Sergio Recinos, presidente del Banguat, asume cargo.
El presidente del Banco de Guatemala (Banguat), Sergio Recinos, asumió el pasado 7 de marzo la Vicepresidencia del Consejo Monetario Centroamericano (CMCA), en el marco de la 285 Reunión de esa instancia regional, que se celebró en Antigua Guatemala, Sacatepéquez.
El CMCA es un órgano del Subsistema de Integración Económica, del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), con carácter de Consejo Sectorial de Ministros y con autonomía funcional en el ejercicio de sus
competencias.
El Consejo cuenta con un presidente y un vicepresidente, electos de entre sus miembros, quienes ejercen sus funciones por períodos anuales equivalentes al año calendario, señala una nota de prensa del Banguat.
Al CMCA le corresponde promover políticas monetarias y financieras que impulsen el proceso de integración monetaria y financiera, así como la estabilidad macroeconómica regional.
De acuerdo con lo informado, la instancia está integrado por los titulares de los bancos centrales de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y por el gobernador del Banco Central de la República Dominicana.
Su fundamento jurídico y atribuciones se enmarcan en el Protocolo de Guatemala al Tratado General de Integración Económica Centroamericana y en el Acuerdo Monetario Centroamericano.
Su órgano técnico-administrativo es la Secretaría Ejecutiva de dicho Consejo, que se constituye en su conducto regular de comunicación.
Sus funciones
Según la nota, entre las principales funciones del CMCA están evaluar periódicamente el avance del proceso de convergencia macroeconómica regional, especialmente en las áreas monetaria, cambiaria, crediticia y financiera, y proponer a los gobiernos de los Estados miembros la adopción de los convenios internacionales que fueren necesarios para lograr la integración monetaria y financiera regional.
Además, acordar la gestión y suscripción de convenios financieros y de asistencia técnica con bancos centrales, organismos internacionales u otras entidades, conducentes al logro de los fines y objetivos específicos del Consejo, y ejercer la dirección superior de la Secretaría Ejecutiva y de cualquier otro órgano del Consejo.