El Régimen especial electrónico de devolución de crédito fiscal cobrará vigencia en seis meses.
Los contribuyentes que deseen optar al Régimen especial electrónico de devolución de crédito fiscal a los exportadores, creado mediante el Decreto 4-2019, Ley para la Reactivación Económica del Café, ya pueden avocarse a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) para ser habilitados como usuarios del Régimen de la Factura Electrónica en Línea (FEL).
Abel Cruz, jefe de la SAT, dijo que la FEL está disponible para cualquier contribuyente que de manera voluntaria decida utilizar esta herramienta, pese a que el proceso de masificación comenzó con los grandes contribuyentes.
“La ley establece que para estar en este cuarto régimen fiscal, los empresarios deben incorporarse a la FEL. En este caso, nos enfocaremos en poner a disponibilidad de los contribuyentes esta herramienta de una forma más amplia, porque ahora la única condición para hacer uso de ella es tener agencia virtual”, explicó.
Plan de masificación
Dentro del plan de masificación, la SAT busca incorporar a 1 mil 800 grandes contribuyentes, por medio de los cuales se recauda el 70 % de los ingresos, y alcanzar a 2 mil 600 proveedores de Estado.
Para 2020 esperan que 50 mil personas que prestan servicios bajo los renglones 029 y 018 se sumen a este proceso, y que en 2021 concluya este plan.
El citado decreto establece en el artículo 5 que, en un plazo perentorio de seis meses, contados a partir del 8 de mayo, cuando cobra vigencia esta normativa, la SAT debe poner a disposición de los usuarios todas las herramientas electrónicas, incluyendo una plataforma para la gestión del nuevo régimen fiscal.
“Consideramos que seis meses es un tiempo suficiente para preparar los sistemas y estar listos para administrar este cuarto régimen”, comentó Cruz.
Víctor Martínez, ministro de Finanzas Públicas y titular del Directorio de la SAT, dijo que para la Administración Tributaria esta normativa representa una oportunidad de mejora en sus sistemas para el control y fiscalización de los contribuyentes, así como mecanismos de mayor transparencia con la incorporación del régimen de la FEL.
Régimen
En la ley también quedó estipulado que las personas individuales o jurídicas que opten por este régimen deben comprobar que el 50 % o más de sus ingresos se destina a la exportación y que utilizan el sistema electrónico para el registro de sus operaciones.
Una vez el contribuyente presente su solicitud a la SAT, esta verificará el cumplimiento de requisitos y mecanismos de certificación y validación, para resolver en 30 días. Si la resolución es favorable, el fisco debe enviarla al Banco de Guatemala en 5 días hábiles después de emitida.
Nils Leporowski, presidente de la Cámara del Agro, manifestó que la Ley del Impuesto al Valor Agregado establece un plazo de 60 días para que la SAT autorice la devolución del IVA que generan los exportadores; sin embargo, este proceso dura hasta cuatro años.
Paulo de León, director ejecutivo del Central American Business Intelligence, estimó que la retención del crédito fiscal genera que Q5.2 millardos, en promedio, no ingresen a la economía al año.