El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) publicó hoy el Acuerdo 247–2022, con el que se restringe la circulación de transporte de carga pesada en todo el territorio nacional durante la Semana Santa.
Según el acuerdo, la prohibición comenzará el miércoles 13 de abril próximo, a partir de las 12 horas y culminará el domingo 17 de abril, a las 24 horas.
La normativa aclara que la medida no aplica para el traslado de productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos, así como grúas, los cuales no necesitan permiso especial.
De acuerdo con lo dispuesto, el transporte de carga podrá circular únicamente del kilómetro 290, carretera CA-09-N, a la terminal ferroviaria de Puerto Barrios, y a las instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castilla, sobre la CA-09-N.
También del kilómetro 80, carretera CA-09-Sur, a las instalaciones de Puerto Quetzal, así como al kilómetro 104, carretera CA-09-Sur-09, y al kilómetro 114, CA-09-Sur.
“La infracción a este Acuerdo Ministerial será sancionada de conformidad con las leyes vigentes”, se advirtió.