El Congreso aprobó ayer el Decreto 10-2026, Ley para Prevenir el Abuso Sexual Infantil, que endurece las sanciones de prisión inconmutables en el Código Penal y fortalece las acciones de protección para las víctimas.
A partir de ahora, se considera delito de violación cualquier acto de acceso carnal o introducción de objetos cuando la víctima sea menor de 18 años (anteriormente, la protección era para menores de 14 años).
“También comete este delito la persona mayor de edad que tenga relaciones sexuales con una menor. En estos supuestos, la pena de prisión será de 10 a 14 años y el responsable no gozará de ningún beneficio”, de acuerdo con reformas al artículo 173 de la referida normativa.
Además, se legisló para promover la creación de redes de apoyo municipales y departamentales para quienes hubieran sido víctimas de violencia sexual, explotación o trata de personas.
A un paso de ser decreto
Durante la sesión plenaria, el Pleno también avaló en tercer debate la iniciativa 6593, denominada Ley Integral contra el Lavado de Dinero u Otros Activos y el Financiamiento del Terrorismo, con 125 votos a favor, tres en contra y 32 ausencias, y quedó a un paso de su aceptación definitiva.
La normativa busca fortalecer los controles, armonizar estándares internacionales y generar mayor certeza jurídica para la inversión. El diputado Raúl Barrera subrayó que la aceptación en tercera lectura representa un avance clave para consolidar mecanismos de transparencia y justicia en el país.
Desde el sector financiero, la Asociación Bancaria de Guatemala destacó la relevancia del proceso y señaló que los próximos días serán determinantes para concretar la ratificación final. Además, anticipó que, tras la entrada en vigor, se impulsará la elaboración del reglamento, manuales operativos y programas de capacitación dirigidos a los sujetos obligados.











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