Mediante resolución legal, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) acordó cancelar las agrupaciones políticas denominados Partido de Integración Nacional (PIN) y Unión Republicana (UR).
Así lo determinó la Dirección General del Registro de Ciudadanos (RC), del TSE, con base en el Artículo 93, literal b) de la Ley Electoral y de Partidos Políticos.
La decisión del RC se basó en la citada norma, que establece las causas para cancelar una entidad política, como no lograr una diputación en el Congreso, situación que se aplicó a ambas instituciones en las elecciones de 2023.
El Departamento de Organizaciones Políticas, del TSE, ha sido instruido para efectuar las anotaciones correspondientes, asegurando que estas resoluciones causen firmeza y se realicen las publicaciones de ley necesarias.
Además, en virtud de lo dispuesto en los artículos 94 y 95, así como en el 22 del Reglamento, el nombre y símbolo o emblema de las mencionadas agrupaciones no podrán ser utilizados ni registrados por ninguna organización política antes de diez años de la cancelación de su inscripción.
El Registro de Ciudadanos del TSE notificó la resolución definitiva de cancelar a las instancias mencionadas.
Esta medida se une a la cancelación de otros partidos, como Movimiento para la Liberación de los Pueblos (MLP) y Mi Familia, el 22 de enero, por no haber cumplido con los criterios establecidos en la literal b) del Artículo 93 de la Ley Electoral.
También, han salido del espacio político el Partido de Avanzada Nacional (PAN), Podemos, Frente de Convergencia Nacional (FCN – Nación), Partido Humanista de Guatemala, Partido Republicano, Partido Popular Guatemalteco y Poder. Aunque estos han impugnado la decisión del RC y están a la espera de la resolución del TSE.