sábado , 23 noviembre 2024
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Gobernante se pronuncia sobre reformas al Código Penal

Un día después de que el Congreso de la República aprobará de urgencia nacional una serie de reformas al Código Penal, el presidente Jimmy Morales, en un mensaje a la nación, afirmó que de ser nocivas para el pueblo utilizaría su derecho de veto para impedir la vigencia de dichos cambios normativos, a la vez que llamó a la población a mantener la calma y paz.

 

Artículos reformados

Los cambios aprobados por los legisladores fueron los siguientes:

Artículo 407 “N”. Financiamiento electoral ilícito. Comete el delito de financiamiento electoral ilícito, quien reciba o proporcione recursos para el financiamiento de organización política, con motivo de actividades permanentes, de campañas o eventos electorales, a sabiendas que dichos aportes provienen del narcotráfico y otras actividades delictivas del crimen organizado. El responsable de este delito será sancionado con prisión de cinco (5) a diez años (10) y multa de doscientos a quinientos mil quetzales.”.

Artículo 407 ·”O”. Financiamiento Electoral no Registrado. Comete el delito de financiamiento electoral no registrado, el contador de la organización política que teniendo conocimiento, no registre en los libros contables, las aportaciones dinerarias y no dinerarias recibidas por la organización política con motivo de actividades permanentes, de campañas o eventos electorales. El responsable de este delito será sancionado con prisión de uno a tres años.

Le corresponde al Tribunal Supremo Electoral, presentar la denuncia penal de este delito, luego de estar en firme el informe final de auditoría de la organización política que no hay registrado electoral.

Artículo “P”. Financiamiento Electoral Anónimo. Comete el delito de financiamiento electoral anónimo, la persona individual o jurídica que realice aportación dinerarias o no dinerarias de manera anónima. Destinada para el financiamiento de organizaciones políticas, con motivo de actividades permanentes, de campañas o eventos electorales. El responsable, será sancionado con prisión de dos a cuatro años y multa del veinte por (20%) del total de la aportación realizada.

Le corresponde al Tribunal Supremo Electoral presentar la denuncia penal de este delito, luego de estar en firme el informe final de auditoría de la organización política.

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