El Diario de Centro América publicó hoy el Decreto Número 32-2022, Ley de Ampliación Temporal de Vigencia del Documento Personal Identificación (DPI), aprobado por el Congreso de la República.
El Artículo 2 de la citada normativa declara la validez legal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023 de todos los DPI que desde el inicio del año en mención se encuentren vencidos y sus titulares no hayan iniciado el proceso administrativo de renovación ante el Registro Nacional de las Personas (Renap).
Se indica que la presente ley es de naturaleza temporal y tiene el objeto de garantizar la identidad de los titulares del documento que se encuentren vencidos o por vencer, el derecho a la identificación personal, en aquellos actos civiles, políticos, administrativos y legales que realicen ante las entidades judiciales, administrativas, privadas o de cualquier otra índole.
También se establece que no será aplicable lo determinado respecto al Artículo 63 del Decreto 90-2005, Ley del Registro Nacional de las Personas, cuando se produzcan modificaciones de estado civil, capacidad civil, cambio de nombre o alteración sustancial de la apariencia física por accidente u otras causas.