domingo , 24 noviembre 2024
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De cara a la Segunda Evaluación de País

Consejo Editorial Conadi

El Consejo Nacional para la Atención de las Personas con Discapacidad (Conadi) fue designado a través del Acuerdo Gubernativo 78-2019, como el ente encargado de verificar el cumplimiento de la Convención de Naciones Unidas Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), y la responsabilidad de coordinar la elaboración de informes al respecto.

Este instrumento fue ratificado por el Estado de Guatemala mediante el Decreto 59-2008. En 2016, el país fue evaluado por primera ocasión por el Comité de Expertos en materia de Discapacidad de Naciones Unidas, respecto al cumplimiento de la CDPD, el que otorgó 83 recomendaciones y observaciones al Estado guatemalteco, lo cual derivó en un Plan de Acción 2017-2021 con 31 líneas de trabajo formuladas por el Conadi, en las que se involucró a la institucionalidad pública.

Conadi ha iniciado las coordinaciones con las instituciones de gobierno.

En 2022, el Conadi ha iniciado las coordinaciones con las instituciones de gobierno; primeramente, para el nombramiento de un delegado titular y un suplente, quienes deberán, en nombre de la institución que representan, dar respuesta a los avances sobre el cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidad, tomando como base el Plan de Acción referido.

Por ese motivo, se llevó a cabo el Primer Foro Interinstitucional para la elaboración del II Informe de País sobre la implementación de la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, donde se expusieron los antecedentes relacionados con la ratificación de la CDPD, experiencias de aquel primer examen, recomendaciones del Comité, plan de acción, y se presentaron los lineamientos y plazos para la entrega de la documentación.

Es importante destacar que este informe se realiza en consonancia con el Artículo 35 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, referente a la obligación como Estado Parte de presentar al Comité de expertos, por conducto del Secretario General de las Naciones Unidas, un informe
exhaustivo sobre las medidas que hayan adoptado para cumplir sus obligaciones conforme a referida Convención.

Debe tomarse en cuenta que esta es una evaluación de Estado, no de un ente en particular; por eso, las instituciones deben asumir el compromiso de informar los avances y esfuerzos realizados en pro de la población con discapacidad.

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