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Hoy al mediodía entran en vigencia las limitaciones de circulación para el transporte pesado por las fiestas de fin de año, según lo establecido en el Acuerdo Ministerial 1146-2023, del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV).
De acuerdo con la normativa, los tráileres no podrán circular a partir de las 12:00 del 24 de diciembre, hasta las 24:00 horas del 25 de diciembre, así como el 31 de diciembre desde las 12:00 hasta las 24:00 horas del 1 de enero de 2024.
Sin embargo, la disposición no incluye el traslado de productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos, los cuales no necesitan permisos especiales, se indicó.
El Artículo 2 del documento citado establece que los vehículos pesados podrán circular únicamente del kilómetro 290, carretera CA-09-N, a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puertos Barrios, y a la sede del Puerto Santo Tomás de Castilla, sobre la CA-09.
Además, del kilómetro 80, carretera CA-09 Sur, a Puerto Quetzal, y del 104 al 114 de la misma ruta.
Asimismo, el Artículo 3 enfatiza que cualquier violación a estas disposiciones será sancionada de acuerdo con las leyes vigentes por medio de los controles en carreteras u otros medios legales establecidos para este propósito.