En tres meses, los contribuyentes que prestan servicios contables y los que se encuentran inscritos en el régimen general del Impuesto al Valor Agregado (IVA) deberán pasarse a la Factura Electrónica en Línea (FEL), estableció la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
391 834
contribuyentes han migrado a la FEL.
En la Resolución SAT-DSI-1218-2021, publicada ayer en la parte legal del Diario de Centro América, la administración tributaria resuelve que los peritos contadores, contadores públicos y auditores, así como las personas jurídicas constituidas bajo la figura de firmas contables y de auditoría, deben trasladarse al régimen FEL antes de marzo próximo.
Asimismo, mediante la disposición SAT-DSI-1240-2021, también publicada en este diario, se establece que las personas individuales y jurídicas que están inscritas en el régimen general del IVA deberán emitir sus documentos tributarios electrónicos (DTE) a más tardar el 1 de julio de 2022.
“Vencido el plazo, las autorizaciones vigentes de otros medios o formas de emisión de documentos tributarios y las autorizaciones para emitir facturas u otros documentos con NIT y nombre del receptor en blanco, quedarán sin efecto, constituyendo el Régimen FEL el único medio para la emisión de documentos tributarios”, según la publicación.
Desde su implementación, en noviembre de 2018, la FEL ya representa el 85% del total de la facturación del país, indican las autoridades tributarias.
Al 31 de octubre, 391 834 contribuyentes han migrado a este régimen y se han emitido 1.7 millones de DTE, de acuerdo con los registros de la SAT.