miércoles , 27 noviembre 2024

¿Cómo castigar a ”su“ diputado con la no reelección, si ni siquiera sabe quién es su diputado? ¿Cómo premiarle, si lo hacen bien, si desconoce usted quién es su diputado?

Con todo respeto, la única reforma constitucional que tiene sentido es aquella que instale al pueblo en el Congreso.

Y es por ello que, nuevamente, y durante todo el tiempo que fuere preciso, volverá a ser el tema central de esta columna –tema recurrente– la necesidad de que el pueblo mismo, a través de los diputados que elija en DISTRITOS ELECTORALES PEQUEÑOS se instale en el Congreso.

Esta, la reforma política, la verdadera reforma –la reforma de la que no se habla– la reforma de los DISTRITOS ELECTORALES PEQUEÑOS –es la única que tiene importancia– y que puede definir –instalado ya el pueblo en el Congreso– todas las restantes.

La reforma a la Ley Electoral y de Partidos Políticos fue un auténtico fracaso y conducirá –inexorablemente– a más de lo mismo y otro tanto ocurre con las pretendidas reformas al sector Justicia que, al final de cuentas, no habrían venido a ser sino un parche más, entre todos los parches realizados.

¿En qué se beneficia usted de las Reformas que se hicieron a la Ley Electoral y de Partidos Políticos sostenidos como fueron sostenidos (1) el monopolio de la postulación de candidatos a diputados en los partidos políticos (2) el listado nacional de diputados (3) los distritos electorales gigantescos, con sus largos listados distritales que jamás permitirán –tal y como ocurre con el listado nacional– que sepa usted quién es su diputado. Distritos gigantescos y listados por los que resulta ilusorio que usted tenga contacto personal alguno con los diputados –ni siquiera como candidatos–y que impiden que pueda usted premiarles o castigarles con su voto.

¿Cómo castigar a “su” diputado con la no reelección, si ni siquiera sabe quién es su diputado? ¿Cómo premiarle, si lo hace bien, si desconoce usted quién es su diputado?

¿En qué benefician las reformas si el período de los diputados sigue tan largo como ahora, cuatro años, en las actuales circunstancias, tiempo más que sobrado para que los diputados, si alguna vez lo tuvieron, pierdan todo contacto con los electores?

¿En qué benefician las reformas a la ley electoral y de partidos políticos si las campañas –sostenidos los distritos electorales inmensos– seguirán siendo tan
caras y costosas, como siempre?

El Congreso de la República seguirá tan ajeno a la población como lo ha sido hasta la fecha, puesto que la culpa no la tienen las personas que lo integran, sino la forma en que se eligen.

¿En qué podría beneficiarle a usted que los magistrados y jueces, en lugar de ser seleccionados a través del sistema de comisiones de postulación, necesariamente corrupto (ni la academia, ni los colegios profesionales se encuentra más allá del bien y del mal), parche que se planteaba como que si fuera la solución perfecta, en qué podría beneficiarse usted, me pregunto, con que este venga a ser sustituido por otro parche que podría ser incluso más peligroso que el anterior, un todopoderoso Consejo de la Carrera Judicial y un Ministerio Público despojado de su función más importante, velar por el estricto cumplimiento de las leyes –en otras palabras– en poner todos los huevos en la canasta de aquellos que a lo largo de nuestra historia se han caracterizado por ser los esbirros y encubridores? La verdadera reforma es la política –la reforma de los DISTRITOS ELECTORALES PEQUEÑOS– la única que puede situar al pueblo en el Congreso (que puede situarle a usted en el Congreso) y, en consecuencia, la única que deja de constituir un mero parche y se erige en un verdadero y definitivo generador de cambio: el cambio político, motor de todos los restantes.

¿Puede haber un efectivo combate en contra de la corrupción sin contar con el Congreso, en manos del Congreso el presupuesto y las leyes?

Si usted quiere ser candidato a diputado –en el SISTEMA DE DISTRITOS PEQUEÑOS– bastará con que usted se inscriba como tal, innecesario el aval de un partido político y, de igual forma, al igual que usted, cualquier otro ciudadano.

En su distrito –DISTRITO PEQUEÑO– se elegiría un solo diputado, de tal forma, que el candidato ganará la elección y –en consecuencia– el único puesto en disputa –si obtiene más votos– en este sistema –el de los distritos electorales pequeños– se gana o se pierde (gana el que obtiene más votos y punto) sin que exista para los perdedores premio de consolación alguno.

