Sebastián Toledo
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Derivado de un incidente en el Registro Nacional de las Personas (Renap), ante dudas para la inscripción de una niña con
discapacidad, se hizo referencia en este espacio del proceso de certificación de la condición de discapacidad. Por las inquietudes planteadas en los distintos medios en que se difunde la presente opinión, se hace necesario ampliar algunos criterios, sobre todo, en lo relativo a las instancias responsables de la emisión del documento, las gestiones que deban realizar los interesados y los apoyos a adoptar por parte del Estado.
La certificación de discapacidad constituye un documento que le es entregado a una persona con limitaciones físicas, sensoriales, psicosociales e intelectuales, donde se indican las posibilidades que tiene para realizar las actividades de la vida diaria y los apoyos que requiere. Esta situación se determina con base en evaluaciones médicas, estudios socioeconómicos, psicológicos y otros a cargo de un equipo interdisciplinario. Para el efecto, se han desarrollado protocolos que ya se están aplicando en muchos países, a fin de coordinar y facilitar las herramientas que las personas con discapacidad necesitan para su participación social en igualdad de condiciones. Es un procedimiento que se realiza desde las instancias de salud con la intervención de otras entidades relacionadas, para el caso de Guatemala, con el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.
Es un procedimiento que se realiza desde las instancias de
salud.
Luego de determinar la capacidad de las personas para realizar las distintas actividades, mediante un proceso de evaluación que debe contar con el consentimiento del interesado, las instancias lo comunicarán al Renap, a efecto de incluir la información en el documento de identificación. Un dato que será de valiosa utilidad para los responsables de planificar y ejecutar los programas sociales.
Se han realizado tres acciones en función de este tema: un protocolo de certificación con un equipo capacitado, el Ministerio de Salud ha publicado un acuerdo ministerial y, en el Congreso de la República, existe una iniciativa de ley sobre el particular. Así también, se ha recibido la anuencia del Renap para incluir la información en el DPI, por lo que se podría decir que se cuenta con las condiciones básicas para iniciar el proceso de certificación en el país.