Ximena Marcazzolo Awad
Profesora investigadora del Centro de Derecho Regulatorio y Empresa, Facultad de Derecho
El jueves 6 de enero de este año, el Ejecutivo chileno envió al Congreso Nacional el proyecto de ley cuyo objetivo es reemplazar íntegramente el actual Código Penal. Este último se encuentra vigente desde 1874; vale decir, hace aproximadamente 147 años.
Si bien el Código actual ha sobrevivido durante todos estos años, ello no responde a la ausencia de un propósito de modificarlo; por el contrario, las iniciativas para reemplazarlo fueron diversas y sostenidas durante buena parte del siglo pasado y del actual. El propio mensaje de dicho proyecto menciona algunas de estas.
La dictación de un nuevo Código Penal es una necesidad: primero, por la evolución del sistema penal, producto de la aparición de nuevos delitos y fenómenos delictivos que merecen ser regulados.
Este último se encuentra vigente desde 1874; vale decir, hace aproximadamente 147 años.
Piénsese, por ejemplo, en los delitos informáticos, los que en 1874 no fueron siquiera imaginados por el legislador de la época. Una segunda razón es que buena parte de la legislación criminal especial quedó fuera del Código Penal.
Esto ha conllevado, como consecuencia, que exista un número importante de leyes especiales que regulan temas relevantes como el tráfico de drogas, el lavado de dinero, la responsabilidad penal de las personas jurídicas, las conductas terroristas, la ley de control de armas, solo por nombrar algunas.
Una tercera razón, relacionada con la anterior, es que la existencia de ese cúmulo de leyes especiales afecta la uniformidad del sistema penal, en cuanto los estatutos especiales conllevan reglas particulares que hacen excepción a las disposiciones generales contempladas en la legislación común.
Este proyecto ofrece la posibilidad de regular todos o al menos la gran mayoría de los delitos en un solo texto, promoviendo su tratamiento sistemático, sin perjuicio de las particularidades de algunas figuras penales.
Continuará…