La reforma propuesta del artículo 157 de la Constitución Política de la República es absolutamente indispensable para cambiar la forma de integrar el Congreso de la República y de elegir a los diputados que lo integran, siendo la única forma en que pueden eliminarse el listado nacional de diputados, los distritos inmensos y los consecuentes listados distritales; reforma que introduce el sistema electoral de los distritos pequeños en el que se elige un solo diputado en cada distrito y gana esa única diputación, sin fórmulas raras, el candidato que obtiene el mayor número de votos, incluye que pueda inscribirse como candidato a diputado todo aquel que quiera serlo sin necesidad de que le postule un partido político lo que termina de una vez y por todas con el monopolio de los partidos. ¿Quiere ser Usted o cualquier otro ciudadano candidato a diputado? Pues bien, reformado el artículo 157 podrán serlo sin necesidad de que les postule un partido político. Algunos piensan que este cambio –cambio radical que lo cambiará todo– terminará con los partidos políticos y que lo que busca es, precisamente, terminar con ellos, lo cual no es cierto. La reforma del 157, en la forma propuesta, terminará –sí– con el monopolio que han tenido los partidos y les obligará a que tengan que competir electoralmente, sin privilegio alguno, con todos los demás participantes. De lo que se trata la reforma no es de terminar con los partidos pero sí de terminar con el monopolio que han tenido y de que se de libre competencia política.
La reforma del artículo 157 no puede infundir temor alguno a los partidos políticos reales, partidos que estarán dispuestos a descender a los distritos pequeños y buscar el triunfo en el distrito de que se trate compitiendo con candidatos de otros partidos y con ciudadanos que –con absoluta libertad– se hayan postulado sin necesidad de que les postulase partido alguno. En algún distrito ganará el candidato postulado por un partido político pero habrá distritos en los que ganarán candidatos que se hayan postulado por sí mismos sin necesidad de que les haya postulado un partido.
Los partidos políticos que tenderán a desaparecer –y que me atrevo a decir que desaparecerán– serán única y exclusivamente los partidos de gabinete o de escritorio, partidos incapaces de descender al nivel personal de los distritos pequeños e incapaces de ganar –en consecuencia– sin listados y sin fórmulas raras distrito alguno. El sistema de los distritos electorales pequeños para elegir a los diputados que integran el Congreso de la República no tiene por qué asustar a los partidos políticos reales, reitero –a los que pueden ganar en un distrito pequeño (capaces de obtener más votos en el distrito– sin fórmulas raras) como tampoco a los diputados que se sientan capaces de hacerlo enfrentados –sin privilegios– a otros candidatos. Muchos diputados saben que podrán ganar en un distrito pequeño –diputados que no objetarán la reforma– pero temerán este sistema los diputados zánganos: aquellos que solamente podían llegar al Congreso si cobijados por el monopolio partidario y en el escondite de los listados. La reforma del 157 no es una reforma contra los partidos políticos sino contra el monopolio que ejercitan y, es más, se trata de una reforma que fortalecerá a los partidos políticos puesto que les obligará a hacerse partidos de verdad, sustentada su fuerza en la fuerza de los distritos, la base partidaria. ¿Queremos partidos políticos de verdad y no partidos políticos de papel? Pues bien, llegar a tenerlos será otra de las consecuencias saludables de la reforma del 157: Terminado con el monopolio sobrevivirán solamente los partidos –los que están o los nuevos que se formen– que se sustenten en sus bases, es decir, en los distritos pequeños: La tan ansiada democratización de los partidos, no sólo un deseo ya sino el instrumento para lograrlo. La reforma del 157 nos llevará a tener, finalmente, partidos de verdad –con democracia interna– y los que no lo entiendan tenderán a desaparecer y ¡Así de claro! desaparecerán, sin más.