La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) solicitó a los propietarios de vehículos con placas de trabajo a que se inscriban como contribuyentes del IVA, ISR y los impuestos que correspondan.
En sus diferentes medios de comunicación, el ente tributario recordó a la población su compromiso de estar inscritos ya que, en caso contrario, serán registrados de oficio bajo el Régimen General del IVA, según lo establecido en el Artículo 120 del Código Tributario.
Las decisiones se toman con base en los artículos 25 de la Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos (ISCV) y el 16 del reglamento.
Los sujetos a este gravamen son los que poseen vehículos con usos empresariales: A, de alquiler (taxis); C, comercial (transporte extraurbano o carga escolar); U, urbano; TC, de transporte de carga (remolques y semiremolques) y TRC de tractor (agrícola, industrial y de construcción).