El Ministerio de Educación (Mineduc) recordó a directores departamentales, supervisores, coordinadores técnicos administrativos, docentes y demás personal que labora en el sistema de educación pública, que se mantienen vigentes las prohibiciones que rigen el proceso electoral 2019.
En el boletín Mineduc Informativo, emitido el 3 de junio, la citada cartera resalta que únicamente mil 907 instalaciones serán utilizadas como centros de votación por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), por lo que los directores de estas instituciones deberán brindar la colaboración pertinente, a fin de facilitar la actividad electoral, el próximo domingo.
“Quienes incumplan con las normativas y regulaciones vigentes quedan expuestos a las sanciones que establecen las leyes guatemaltecas”, afirmó.
Asimismo, agrega que es de cumplimiento obligatorio la prohibición contenida en el artículo 223 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos: “Usar los recursos y bienes del Estado para propaganda electoral”, y literal f: “A los funcionarios y empleados públicos, dedicarse durante la jornada de trabajo a funciones o actividades de carácter político electoral, así como emplear su autoridad o influencia en favor o en perjuicio de determinado candidato u organización política”.
Además, cita el articulo 223 Bis, el cual enumera las prohibiciones permanentes. “Les queda prohibido a los funcionarios públicos, en cualquier tiempo, lo siguiente:
a) La utilización de los colores que identifican a un partido político en las actividades, papelería, medios electrónicos o cualquier publicación en las que se identifique o dé a conocer la ejecución de programas o actividades oficiales;
b) Rotular instalaciones o vehículos oficiales con el nombre del funcionario titular de dicha entidad o administración;
c) Nombrar obras, proyectos o cualquier actividad pública con el nombre de un funcionario mientras no hayan transcurrido dos períodos de haber dejado el ejercicio del cargo”.