viernes , 22 noviembre 2024
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Justicia y ética

Marisol Peña Torres

Profesora Investigadora del Centro de Justicia Constitucional, Facultad de derecho

La imposición de la medida cautelar de prisión preventiva al abogado Luis Hermosilla en el contexto del caso “Audios” ha generado todo tipo de reacciones. De ellas no escapa ni siquiera el Presidente de la República.

Pero una de esas reacciones que ha pasado relativamente inadvertida es la declaración del Colegio de Abogados anunciando una propuesta de reforma constitucional que asegure el control ético único, universal y efectivo sobre todos aquellos que ejerzan la profesión de abogado a cargo de dicha entidad e independientemente de que los profesionales investigados estén o no colegiados.

¿Por qué es necesaria una reforma constitucional? Porque, actualmente, la Constitución regula el ejercicio ético de la profesión de abogado a propósito de la libertad de trabajo y su protección disponiendo que “Los colegios profesionales constituidos en conformidad a la ley y que digan relación con tales profesiones, estarán facultados para conocer de las reclamaciones que se interpongan sobre la conducta ética de sus miembros”.

Actualmente la Constitución regula el ejercicio ético de la profesión de abogado.

Es decir, el Colegio de Abogados puede hoy controlar éticamente a estos profesionales, pero solo si son “miembros”, es decir, si están colegiados. Cabe preguntarse cuántos profesionales jóvenes no lo están para pensar que un porcentaje no despreciable de abogados están fuera de dicho control ético.

El caso Hermosilla arroja ya varias lecciones. Primero, no se puede mezclar la conducta ética personal de un abogado con el juzgamiento por delitos que solo le compete a la justicia ordinaria. Y no está demás recordar que la formalización de un imputado no equivale a una condena anticipada.

Segundo, si bien todas las profesiones exigen una ética de ejercicio, hay algunas como la medicina y la abogacía que exigen estándares particularmente exigentes en razón de los bienes y derechos de terceros que resultan comprometidos.

Tercero, la ética profesional del abogado tiene que ver con uno de los valores más importantes en una sociedad como es la administración de justicia y con la igualdad de acceso a ella. Esta se ve definitivamente lesionada cuando la defensa jurídica cuenta con privilegios de que no goza una persona común y que puede llegar a inclinar la balanza de la justicia en forma indebida.

Hay quienes han sostenido que los antecedentes revelados durante la formalización de Luis Hermosilla obedecen a prácticas habituales en el mundo jurídico. Si ello fuera cierto no podemos normalizar la irregularidad y el abuso.

Urge, entonces, que la propuesta del Colegio de Abogados sea considerada en forma urgente, incluyendo la sanción de impedimento absoluto del ejercicio de la profesión en forma permanente, si la situación lo amerita. Que se pueda cancelar el título de abogado es otro debate donde escuchar a la Corte Suprema sería fundamental.

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