Quien pita, grita! dice la sentencia Popular, y la información cívica que habrá de brindarse sobre todo cuanto se refiera a Belice debe ser hecha por Guatemala con sus propios recursos y sus bienes, pudiendo haber donaciones para apoyarla, sí, pero siempre y cuando no interfieran con su contenido.
Obedece esta cita a que
–con muy buena fe– no tengo la menor duda al respecto el Tribunal Supremo Electoral ha prohibido que se usen recursos y bienes del Estado para la campaña de información (divulgación) cívica que es preciso que se haga sobre el tema, campaña de divulgación cívica que resulta imperativa para que podamos emitir un voto consciente e informado en la Consulta Popular que originalmente fuera convocada para el domingo 18 de marzo y que, al parecer, quedará finalmente convocada para el domingo 11 de marzo, histórica fecha para nosotros, la de la Manifestación Unionista de 1920 (estamos a 131 días esta fecha), prohibición que, a pesar de sus buenas intenciones, resulta muy desafortunada y puede determinar resultados desastrosos: Que la divulgación cívica no sea suficiente o que esta se produzca errada, torpe o tendenciosa.
Muy acertada, por el contrario, la prohibición hecha por el Tribunal Supremo Electora de que puedan hacerse uso de estos recursos y bienes para promocionar el sí o el no ya que, en efecto, la información cívica del Estado debe ser neutra, proporcionando simplemente los elementos de convicción suficientes para que cada ciudadano, llegado el momento, pueda tomar su propia decisión y que lo haga con el mayor conocimiento.
Una cosa es prohibir el uso de recursos y bienes del Estado para proporcionar el sí, o el no, como respuesta –prohibición correcta– y otra muy distinta prohibir su uso para que se realice la necesaria –imprescindible– campaña de información cívica –campaña neutra– que, incluso podría incluir –para conocimiento del ciudadano– no para que la haga propia, necesariamente la posición de Estado que nos llevó a la Consulta Popular en que podrá pronunciarse.
Alberto Herrarte González, extraordinario guatemalteco y jurista, dedicó buena parte de su vida –toda su vida, hasta el límite de lo posible– al estudio de los derechos territoriales, insulares y marítimos que pertenecen a Guatemala y que reclama Guatemala, derechos que Belice ejercita como suyos desde que el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte –unilateralmente– le otorgara (concediera) la independencia.
El Reino de Gran Bretaña, sucesivamente Reino Unido de Gran Bretaña, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda y Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, ejercitó estos mismos derechos por diferentes razones y a partir de distintos momentos, ejercicio que fue objetado por Guatemala y que incluso pudo definirse y regularizarse, lo que no llegó a hacerse –y que nos ocasionó y ocasiona gravísimos daños morales y materiales–, así como múltiples perjuicios.
Pienso que, precisamente, en honor de ese insigne guatemalteco y jurista que he citado –en honor de la devoción que tuvo por nosotros y por todo lo nuestro– de esa dedicación suya que podríamos llamar, reitero, de toda una vida y –por nuestro propio bien– que no debemos olvidar el legado de sus palabras, sabias palabras con las que nos previno que nuestra gran debilidad –nuestro grave error en este tema– es la información que no hemos tenido como pueblo: que no hemos compartido, ni sabido compartir.
(continuará)