo que a nosotros respecta, lo recalcara nuestro Tribunal Constitucional, debe ser resuelta por las partes. ¿Existe controversia?

Si existe, señalado está el camino para nosotros por el tratado y por la Corte: resolverla de conformidad con su artículo 12. No veo peligro, pues, y con esto concluyo, de una crisis institucional que no tiene por qué darse y sustento mi afirmación en que no existe razón para que pudieran llegar a producirse los supuestos que se proponen para que se diera: UNO, desobediencia, nunca habida y DOS, fallo ajeno a lo ya resuelto: que cualquier controversia entre las partes debe resolverse de conformidad con el artículo 12 del tratado.

¿Existe controversia entre las partes? Sería esto, en todo caso, lo primero a definirse y –si la hay– obligadas están las partes a resolverla, constreñidas como podrían ser llevadas para hacerlo: En nuestro caso, sobre nuestras autoridades, la ley y, en ley, la autoridad de nuestros jueces. En el caso de la contraparte, a través de sus propios mecanismos.¿Dirimir por tercero la controversia, si la hubiere? Solo con la sujeción de ambos a su fallo

Acisclo Valladares Molina
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COLUMNAS

Zolic, el rediseño de una marca de 51 años

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Ing. Byron Gaitán, Gerente General Zolic

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Con más de medio siglo de trayectoria la Zona Libre de Industria y Comercio Santo Tomás de Castilla (Zolic), ha experimentado una evolución sólida en la consecución de sus objetivos.

En la etapa más reciente, el compromiso de su Junta Directiva, Gerencia y Sub-Gerencia ha sido fundamental para impulsar estratégicamente la atracción de nuevas inversiones y el crecimiento económico del país. 

La institución ha sido un pilar en la historia de Guatemala, contribuyendo al desarrollo del empleo y la economía nacional. Es así como desde 2021, se estableció una estrategia de reposicionamiento de marca, destacando entre sus acciones el rediseño del logotipo, que otorga un espacio para la innovación y la evolución de la institución desde su imagen visual.

La esencia y el propósito primordial de Zolic desde su fundación en 1973 han sido la promoción de la inversión nacional y extranjera para impulsar el desarrollo, la productividad y el empleo, en línea con su Ley Constitutiva el Decreto 22-73 del Congreso de la República y sus reformas posteriores en el Decreto 30-2008.

El logotipo anterior fue utilizado como sello distintivo de la institución desde el 2012.

La historia de la institución se entrelaza con la identidad arraigada de la Zona Libre de Industria y Comercio “Santo Tomás de Castilla”, conocida generalmente como Zolic por usuarios, público en general y trabajadores, quienes han sido testigos de su evolución a lo largo de los años.

Desde sus inicios, situada junto al principal puerto en el Atlántico guatemalteco, en Puerto Barrios, Izabal; los primeros logotipos de Zolic evocaban el sol, el mar e incluso una gaviota, reflejando su ubicación privilegiada y buscando hacer referencia de su conexión con el comercio
marítimo.

Sin embargo, en la historia de Zolic su Ley Orgánica ha tenido varias reformas, siendo una de las más significativas la de 2008. Con la cual la institución se ampliaría en capacidades, convirtiéndose en la fuerza impulsora detrás de lo que ahora conocemos como Zonas de Desarrollo Económico Especiales Públicas (ZDEEP), autorizando y habilitando nuevas Zonas Libres para el crecimiento económico, en todas las regiones del país.

El logotipo anterior fue utilizado como sello distintivo de la institución desde 2012, y si bien era reconocible por su nombre solo aprovechaba un 7 por ciento el potencial de la marca, en el nuevo rediseño Zolic ocupa el lugar central y dominante representando el 100 por ciento de la composición gráfica.

Esta decisión refuerza el posicionamiento de la marca y la hace más memorable para el público, la marca tiene colores corporativos que reflejan confianza y estabilidad y aseguran una consistencia visual, con tipografías legibles y modernas que reflejan profesionalidad y seriedad.

Hoy, el logotipo de Zolic, tiene un diseño conformado por un rectángulo vertical en color azul oscuro con cortes ondulares; en la parte inferior, en medio esta la palabra Zolic en letras especiales en color azul oscuro, sobre la palabra Zolic, figura una línea ondulada en color celeste con un punto rojo y debajo de la palabra Zolic, se encuentran las palabras zona libre de industria y comercio en letras especiales en color azul oscuro subrayado con línea en color rojo. Abajo del subrayado rojo se encuentran las palabras Santo Tomás de Castilla en letras especiales en color gris claro.

El nuevo diseño de marca de Zolic se da en un tiempo importante de cambio en su historia, consolidando su posición en el mercado guatemalteco y preparando a la institución para enfrentar los desafíos del comercio internacional y el nearshoring.

Con un logotipo limpio y claro, colores corporativos distintivos y tipografías cuidadosamente seleccionadas, Zolic se posiciona como el líder en su sector, rigiendo la autorización y habilitación de las Zonas de Desarrollo Económico Especiales Públicas (ZDEEP), lo que se traduce en contribución a la reactivación económica y social de un nuevo país para todos.  

