sábado , 23 noviembre 2024
Inicio Y si cumpliera con todas sus funciones y le sobraran el tiempo y el dinero, ¿Por qué no? (II)

Y si cumpliera con todas sus funciones y le sobraran el tiempo y el dinero, ¿Por qué no? (II)

Además de inventar la acusación penal la palabra aporten, donde la palabra aporten no existe (caso de aportaciones de dinero limpio), en el caso de los empresarios que aportaron su dinero –dinero limpio de legítima procedencia– no se trata de aportación a entidad política alguna puesto que los empresarios, a través de la empresa mercantil que contrataron para hacerlo, pagaron directamente a los fiscales de mesa (apoyo que les dieron, por cierto, con el “espurio, oscuro y perverso fin” de asegurar la correcta celebración de las votaciones y el correcto conteo de los votos). ¡Imperdonable!

Por otra parte –y siempre en este caso del ejemplo–, se dio a perseguir, también, al Presidente de la República –antejuicio– por no haber registrado, como recibido, lo que nunca recibió, absteniéndose de investigar al respecto –lo que de haber hecho y que nada le impedía hacer– le habría llevado a confirmar que, no sólo no recibió ese dinero limpio, empresarial, sino que, incluso, se negó a recibirlo.

Haciendo caso omiso de lo anterior, sujeto a prueba, lo que escapa de toda discusión –irrefutable– es que se ha perseguido a empresarios y Presidente, por un caso de dinero limpio para asegurar votaciones correctas y correcto conteo de los votos, pero no existe persecución alguna por caso alguno referente a dinero proveniente del narcotráfico. ¿Qué pasó, entonces, es preciso preguntarse, con el cacareado 25%? ¿Alguna consistencia en la afirmación o, tan sólo, palabras y palabras?

Existe, además, en la campaña política que se avecina, una posible polémica –directa o indirecta– sobre la prórroga o la conclusión del Mandato de la Comisión, asunto que compromete la objetividad e imparcialidad de la misma en el proceso electoral y, en consecuencia, aparte de lo estrictamente jurídico (escapar a su mandato con desatención de lo que sí le corresponde –el establecimiento de si existen o no grupos o aparatos clandestinos de seguridad detrás de los asesinatos de los dirigentes campesinos, por ejemplo), elemental tino político desaconseja su participación en el proceso electoral, inevitable como lo es a tenor de la Carta de Entendimiento celebrada con el Tribunal Supremo Electoral, tino que no ha sido su característica; falta de tino, por ejemplo, el no haberse tomado el tiempo necesario para comprender y comprobar que en el caso del hermano y del hijo del Presidente podría haber infracción administrativa, pero no delito, lo que agrió necesariamente su relación con este y perjudicó la lucha a librarse, algo que, obviamente, no preocupó, en absoluto, a quienes –instrumentalizándola– no han buscado justicia, sino vías de toma del poder, sin elecciones.

El convenio celebrado (carta de entendimiento) adolece de inconstitucionalidades y peligros y, al respecto, cabe señalar que es inconstitucional que las partes establezcan que “en ningún caso asumirán ni serán responsables de las opiniones que en forma personal se emitan en los eventos institucionales que se celebren”, exención de responsabilidad que pueden pactar entre sí pero no frente a terceros, con lo que se erigen –ilegalmente– en legisladores. Es inconstitucional, así mismo, que se usurpen funciones de la Procuraduría General de la Nación, previéndose la posibilidad de que el Tribunal solicite “asesoría” a la Comisión, cuando la única entidad asesora y consultora del Estado, por mandato constitucional expreso, es la Procuraduría General de la Nación, función no delegable.

El Tribunal Supremo Electoral, al igual que su contraparte, también usurpa funciones en la Carta de Entendimiento –ilegal y peligroso– y, así, se autoproclama el responsable de la formación cívica y política de la población, proclamación esta que no sólo carece de sustentación legal alguna sino que contradice normas expresas que depositan esa formación en otras instituciones y entidades. Peligrosas, también, ciertas normas vagas de la Carta de Entendimiento, como la que establece el fortalecimiento y transferencia de capacidades al Tribunal Supremo Electoral por parte de la CICIG, sin especificar que se refieren única y exclusivamente a las que tengan que ver con la infiltración de dinero ilícito en el financiamiento de las organizaciones políticas, como que la CICIG fuera experta también en todos los temas electorales. ¡Por favor!

Peligrosa también –muy peligrosa– la asistencia pactada al Tribunal Supremo Electoral, por parte de la CICIG, en la implementación y seguimiento de la Unidad Especializada de Medios de Comunicación y Estudios de Opinión, hecha la prevención de la falta de objetividad y de imparcialidad a que está expuesta dado que, directa o indirectamente, será tema de campaña entre aquellos que quieren que se vaya –sin más–, los que quieren que se quede –sin más– y quienes quieren que se quede pero (quien te quiere te aporrea) con la necesaria corrección de lo que la ha llevado a desaciertos, algunos de tan grave magnitud, que han abonado –y abonan– el terreno de quienes –sin más– quieren que termine. La mezcla del uso mediático de la acusación penal –ya de por sí peligrosa en un proceso electoral (no debería hacerse nunca un uso mediático de tal persecución pero menos aún en un momento como este)–, mezcla con la intervención de la Comisión en este proceso, en los términos que establece la Carta de Entendimiento celebrada (estos pueden corregirse), explosiva mezcla puede llevar a muy graves e indeseables consecuencias.

Las simpatías o antipatías políticas de la Comisión en el proceso deberían de salir sobrando pero, siendo parte interesada –su supervivencia, su extinción o su supervivencia corregida en juego–, peligroso es que no logre superarlas: humana es y humanos los funcionarios que la integran y que –así– ¡Sólo eso nos faltaba!, tengamos un elemento más de polarización, distorsión y preocupación en el proceso electoral.

Quien mucho abarca, poco aprieta y –aunque sea menos espectacular y bastante más difícil– la prevención de que dinero del narcotráfico, de la defraudación del patrimonio del Estado o de cualquier otra procedencia delictiva financie a las organizaciones políticas, así como la persecución y castigo de quienes, sabiendo de esta, lo aporten o reciban; aunque sea menos espectacular y más difícil, decíamos, que perseguir a empresarios y a un Presidente, con ocasión de dinero limpio aportado –lo que no constituye delito–, pero cuya recepción no se habría registrado, lo que sí lo constituiría, si se hubiera recibido, lo que no ocurrió. Aunque resulte menos espectacular y bastante más difícil, es lo que le corresponde hacer a la CICIG, de conformidad con su mandato, vinculado el dinero del narcotráfico y del crimen en general –sin duda– con grupos y aparatos clandestinos de seguridad que persisten y que, incluso, podrían estar atentando –una vez más– contra la vida.

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