Leonel Guerra Saravia
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Una prisión privada, o cárcel con fines de lucro, es un lugar donde los individuos están físicamente restringidos o encarcelados por una tercera persona que una agencia gubernamental contrata.
Las compañías de prisiones privadas suelen tener acuerdos contractuales con los gobiernos que someten a los prisioneros y luego pagan una tasa diaria o mensual, o bien por cada prisionero en el establecimiento o por cada sitio disponible, estando este ocupado o no.
Este tipo de contratos puede ser para el mantenimiento de la instalación o para el diseño, la construcción y funcionamiento. Las prisiones privadas son controversiales. La parte buena de que los operadores privados contraten prisiones es que se ahorra dinero. Las primeras cárceles fueron cuevas, tumbas, cavernas, etc., lugares inhóspitos a donde se enviaban desterrados a los enemigos. Ya en la Biblia encontramos mencionados a esos lugares.
En el antiguo Egipto existían las prisiones de Estado, donde se ingresaba a los presos del faraón, que podían ser sometidos a trabajos públicos o en las minas.
No eran precisamente cárceles en el sentido moderno del término, tal como las conocemos en la actualidad. La primera cárcel moderna surge en Holanda, por el 1600. Las prisiones estatales son operadas por gobiernos estatales y generalmente alojan a los reclusos por más de un año (y a veces por toda la vida).
Las prisiones eran lugares inmundos, de hacinamiento, inhumanos. En el antiguo Egipto, existían las prisiones de Estado, donde se ingresaba a los presos del faraón, que podían ser sometidos a trabajos públicos o en las minas. Las prisiones son una herramienta del Estado, junto con el sistema de justicia procesal penal, para atender el conflicto penal, y en esa forma deben ser entendidas.
El sistema penitenciario recibe lo que el juzgador envía; no puede administrar el flujo de la cantidad de personas que entra o sale.
Las problemáticas existentes en los centros penitenciarios inciden principalmente en la vulneración de los siguientes derechos humanos de las personas privadas de la libertad, que son el derecho a la reinserción social, a la salud, a la integridad personal, a permanecer en una estancia digna.