En el Diario de Centro América fueron publicadas las nuevas disposiciones relacionadas al Estado de Calamidad y reactivación del servicio colectivo, estableciendo que las empresas del servicio urbano y extraurbano deberán realizar ensayos de forma obligatoria.
Las disposiciones presidenciales del 26 de julio sobre el Sistema y Tablero de Alerta Sanitaria para la reactivación económica del país fueron modificadas y cobran vigencia a partir de este martes 15 de septiembre.
Se agregó un numeral al apartado Décimo Sexto, el cual establece la obligación de realizar ensayos aprobados por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, previo al reinicio del servicio.
El numeral indica que, para la reactivación del servicio de transporte público colectivo urbano y extraurbano de pasajeros por carretera a nivel nacional, deberán de manera previa y obligatoria realizar ensayos y prácticas de los protocolos aprobados por el MSPAS.
Estas actividades se deben realizar con acompañamiento, supervisión y evaluación de la autoridad municipal de origen y destino y del Ministerio de Comunicaciones, de conformidad con el tablero de Alerta Sanitaria. • Sara Solórzano