Crear un ente que atienda las demandas de los pueblos indígenas, aprobar una ley o decreto que reglamente las consultas comunitarias y desarrollar los mecanismos que garanticen su participación en la toma de decisiones, son factores que garantizarán una adecuada implementación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Hernán Coronado, técnico especialista en Pueblos Indígenas de la OIT, quien explicó ayer estos tres elementos durante un foro organizado por la Cámara de Industria de Guatemala (CIG), dijo que ante la ausencia de legislación, la acción judicial termina estableciendo los parámetros para realizar la consulta.
Eduardo Girón, vicepresidente de la CIG, indicó que dicho acuerdo cobró vigencia en el país en 1997; sin embargo, solo ha sido aplicado en el caso del proyecto hidroeléctrico Oxec, mediante el cual se llegó a consensos con 11 comunidades de Santa María Cahabón, en Alta Verapaz. • Brenda Jiguan