Llegue quien llegue a dirigir el Ministerio Público debe tomar con respeto la estafeta de su antecesor, en este caso, antecesora, inspirarse en sus aciertos y corregir sus errores, corrección que incluye también los errores de la CICIG, Comisión que debe coadyuvar con el Ministerio Público dentro del ámbito de su competencia que es la pactada entre la República de Guatemala y la Organización de las Naciones Unidas, esfuerzo multilateral al que varios Estados, todos miembros de la Organización, le han aportado y le aportan recursos.
Debe ser erradicada del Ministerio Público toda politización y, de igual forma erradicarse, a través de su ejemplo, el que pueda haber habido en la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala y máxime en el caso de esta última, exclusivo como lo es para los guatemaltecos –en Guatemala– el derecho de petición en materia política .
Llegue quien llegue a dirigir la institución debe preservarla de cualquier politización y erradicar la habida. Se trata el Ministerio Público de una institución auxiliar, tanto de los tribunales de justicia como de la administración pública, siendo sus funciones autónomas sujetas tan solo a la ley, independencia que, sin embargo, no debe hacerle olvidar su calidad de auxiliar y que implica, en lo que se refiere a los tribunales de justicia, velar porque todas sus resoluciones y sus actos se ajusten a la ley. Auxilio en lo que se refiere a los tribunales que se adiciona con el que le presta como litigante leal, objetivo, que busca la verdad.
Como auxiliar de la administración pública le corresponde una idéntica velación para que responda esta en todos sus actos a la razón que justifica la existencia misma del Estado, la protección del ser humano, y la familia, la realización del bien común.
Llegue quien llegue a la institución debe ejercitar la función primera del Ministerio Público, su función olvidada y que constituye la esencia de la misma: Velar por el estricto cumplimiento de las leyes, –de todas las leyes– desde la Constitución Política de la República hasta el último reglamento, función que lleva implícita su necesaria consecuencia, la persecución de sus infractores y la restauración del orden perturbado, la más dramática de estas, el ejercicio de la acción penal.
Por fallar en esa función primera –reducido a obcecado acusador– se vino abajo y se hubo de comenzar de nuevo el juicio en contra del exjefe de Estado Efraín Ríos Montt incapaz el Ministerio Público de velar por el estricto cumplimiento de las leyes, las de las garantías procesales.
Por no velar por el estricto cumplimiento de las leyes –el de todas las leyes– vigentes como lo están amnistías no aplicadas –continuamos encadenados a una situación que se encontraba supuestamente superada– la tragedia vivida en los 36 años de conflicto. Si vigentes tales amnistías, leyes son, y deben aplicarse y si queremos que no se apliquen, deben derogarse. Tal, el Estado de derecho. La persecución penal –alguien lo dijo– debe ser como la labor que realiza el FBI, en los Estados Unidos de América todos saben que la hace y la hace bien sin que sea necesaria su aparición diaria en los periódicos.
Llegue quien llegue a dirigir el Ministerio Público debe poner un hasta aquí a la acusación mediática y perseguir sus resultado ante los tribunales de Justicia,
Pedir prisión provisional y exigir que se mantenga en los casos establecidos por la ley, pero no promoverla para aparentar una eficiencia que no existe, como que si se hubiera probado la acusación y obtenido la condena.
Llegue quien llegue al Ministerio Público debe preocuparse por lo que me he permitido definir como los delitos de los ciudadanos de a pie, los delitos que afectan de forma directa a los ciudadanos comunes y corrientes: los asaltos, los robos, las extorsiones, desatendida la persecución de estos delitos por una errada apreciación de lo que importa.
Llegue quien llegue debe corregir el gravísimo error de perseguir como delito hechos que no lo constituyen gravísimo error cometido, por ejemplo, en el caso del fraccionamiento de una compra y que vino a entorpecer la buena relación que debe existir –cada cual en lo suyo– entre las diferentes autoridades del Estado, entorpecimiento que no ha favorecido en nada la lucha contra la corrupción (la de a de veras) ¿Qué pasó con el comiso? ¿En dónde lucha de la acusación penal en contra del narcotráfico, la trata y el tráfico de personas?
Llegue quien llegue a dirigirlo debe preguntarse, además ¿Dónde está el pisto? porque no se ve que las multimillonarias defraudaciones aduaneras ingresen al Estado, ¿Será que las líneas 2, 3, 4, 5 y 6, tomaron los espacios?, debe hacer uso de la extinción de dominio, como la más poderosa de sus armas en contra el crimen organizado (pegar en el pisto, donde duele) que el propio crimen pague la persecución que se le hace y que los bienes pasen a ser escuelas y, en general, edificios para el servicio público.
De igual forma debe perseguir delitos que, como en el caso de la Central de Contenedores de Puerto Quetzal, parecieran gozar de un compromiso internacional que lo impidiera. ¿Qué pasó con el comiso?
Sea quien llegue: Menos alharaca y más resultados. “Por un huevo que pones tanta bulla que metés”, reza nuestra antañona sentencia popular inmortalizada por Asturias, sentencia que no debe olvidar el fiscal general de la República, como no debemos de olvidar nosotros, tampoco, el certero resto de la misma: “Vení ponelo vos, pues….”
Pocas funciones tan difíciles como la de la persecución penal y la del incómodo auxiliar que, auxiliando, vela porque todo cuanto hagan sus auxiliados, lo hagan en ley pero que – si no lo hacen –si la infringen– con el mismísimo celo, les persigue. Llegue quien llegue a ser el Fiscal General, finalmente, que no olvide que goza de absoluta independencia y que la mayor lealtad que puede tener para aquel que le designe es –precisamente– su plena independencia, preservada la unidad del Estado, cada cual en sus funciones.