Ya no es raro enterarnos de elementos que prestan servicios de seguridad privada en el país, resulten implicados en hechos delictivos que atentan contra la propia seguridad de las personas y los bienes, que se supone, tienen que proteger. La escasa o nula preparación en cuanto a las relaciones humanas que esos agentes deben mantener, en su trato con la gente que ingresa y egresa de los diversos centros comerciales, negocios, bancos, colonias, etcétera, en el ámbito nacional, deja mucho que desear. Toda vez que constantemente son señalados de cometer abusos que van desde el aprovechamiento de su puesto de servicio, insultos proferidos, hasta la agresión física y retención de personas, cuya función legalmente no les corresponde.
Si bien es cierto que desde la firma de los Acuerdos de Paz, en diciembre de 1996, esos servicios proliferaron considerablemente, también los incidentes en los cuales se ven inmiscuidos los policías privados. Para no ir muy lejos, la violación de la cual fuera objeto una mujer que ingresó el 28 de abril de este año, en un bar en el centro comercial Arkadia Shopping Mall, quien fue ultrajada en un sótano de ese edificio, en la zona 10 capitalina, por quien prestaba servicios de vigilancia, hoy procesado por ese acto ilícito.
Además, el 4 de junio de 2017, en el centro comercial de la zona 14, Parque Las Américas, un cliente fue asaltado y amenazado por un supuesto integrante de maras ante la mirada de dos policías privados, quienes hicieron caso omiso a sus palabras y no le prestaron auxilio. Los procesos judiciales seguidos en los tribunales de justicia contra los guardias de esa profesión que han transgredido la ley, derivaron en sentencias condenatorias.
Prueba de ello, el Tribunal de Sentencia Penal Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente de Villa Nueva, condenó el 5 de junio de 2017, a 8 años y 6 meses de prisión inconmutables a Víctor Hugo Estrada García y a 19 años y 6 meses a Erick Augusto Cermeño, dos agentes privados, por el delito de portación ilegal de armas de fuego, pues fue comprobado que los aludidos trasladaban armas a la pandilla del Barrio 18.
Así también, el Tribunal Octavo de Sentencia Penal Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente de Gua
temala, impuso el 9 de mayo de este año, una condena de 3 años y 2 meses de cárcel inconmutables a Erick Fernando Marroquín de la Cruz, exagente de seguridad, por el delito de hurto, ya que se demostró que el sindicado prestó sus servicios como empleado de una empresa de seguridad privada en la residencia del embajador de Alemania en la zona 14. El otro denominador común de los casos antes mencionados es que ninguno de los imputados estaba acreditado como lo establece la ley que Regula los Servicios de Seguridad Privada. En ese sentido, los guardias prestadores de esos servicios deben contar con una acreditación que los faculte a cumplir con esa función; además de estar capacitados tanto teórica, psicológica como humanísticamente. Aquí, la responsabilidad de los empresarios de que su personal operativo sea el idóneo.