En este sistema se adjudica la única diputación que se disputa en el distrito a quien obtiene más votos, sin el uso de fórmulas raras para hacerlo: Se cuentan los votos y –quien tenga más votos– es el diputado. Su diputado.

En este sistema, además, el sistema de los DISTRITOS PEQUEÑOS, las campañas electorales resultan más baratas, puesto que el candidato se dirige a un número más reducido de electores –los electores de su distrito pequeño– todos estos al alcance de su mano; los candidatos conocen a los electores y los electores a los candidatos, con la toral y lógica consecuencia de que los electores saben –a ciencia cierta– quién es su diputado, el diputado que, en el Congreso, representará los intereses, principios y valores de los habitantes de su distrito –sus electores–.

Y algo muy importante –fundamental– en el SISTEMA DE DISTRITOS PEQUEÑOS hace esa cercanía que no se pierda el cordón umbilical entre los electores y el electo, puesto que este sabe muy bien que si es desleal con sus electores –si no hace bien su trabajo– estos le negarán la reelección, en la elección siguiente: La sagrada sanción del voto.

Así como en 1985 se produjo en Guatemala una auténtica revolución –la municipal– revolución que se produjo a través de la introducción de un solo artículo de la Constitución –el que dotó de recursos al municipio por primera vez en nuestra historia– artículo 257, esta vez, podría también producirse con una sola reforma, la del 157, “su centenario” –la que establezca el SISTEMA DE DISTRITOS PEQUEÑOS que, con todo respeto, comparto nuevamente con usted–la única reforma que puede conducirnos a una Guatemala distinta, la que decida el pueblo cuando ya está instalado en el Congreso.

¿Cuál es el miedo?

Quienes tienen el poder, quienes siempre lo han tenido, quedan expuestos a perderlo y ¡claro está! Es más que probable que lo pierdan.

¿Es ese el miedo?

No tendré miramiento alguno en poner en evidencia la ignorancia o incluso el dolo de quienes buscan seguir parchando la Constitución con reformas que no cambian nada y que incluso pueden empeorarlo todo –reformas que dejan– que lo dejan a usted, tan lejos del poder, como siempre ha estado.

Buscaré el debate, abierto y sin tapujos, con columnistas, instituciones y personas que sigan lloriqueando, sin encontrar el camino o que lo propongan errado y quedará abierto mi blog para el debate.

¿Habré de enfrentarme a todo? ¿Me encuentro solo en la reforma que propongo? Pues, la verdad, no me importa. He sabido siempre y sé nadar –cuando creo en algo– contra toda corriente, amén de que estoy convencido de que los jóvenes encontrarán en este sistema –el de los DISRITOS PEQUEÑOS– el camino que buscaban, tal y como lo encontrarán las poblaciones indígenas y los migrantes y que serán estos quienes lo enriquezcan y lo perfeccionen.

Las poblaciones indígenas, en el SISTEMA de los DISTRITOS PEQUEÑOS, ganarán múltiples distritos y su voz y su poder de decisión se encontrarían por primera vez en el Congreso.

¿Cuál es el miedo?

Existiendo distritos electorales constituidos en el extranjero podrían votar los migrantes y tener sus diputados, más importante para esto –incluso– contar con su diputado, que con el propio Presidente, su diputado, voz y generador de consensos para la protección de sus derechos.

El número de distritos, contando incluso con el distrito o distritos a constituirse en el extranjero, sería de 158 (aproximadamente 60 mil los votantes de cada distrito) y, en consecuencia, no aumentaría el número de diputados: Los mismos 158, pero –obviamente– no los mismos.

¿Imposible ya –el tiempo nos ha consumido en la caricia de tantas “ocurrencias”– y de tanto parche, todos estériles –imposible–, ya que pudiera hacerse la reforma del artículo 157 de la Constitución de la República y aplicársela en las próximas elecciones generales, junio de 2019?

Podría ser imposible, en efecto ¡Lamentable! Pero, si ya no para su aplicación de estas ¿Por qué no aprobarlas y someterlas a la ratificación del pueblo, precisamente, en las elecciones de 2019, como una
papeleta más en las mismas –mínimo el costo de hacerlo–, de tal forma, que las elecciones de 2023 puedan realizarse ya con el nuevo sistema, la nueva forma de elegir a los diputados que integran el Congreso, el Congreso, la clave de todo, en sus manos el presupuesto y las leyes.

La introducción del artículo 257 hizo real el municipio –autonomía sin recursos, no es autonomía– y la reforma del 157 hará real la democracia, democracia, sin representación, no es democracia.

¿Quién es su diputado?

¡No debemos descansar hasta lograrlo! ¿Cuál es el miedo?

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