La seguridad se expresa en la maduración de consenso y acuerdos básicos, logrados con todos los sectores que integran la sociedad guatemalteca.
La seguridad se conforma de dos componentes: por un lado, identificar las amenazas, vulnerabilidades y riesgos que puedan afectarle; el segundo elemento se trata de cómo prevenir, contener y enfrentarlos.
En ese sentido, la seguridad a su vez puede ser preventiva o reactiva. La primera es la capacidad para continuar o mantener una relación positiva; es decir, cuando la capacidad del Estado promueve condiciones de bienestar para la sociedad, mitigando las vulnerabilidades que pudieran afectar el bienestar social.
La seguridad reactiva es la capacidad de cortar o detener una relación negativa ya que procura contrarrestar los riesgos y amenazas que logran rebasar la capacidad del Estado.
De esta cuenta, las políticas de seguridad deben responder a la seguridad de la persona humana, de la sociedad y de las instituciones políticas. La seguridad se expresa en la maduración de consenso y acuerdos básicos, logrados con todos los sectores que integran la sociedad, a través del diálogo, negociación y respeto al disenso, con el fin de determinar el tipo de estructuras, sistemas, instituciones y procesos que se acuerda construir y reproducir mediante procedimientos democráticos.
La existencia de un Estado capaz de promover acciones de desarrollo nos lleva a la seguridad democrática, porque estas acciones generan condiciones de bienestar para la población.
Dentro de las bases jurídicas de la seguridad democrática tenemos:
La Constitución Política de la República de Guatemala, en sus artículos 1 y 2, habla sobre la forma de cómo se organiza el Estado para proteger a la persona y garantizarle todos los derechos inherentes a ella.
El Tratado Marco de Seguridad Democrática que recoge el concepto de seguridad democrática y define sus ejes a nivel regional.
El Acuerdo sobre el Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad Democrática, que establece que la seguridad, no se limita a la protección contra las amenazas externas e internas.
Para definir una agenda de seguridad, es necesario definir el proceso de aseguramiento y establecer el umbral. El primero expresa las decisiones que se asumen al proyectar la política regular del Estado más allá de la normatividad regular; el segundo, es el límite a partir del cual un problema pasa a ser atendido en el marco de la agenda de seguridad reactiva.