viernes , 22 noviembre 2024
Inicio Centenario de la primera Ley de cooperativas (Ley 4058) (II)

Centenario de la primera Ley de cooperativas (Ley 4058) (II)

Guillermo Caballero

Facultad de Derecho

Con ligeras variaciones, esos principios permanecen en la Declaración de Identidad Cooperativa aprobada en el Congreso de Manchester de 1995, donde también se adoptó una definición de cooperativa (“una asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada”) y se enunciaron los valores que ellas encarnan (ayuda mutua, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad).

En Chile, las primeras cooperativas con pervivencia surgieron en 1887. 

En Chile, las primeras cooperativas con pervivencia surgieron en 1887. Creadas a partir de la Sociedad de Socorros Mutuos de la Unión de Tipógrafos, esas cooperativas recibieron el nombre de “Valparaíso” y “La Esmeralda”. Ambas tenían su sede en ese puerto y estaban dedicadas a la sastrería y buscaban extender hacia otro tipo de negocios, como zapatería, sombrerería, lavandería y tiendas de abarrotes.

La segunda de esas cooperativas debe su nombre a que tuvo como socios a algunos sobrevivientes de la Guerra del Pacífico, entre ellos, al comandante Carlos Condell.

Sin embargo, hay algunos antecedentes anteriores: ya en 1863 la prensa de la época daba cuenta de la constitución de dos cooperativas de trabajo en Santiago por parte de zapateros y sastres. Otro acontecimiento relevante fue la fundación de la cooperativa de consumo de los trabajadores de Ferrocarriles del Estado en 1904.

Veinte años después, cuando se publicó la primera ley de ramo cuyo centenario conmemoramos, existían en el país aproximadamente 40 cooperativas, la mayor parte de ellas de consumo. Desde entonces, la historia del movimiento cooperativo chileno ha sido intensa y no exenta de contrariedades.

Como un hito destacado cabe incluir a la Ley 17.398, que incorporó en la Constitución Política de 1925 el derecho a la participación ciudadana (art. 10, núm. 17).

Ahí se decía que las cooperativas eran una de las “organizaciones sociales mediante las cuales el pueblo participa en la solución de sus problemas y colabora en la gestión de los servicios del Estado y de las municipalidades”, reconociéndoles una personalidad jurídica dotada de independencia y libertad para el desempeño de las funciones y para generar democráticamente sus organismos directivos y representantes, a través del voto libre y secreto de todos sus miembros.

En la actualidad, el movimiento cooperativo vive una nueva etapa de revitalización. 

              Continuará… 

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