La lucha contra la desnutrición en sus diferentes aristas, el hambre, la malnutrición, supone un desafío para el Estado.
Considerando que la lucha contra la desnutrición en sus diferentes aristas, el hambre y la malnutrición, suponen un gran desafío para el Estado y la cooperación internacional, que por años ha apoyado los esfuerzos para lograr la seguridad alimentaria y nutricional de nuestro país, y que la política de Seguridad Alimentaria y Nutricional, en sus ejes programáticos prevé la importancia de contar con la asignación de recursos para establecer y garantizar los mecanismos de sostenibilidad financiera para los programas de seguridad alimentaria y nutricional.
Con esta base y fundamento en la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, se elabora el Plan Operativo Anual de Seguridad Alimentaria y Nutricional, que es financiado con diferentes recursos o fuentes.
Pero ¿qué es una fuente de financiamiento? Es el origen de los recursos financieros o ingresos, con los que se pagan los bienes y servicios necesarios para la realización de programas y proyectos, contenidos en un presupuesto institucional o bien en el General de Ingresos y Egresos del Estado correspondiente a un ejercicio fiscal. Existen diversas fuentes de financiamiento, según el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el sector público de Guatemala y se pueden mencionar: • Ingresos corrientes, • Ingresos IVA-Paz, • Ingresos propios, • Donaciones, • Préstamos, • Colocaciones de bonos del Tesoro y otras, cada una con sus características propias.
Ahora que sabemos qué es una fuente de financiamiento, debemos destacar la importancia que tiene cada una de ellas en el Plan Operativo Anual de Seguridad Alimentaria y Nutricional 2017, que al 31 de mayo del año en curso tiene un presupuesto vigente de cuatro mil setecientos millones, ciento treinta y cinco mil quetzales (Q4.700,135.00), integrado de la forma siguiente: el 74 por ciento de los recursos los financian fuentes de origen tributario, el 18 por ciento pertenecen a operaciones de crédito público, un 4 por ciento a ingresos propios generados por ventas de bienes o servicios de algunas instituciones que están facultadas, y únicamente un 3 por ciento con donaciones.