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Colegio de Psicólogos de Guatemala rechaza decisión de la USAC de no acreditar a sus representantes electorales

Manifiestan “profunda preocupación” por violación al Estado de Derecho y exigen al Tribunal Electoral dar seguimiento inmediato al caso

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El Colegio de Psicólogos de Guatemala emitió este miércoles un Comunicado Oficial en el que expresa su “profunda preocupación” y “enérgico rechazo” a la decisión del Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC) de no acreditar a los cuerpos electorales legítimamente electos en el proceso correspondiente.

De manera particular, el gremio manifiesta su inconformidad ante la no acreditación de los cinco electores representantes del Colegio de Psicólogos, quienes fueron electos conforme a los procedimientos establecidos, lo que vulnera su derecho legítimo de participación dentro del proceso electoral.

El Colegio considera que el desconocimiento de procesos electorales desarrollados conforme a la normativa vigente representa una “grave vulneración” a los principios fundamentales del Estado de Derecho, entre ellos la legalidad, la seguridad jurídica, el debido proceso y el respeto a la voluntad democrática expresada.

Como gremio comprometido con la ética, la institucionalidad y la defensa de los derechos de participación, el Colegio reitera que todo proceso electoral debe garantizar condiciones de transparencia, inclusión y equidad, respetando la legitimidad de los actores que cumplieron con los procedimientos establecidos.

Asimismo, advierte que cualquier decisión que limite o excluya la participación de cuerpos electorales debidamente validados debilita la confianza en las instituciones y afecta directamente los principios democráticos.

El documento concluye con un llamado a las autoridades competentes para que actúen con apego a la Constitución y la normativa vigente, resolviendo con prontitud y objetividad las acciones interpuestas.

En ese sentido, exigen al Tribunal Electoral del Colegio de Psicólogos de Guatemala dar el seguimiento correspondiente, conforme a los estatutos y reglamento, garantizando la observancia del debido proceso, la legalidad y la protección de los derechos de participación de los agremiados, incluyendo la debida acreditación de los cinco electores legítimamente electos.

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