domingo , 24 noviembre 2024
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Garantizar la seguridad registral y la certeza jurídica

Luis Alfredo Pineda Loarca 

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Es oportuno señalar que la actividad del Registro General de la Propiedad descansa sobre sendos principios, con el fin de garantizar la seguridad registral y la certeza jurídica. Dentro de estos podemos mencionar, entre otros: El Principio de Rogación, el cual establece que toda inscripción que se hace en el Registro debe ser solicitada por la parte interesada, es decir, la actuación registral no es de oficio. 

Por su parte, el Principio de la Literalidad establece que los instrumentos públicos (autorizados por notario) que se ingresen al Registro deben tenerse como auténticos, derivado de la fe pública con que están investidos los notarios, al amparo del Artículo 1 del Código de Notariado. 

Así pues, en ejercicio de la función que le compete, el Registro General de la Propiedad con el fin de garantizar la seguridad registral y certeza jurídica, en caso algún documento al estarse operando genera duda en el operador, que le hagan cuestionar de su legitimidad, los documentos son remitidos para su verificación al Departamento de Seguridad Registral, el que, en conjunto con el Laboratorio Criminalístico y Documentoscópico del Registro General de la Propiedad realiza todos los peritajes que considere oportunos, a fin de establecer la legitimidad del documento que se trate. 

De tal suerte, durante 2020 se realizaron 129 verificaciones; ahora bien, para el presente año, de enero a julio, se han efectuado 279 verificaciones, evidenciándose un incremento en esta actividad. 

Para el presente año, de enero a julio, se han efectuado 279 verificaciones.

Estas verificaciones pueden obedecer a varios criterios, entre ellos, la edad de los otorgantes; antigüedad del documento sometido a registro y, si los otorgantes han sido identificados en el documento objeto de registro, con la cédula de vecindad.

En caso de establecerse una anomalía en los documentos verificados que pudieran poner en peligro los derechos inscritos en el Registro, el Departamento de Seguridad Registral procede al planteamiento de las denuncias respectivas ante el Ministerio Público, a efecto de que se investigue la posible comisión de los ilícitos penales de: Falsedad material, Falsedad ideológica, Uso de documentos falsificados, tipificados en los artículos 321, 322 y 325 del Código Penal de Guatemala, entre otros que el órgano jurisdiccional califique. 

Es de vital importancia resaltar que el Registro, por ministerio de ley no debe poner en tela de duda lo consignado por el notario en el instrumento público sometido a registro, quien al dar fe de todo lo actuado en el documento, con base en el principio de literalidad, el Registro debe tenerlo como auténtico. A efecto de salvaguardar los derechos de propiedad de la población, el Registro General de la Propiedad ha puesto a disposición de la población la inmovilización de bienes inmuebles, que consiste en que el propietario de un inmueble por medio de una declaración jurada que se solicita a esta institución NO OPERE en determinada finca ningún gravamen o enajenación. Esta inmovilización es esencialmente revocable por el titular de la finca en cualquier momento.

En 2020 se realizaron 1934 inmovilizaciones de bienes inmuebles, mientras que entre enero y julio del 2021 se han efectuado 1848, lo que evidencia una tendencia al alza en la utilización de esta herramienta por parte del usuario. Otro medio de seguridad que el Registro General de la Propiedad ha puesto a disposición de los usuarios es el Aviso a Propietarios, que consiste en que al ser adquirido garantiza al usuario recibir una notificación vía correo electrónico o mensaje de texto, sobre el ingreso al Registro de un documento que afecte el o los bienes de su propiedad.

Garantiza al usuario recibir una notificación vía correo electrónico o mensaje de texto

Es importante resaltar que el Registro General de la Propiedad, en su lucha constante contra la corrupción y su afán de garantizar la seguridad registral y certeza jurídica, ha implementado la línea anticorrupción, a la cual los usuarios pueden acudir garantizando su anonimato, para denunciar hechos de corrupción, a través del correo electrónico [email protected]; o bien al teléfono 24981111 extensión 9302. No está de más hacer de su conocimiento que, desde su implementación, no hemos tenido casos reportados por corrupción en la institución; sin embargo, a todos aquellos usuarios que se hayan visto afectados por una situación de esta naturaleza, los invitamos a hacer la denuncia respectiva.

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