La Secretaría Presidencial de la Mujer (Seprem) consideró hoy como un retroceso un fallo judicial que permite que sean reducidas las penas por feminicidio en Guatemala.
El pasado 27 de junio, la Corte de Constitucionalidad (CC), la máxima instancia jurídica del país, declaró inconstitucional parcialmente el artículo 6 de la “Ley contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer”, que preceptúa: “y no podrá concedérsele la reducción de la pena por ningún motivo”.
Esa resolución avala la reducción de las sentencias que sean emitidas por feminicidio, lo cual, de acuerdo con la Secretaría, “constituye un retroceso en la comprensión y sanción de la violencia de género”.
La no reducción de la pena a quien resulte condenado por femicidio no se relaciona con su derecho a rehabilitación y educación”, argumentó en un pronunciamiento.
La Seprem advirtió que espera que la resolución de la CC no sea un pretexto para que los asesinatos de mujeres queden en la impunidad en Guatemala.
Según la legislación guatemalteca, la pena máxima por asesinato de mujeres es de 50 años de prisión.
El fallo del máximo tribunal del país se produjo tras una acción de inconstitucionalidad general parcial promovida por Manuel Alberto Chinchilla Solís y Ethel Katherine Girón Reyes contra esa frase contenida en el artículo 6 de la “Ley contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer”.
Comunicado oficial:
Comunicado pic.twitter.com/aWTMVOGl4X
— SEPREM (@SEPREMGUATEMALA) July 3, 2018