Colaborador DCA
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COLUMNAS

Por una cultura laboral segura y saludable

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Consejo Editorial Conadi

Hace ya 21 años que el 28 de abril se marca en nuestros calendarios como el Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo. Esta fecha no solo nos recuerda la importancia vital de promover entornos laborales seguros, saludables y dignos, sino que también nos invita a rendir homenaje a todas aquellas personas que han sido víctimas de accidentes laborales y enfermedades profesionales.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) como una disciplina dedicada a prevenir lesiones y enfermedades laborales, así como a proteger y promover la salud de los trabajadores.

Sin embargo, a pesar de los esfuerzos, las cifras son alarmantes: Según análisis de la OIT casi 3 millones de personas mueren por accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo; además, calcula que 395 millones de trabajadores en todo el mundo sufrieron lesiones laborales no mortales; entre estos, un porcentaje significativo termina con alguna discapacidad.

A pesar de los esfuerzos, las cifras son alarmantes.

Según el Banco Mundial, aproximadamente el 15 por ciento de la población mundial vive con algún tipo de discapacidad.

Además de los riesgos físicos, también debemos considerar los desafíos relacionados con la salud mental en el ámbito laboral.

La ansiedad, el estrés y otros problemas de salud mental no solo afectan al individuo, sino que también impactan negativamente en la productividad empresarial.

En Guatemala, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab) y el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) tienen a su cargo, en forma coordinada, el control y vigilancia de la salud y seguridad; esto, para garantizar entornos laborales seguros y saludables.

Según el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), en nuestro país se registran 200 accidentes laborales diarios, siendo los sectores más peligrosos la agricultura, los servicios y la industria.

El Consejo Nacional para la Atención de las Personas con Discapacidad hace el llamado para que las empresas asuman su responsabilidad y prioricen la seguridad de sus trabajadores.

Invertir en la prevención de accidentes laborales y en la inclusión de personas con discapacidad en el lugar de trabajo no solo mejora la moral y la productividad, sino también fomenta la diversidad en la fuerza laboral. Además, es crucial garantizar el cumplimiento de las leyes y regulaciones que protegen a los trabajadores en la prevención de accidentes laborales en nuestro país.

En este Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, hagamos un compromiso conjunto para crear una cultura laboral donde la seguridad y la salud de los trabajadores sean prioridades indiscutibles. Juntos, podemos construir un futuro laboral más seguro, saludable y equitativo para todos.

Colaborador DCA
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COLUMNAS

¿Woke qué, woke quién?

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Miriam Jerade

Profesora Asistente Facultad de Artes Liberales

Lo tragicómico del libro de Susan Neiman, La izquierda no es Woke es que si bien su autora afirma haberlo escrito para salvar a la izquierda, solo le habla a los prejuicios del ala reaccionaria y conservadora.

En el libro, Susan Neiman sostiene que la izquierda intercambió la igualdad social por la reivindicación identitaria. Neiman jamás define woke.

El término que se originó en la comunidad afroamericana para estar atentos, ha degenerado en un insulto.

Políticos conservadores como Ron DeSantis lo usan contra el activismo medioambiental, derechos sexuales o ser vegano; posiciones escasamente comparables en su valoración social o poder. Tampoco es claro el referente: ¿woke quién? ¿Se refiere a su vecina que le pidió llamarla con otro pronombre o a todas las luchas contra el sexismo?

¿Qué se le achaca a la izquierda (si es que existe la izquierda)? Que perdió su vocación universalista que buscaba la igualdad.

Es falso que la izquierda abandonó las luchas por la igualdad social.

Es cierto que habiendo conquistado una mayor igualdad formal, cierta izquierda ha señalado injusticias estructurales que algunos grupos sociales padecen.

Esto que la autora interpreta como pura victimización es una lucha por la justicia de aquellos que tienden a ser aún más explotados o marginados en el mundo laboral, tienen menos capacidad de decisión o padecen violencias sistemáticas.

Cuando los conservadores contraponen al lema Black Lives Matter una fórmula universalista como All Lives Matter, están caricaturizando la demanda y lo hacen con una ignorancia porfiada que desconoce que es más probable recibir violencia policial cuando se es negro en los Estados Unidos.

Extrañamente, grupos conservadores los defensores de la familia tradicional, por ejemplo; rara vez se tildan como identitarios.

Otra confusión que alimenta el libro es que las identidades son tratadas como intereses, o peor aún, sensibilidades. Indígena u homosexual no describirían nada más que distintos grupos de interés (parciales, además).

De ahí que según ella la izquierda dejó el universalismo ilustrado por intereses particularistas escépticos del progreso. Como si no hubiese progreso moral en el combate al racismo o al sexismo y en la conquista de derechos.

La idea de que la izquierda abandonó la redistribución por el reconocimiento ha sido muy discutida. A nuestro parecer, se trata de una falsa dicotomía, pues la distribución material está estrechamente relacionada con el reconocimiento. 

                  Continuará… 

Colaborador DCA
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