sábado , 23 noviembre 2024
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Legalidades (I)

Desde que el ser humano se constituyó como tal, su condición social lo obligó a crear normas y reglas de comportamiento, lo que determinó el establecimiento de relaciones de poder, a través de un marco jurídico. Es más, la condición social de los seres humanos estableció por sí misma tales relaciones. Por ello, Aristóteles denominaba al ser humano,  Zoon politikón, es decir, el animal que posee ineludiblemente una conducta social, tiene la necesidad de vivir con otras personas.

Como consecuencia, el marco de normas que les permite a los seres humanos vivir en sociedad, puede surgir de la experiencia o de un imperativo categórico, normas que se formulan inductivamente o deductivamente. Por otra parte, las leyes y normas que dan vida a los Estados, pueden ser suscritas por una autoridad gubernativa de tipo democrático o dictatorial. En consecuencia, que exista un marco de normas y leyes dentro de una sociedad, no significa que sean justas. Cuando las normas se determinan apriorísticamente, se construyen a través de juicios apodícticos, criterios que tienen validez universal, que necesariamente tienen que ser así y no de otra forma, por ejemplo, Obra solo según aquella máxima por la cual puedas querer que al mismo tiempo se convierta en ley universal. En cambio, las normas y leyes empíricas, lo hacen a través de juicios asertóricos, y en consecuencia, pueden ser contingentes. Es decir, que pueden ser de cierta forma o de la contraria según un hecho que surge a partir de la experiencia y de una circunstancia específica.

Así, que exista un ordenamiento jurídico en una sociedad o Estado, no significa ni garantiza que sus leyes sean probas o que obedezcan a un bien común. Acertadamente lo decía Marco Tulio Cicerón, “Si las leyes las hace un tirano serán tiránicas”. ¿Quiénes entonces son los que crean las leyes de un Estado Nación, sino personas que ostentan una inclinación política, que puede ser espuria o proba? Que las leyes sean emitidas por una Asamblea Constituyente, electa democráticamente por la mayoría de la población, no significa que elijan a los hombres y mujeres más dignas, probas e inteligentes que actúen con honestidad y justicia. En países donde impera la ignorancia, se elige a partir de juicios de valor y no de razón, como corolario de ello, se incurre en muchos errores que podrían circunscribirse en lo que Tocqueville llamaba “dictadura de las mayorías”.

En consecuencia, las leyes que se emitan y se promulguen dentro de un Estado no necesariamente  significa que sean buenas y justas, mucho menos que representen los intereses generales; más bien, cabe resaltar, que obedecen a una circunstancia histórica y política, y es en la práctica en la que a través de su vigencia que pueden mostrar lo valiosas o perniciosas que pueden ser y en tal sentido, lo imperioso que sea su cambio o permanencia.

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