Muchos, entre colegas, antiguos clientes, amigos, fiscales, magistrados y jueces, se han escandalizado de la puntuación que se me diera en el recién concluido proceso de postulación para integrar la nómina que habría de presentarse al Presidente para el nombramiento del Fiscal o de la Fiscal General de la República y han atribuido esa puntuación a algún error de la Comisión Postuladora, sin que haya faltado más de alguno que lo haya atribuido incluso a dolo. He debido salir y salgo en defensa de la Comisión, ya que esta –punto más, punto menos– me dio la puntuación que debía darme sin que haya habido de su parte negligencia o dolo algunos e, incluso, cuatro puntos por encima (en toda circunstancia es posible el buen humor) de los dados a Roberto Molina Barreto, quien fuera diez años Magistrado de la Corte de Constitucionalidad, nuestro más alto tribunal de Justicia, y dos veces Presidente de la misma.
La Comisión hubo de asignar los puntos atenida –debemos comprenderlo– a las reglas que ella misma estableció y mal hubiera hecho si las hubiese quebrantado. Calificó de conformidad con esas normas y –de conformidad con esas normas– bien calificó. Las normas daban especial crédito, por ejemplo, a haber sido catedrático, lo que nunca he sido, y a diplomas por cursos varios, maestrías y doctorados que no tengo, siendo lógica, en consecuencia, la calificación de cero.
Mi formación académica es la de una “modesta” licenciatura obtenida en la Universidad de Salamanca, España (la civil) como estudiante de tiempo completo, a la usanza de Europa: absoluta dedicación al estudio, a la academia y a la vida estudiantil –sin duda un privilegio que debo a mis padres– compartiendo en aquella con Espín Cánovas, Tierno Galván, Cuello Calón, Castán Tobeñas, Garrigues, Duque, Begué, Pinto y tantas otras cátedras y catedráticos de excelencia similar, amén de la excelencia extracurricular de la que goza. Una “modesta” licenciatura, como aquella, y una “modesta” incorporación a la Universidad de San Carlos de Guatemala, previo Examen General de Incorporación sostenido ante catedráticos de la talla de Mario López Larrave, Hugo Rolando Melgar, Guillermo Monzón Paz, Rolando Morgan Sanabria, Feliciano Fuentes Alvarado, Adolfo González Rodas, Fernando Quezada Toruño, Lionel Brolo Campos y Villate: lo mejor entre lo mejor de la Academia.
Tanto la citada licenciatura como la citada incorporación merecieron exactamente lo que merecían –experiencia no vivida ni prevista– otro cero o algo parecido. Tampoco había reconocimiento alguno para el lector autodidacta. ¡Pésima costumbre, la lectura! Ni forma de evaluarlo. Los miembros de la Comisión calificaron tal y como tenían que hacerlo puesto que nada les obligaba a evaluar conocimientos, ni lo hicieron. Un tanto simpática, sí, la puntuación dada al ejercicio profesional, ignorando procesos, juicios y mandatos, así como a la experiencia en el manejo de la función pública –manejo de presupuesto, personal y resultados– siendo muy extraño, en este campo, que hayan desconocido cualquier experiencia penal en Roberto Molina Barreto, dos veces presidente de la Corte de Constitucionalidad, como que si en esta Corte, en diez años ¡increíble, pero cierto! ningún tema penal se hubiera visto. Puntuó la Comisión conforme las normas por ella establecidas –malas normas– pero no tenía otra que atenerse a las mismas –la ley es la ley– y, así, hubo de medir no conocimientos sino solo papeles. La Comisión –es bueno que se sepa– realizó su trabajo ad honorem y debe agradecérsele, habiendo debido realizarlo dentro de las limitaciones propias de este sistema corporativo un tanto fascistoide: legisladora, ejecutora y jueza.
Se han planteado varios amparos en contra suya que aún siguen su curso y en los cuales me he pronunciado ya como tercero en el sentido de que –bajo ninguna circunstancia– deben estos obstaculizar que la nueva Fiscal General de la República asuma el cargo el próximo 18 de mayo. LOS PERÍODOS CONSTITUCIONALES DEBEN RESPETARSE y los amparos no deben impedirlo. En lo personal hube de interponer uno, pero que no lo entorpece –pidiendo expresamente, además, que no lo hiciera y que tiene como único fin hacer cesar el agravio que se me causó con violación de normas constitucionales– erigida la Comisión en tribunal especial, excedida en sus funciones, resolviendo sobre tachas que debían servir a sus miembros en lo individual para formar criterio pero no a la Comisión para juzgar cual tribunal, lo que nunca ha sido. Defiendo a la Comisión porque la politización no es culpa suya sino del sistema, un sistema que en vez de despolitizar el proceso –lo que se quiso– politizó a la academia. En otros países –lo lógico– no se obliga a que se toque la puerta (muchos no lo hacen) sino que se busca al mejor. ¿Se imaginan ustedes a Thonberg, Bahr, Reno o Senior sometiéndose a un proceso como el nuestro, decanos de facultades de Derecho y ONGs de por medio?
Es el sistema lo que hay que cambiar, legislando al respecto, y no debe ser la Corte de Constitucionalidad quien sea, a estas alturas, quien se meta a corregirlo: La Fiscal General debe posesionar el 18 de mayo y permanecer en el cargo hasta el final de su mandato, es decir, hasta el 18 de mayo de 2022.
Por lo demás resulta justa una cierta promoción personal, puesto que las puntuaciones podrían llamar a equívoco: no se tratan estas de evaluación de conocimiento alguno, ni siquiera en lo penal, limitadas a evaluación de papeles y son ajenas –en términos absolutos– a Sociología, Economía, Filosofía, Historia y otras disciplinas así como a Derecho Constitucional, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Mercantil, Derecho Laboral, Derecho Internacional Público y Derecho Internacional Privado –imprescindible su conocimiento, incluso, en lo penal – amén de que la función primera del Ministerio Público, y que es velar por el estricto cumplimiento de las leyes, el de todas las leyes, hace preciso el conocimiento de las diversas ramas del Derecho.
La Fiscal General designada, Consuelo Porras, lo dije cuando me pronuncié en cuanto a que eran improcedentes los dos votos emitidos en su contra, tal y como también lo eran los emitidos en contra del juez Gálvez y de la jueza Gámez – se trata de abogada ¡Excelente! que domina varias ramas del Derecho y no solo la penal. Espero que tome esta posesión el 18 de mayo, ni un día antes, ni uno después, y que corrija, así, de entrada, el error que se ha venido cometiendo en cuanto a fecha (estamos hablando de períodos constitucionales y no de plazos civiles).
El respeto del período constitucional de la Fiscal General es tan importante como el respeto por el período constitucional del propio Presidente: el de este, de 14 de enero a 14 de enero y el de esta, de 18 de mayo a 18 de mayo, ni un día menos, ni uno de más.